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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G34/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 26 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, habiéndose recibido denuncias sobre supues- tas irregularidades en la Municipalidad Metropolitana de Lima, este Organismo Contralor dispuso la ejecución deuna acción de control de verificación de denuncias en el citado municipio; Que, como consecuencia de la acción de control ejecutada en la Municipalidad Metropolitana de Lima, se ha determinado que durante el período 1996 - 2001, se suscribió con un Estudio de Abogados, seis con-tratos por Servicios de Patrocinio y Defensa, sin me- diar proceso de selección; y además seis contratos con un abogado de ese estudio, como persona natu-ral por Servicios de Representatividad de la Municipa- lidad Metropolitana y de su Alcalde, también sin me- diar proceso de selección; por un monto ascendentea S/. 1 780 000,00 Nuevos Soles, incumpliéndose Le- yes Presupuestales, así como normas que regulaban los procesos de selección; Que, asimismo en todos los casos citados no se contó con informes técnicos legales que sustenten la necesidad de la contratación de terceros, ni se elabo-raron las Especificaciones Técnicas correspondien- tes al servicio a ser prestado, obviándose la interven- ción del Organo de Abastecimiento y Servicios Auxi-liares; Que, la suscripción de los doce contratos antes referidos con un mismo Estudio de Abogados y unode sus integrantes, en las condiciones antes descri- tas constituyen indicios que denotan un interés inde- bido en dichos contratos, para favorecer al citadoEstudio y sus integrantes; constituyendo estos he- chos indicios razonables de la comisión del delito de Corrupción de Funcionarios en la modalidad de Nego-ciación Incompatible con el Cargo, previsto y penado en el Artículo 397º del Código Penal vigente a la fecha de los hechos; Que, en atención a lo expuesto y habiéndose acreditado la existencia de presunción de ilícito penal, en el que se encuentran involucrados autoridades,funcionarios y servidores de la Municipalidad Metro- politana de Lima, que desempeñan o han desempeña- do función pública en la misma; corresponde a la Con-traloría General de la República proceder conforme a sus atribuciones; Que, conforme lo dispuesto en la Segunda Dispo- sición Transitoria de la Ley Orgánica del Sistema Na- cional de Control y de la Contraloría General de la República, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el23 de julio del 2002, el proceso integral de control iniciado antes de la entrada en vigor de esta ley, se regirá por la normativa anterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría Gene-ral de la República, constituye atribución de este Or- ganismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, porparte del Procurador Público, en los casos que, en la ejecución directa de una acción de control se encuen- tre daño económico o presunción de ilícito penal, co-rrespondiendo autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones lega-les pertinentes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el Artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE : Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Contra- loría General de la República, para que en nombre yrepresentación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe deVisto, remitiéndose para el efecto los antecedentes co- rrespondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 11534 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 300-2005-CG Lima, 23 de junio de 2005 Visto; el Informe Especial Nº 008-2005-CG/AI, resul- tante del Examen Especial practicado al Área de Logísti- ca de la Contraloría General de la República, períodoenero de 1999 a junio del 2000, ampliado a hechos ante- riores y posteriores, los mismos que incluyeron la revi- sión y análisis de documentación comprendida desdejulio de 1996 a julio del 2000; y, CONSIDERANDO:Que, para la ejecución del Examen Especial practica- do al Área de Logística se acreditó a la Comisión deAuditoría con el Memorando Nº 31-2000-CG/B120 del 16.NOV.2000; Que, de la revisión efectuada a los comprobantes de pago, se ha determinado que durante el período de julio de 1996 a julio del 2000, se autorizó el pago indebido para el servicio de un teléfono fijo instalado en el domici-lio particular del ex Titular, el cual fue destinado para fines de uso personal, tal como se evidencia con los recibos del citado teléfono fijo, en el que figura su domi-cilio particular y como abonado la Contraloría General de la República, registrando llamadas nacionales e inter- nacionales, así como llamadas adicionales a la tarifabásica, a diferentes horas y en fechas en las que el ex Titular se encontraba de viaje con fines oficiales, por un monto ascendente a S/. 71 800,41 (Setenta y Un MilOchocientos y 41/100 Nuevos Soles); hechos que constituyen indicios razonables de la comisión de los Delitos de Omisión, Rehusamiento o Demora de ActosFuncionales y Peculado, previstos y penados en los ar- tículos 377º y 387º del Código Penal, respectivamente; Que, conforme lo dispuesto en la Segunda Disposi- ción Transitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de julio del2002, el proceso integral de control iniciado antes de la entrada en vigor de esta Ley, se regirá por la normativa anterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribuciónde este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en laejecución directa de una acción de control se encuentra daño económico o presunción de ilícito penal, correspon- diendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asun-tos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los presun- tos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con- traloría General de la República - Ley Nº 27785, y elDecreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contra-loría General de la República, para que teniendo en cuen-