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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (26/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G34/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 26 de junio de 2005 Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneraciones ni liberación deimpuestos aduaneros de ninguna clase o deno- minación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 11476 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 552-2005-DE/EP/A-1.a/1-1/ Lima, 20 de junio de 2005 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 032/OAIE-JEM- GE/A-2/OP, de fecha 28 de abril del 2005, de la Oficinade Asuntos Internacionales del Ejército. CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses Instituciona- les nombrar en Comisión de Servicio al My. Cab.AREVALO KALINOWSKI Jorge Cristhian y al Cap. Com. LEIVA CARDENAS José Alberto, para que participen como Observadores Militares en Misión de Operacio-nes de Mantenimiento de Paz en la República de LIBERIA, por un período de un (1) año; del 1 de octubre del 2005 al 30 de setiembre del 2006; Que, la participación del Ejército del Perú, en Opera- ciones de Mantenimiento de Paz, contribuye a incremen- tar los niveles de capacitación y entrenamiento de nues-tro personal acorde con los avances doctrinarios y tec- nológicos de planeamiento y conducción de Operacio- nes de Paz en áreas de Conflicto, tal es el caso de laMisión de observadores Militares de las Naciones Uni- das (NNUU) en la república de LIBERIA, la misma que permitirá que el personal adquiera valiosos conocimien-tos y experiencia profesional; Que, los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, ali- mentación, transporte y otros serán cubiertos por laOrganización de las Naciones Unidas (ONU), no irrogan- do gastos al Tesoro Público; Que, el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM del 5 de junio del 2002, establece que los viajes al extranjero que no irroguen ningún tipo de gas- tos al Estado, serán autorizados mediante Resolucióndel Titular del sector correspondiente; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes alexterior de Servidores y Funcionarios Públicos; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, y Artículo 3ºdel Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 23 de di- ciembre del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comi- sión de Servicio, al My. Cab. AREVALO KALINOWSKI Jorge Cristhian y al Cap. Com. LEIVA CARDENAS JoséAlberto, para que participen como Observadores Milita- res en Misión de Operaciones de Mantenimiento de Paz en la República de LIBERIA, por un período de un (1)año; del 1 de octubre del 2005 al 30 de setiembre del 2006. Artículo 2º.- La Organización de las Naciones Uni- das (ONU), solventará los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, alimentación, transporte y otros; no irrogando gastos al Tesoro Público. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuer- do a los conceptos siguientes: Tarifa Única de uso de Aeropuerto US$ 28.24 x 2 PersonasArtículo 4º.- El General de Ejército Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fe-cha de inicio y/o término del nombramiento, sin exceder el período total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impues- tos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 11478 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G2D /G74/G6F/G20/G61/G20/G42/G75/G72/G75/G6E/G64/G69/G20/G79/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 551-2005-DE/EP Lima, 20 de junio de 2005 Visto la Hoja de Recomendación Nº 026/OAIE-JEM- GE/A2/OP de marzo del 2005, de la Oficina de Asuntos Internacionales del Ejército. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales nombrar en Comisión de Servicio al señor My. MG DOMINGUEZ PERALTA Aldo Geriev, para que se des-empeñe como Observador Militar en Misión de Opera- ciones de Paz en la República de BURUNDI, por el pe- ríodo de un (1) año, a partir del 1 de agosto del 2005, porcuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, los gastos de alimentación, alojamiento y trans- porte aéreo internacional y otros serán cubiertos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), no irrogan-do gastos al Tesoro Público; Que, el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM del 5 de junio del 2002, establece que losviajes al extranjero que no irroguen ningún tipo de gas- tos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del titular del sector correspondiente; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, y Artículo 3º del D.U. Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi- sión de Servicio, al My. MG DOMÍNGUEZ PERALTA Aldo Geriev, para que participe como Observador Militar enMisión de Operaciones de Paz en la República de BURUNDI, por el período de un (1) año, a partir del 1 de agosto del 2005. Artículo 2º.- Las Naciones Unidas (ONU), solventará los gastos de alimentación, alojamiento y transporte aéreo internacional y otros, no irrogando gastos al Tesoro Público. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa -Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuer- do a los conceptos siguientes: Tarifa Única de uso de Aeropuerto US$ 28.24 x 1 persona Artículo 4º.- El General de Ejército Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fe- cha de inicio y/o término del nombramiento, sin excederel período total establecido.