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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (26/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G34/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 26 de junio de 2005 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G50/G72/G69/G6D/G65/G72 /G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G74/G72/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G72/G74/G6F/G20/G50/G6C/G61/G2D /G7A/G6F/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G45/G78/G61/G6C/G6D/G61/G72/G20/G2D/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G20/G45/G6D/G69/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G22/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G2D/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 068-2005-EF/94.11 Lima, 10 de junio de 2005VISTOS: El Expediente Nº 2004027109, presentado por Pesquera Exalmar S.A., y el Memorándum Nº 1973-2005- EF/94.45 del 10 de junio de 2005; CONSIDERANDO: Que, el artículo 304º de la Ley General de Socieda- des, Ley Nº 26887, permite a las sociedades emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda en fa-vor de sus titulares; Que, por Resolución Gerencia General Nº 125-2004- EF/94.11 del 3 de diciembre de 2004, se aprobó el trámi-te anticipado, se dispuso el registro del Prospecto Mar- co correspondiente y se inscribió el primer programa de emisión de instrumentos de corto plazo denominado "Pri-mer Programa de Instrumentos de Corto Plazo Pesque- ra Exalmar", hasta por un monto máximo en circulación de US$ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 de Dóla-res de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles; Que, el 3 de junio de 2005, Pesquera Exalmar S.A. solicitó la inscripción de los valores denominados "Pri- mer Programa de Instrumentos de Corto Plazo Pesque- ra Exalmar - Segunda Emisión" hasta por un importemáximo de US$ 2 500 000,00 (dos millones quinientos mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de Améri- ca), así como el registro del complemento del ProspectoMarco correspondiente, en el Registro Público del Mer- cado de Valores; Que, la solicitud mencionada en el considerando pre- cedente cumple con los requisitos previstos en la Ley del Mercado de Valores, en el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, asícomo las disposiciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 129-2001-EF/94.11; Que, el artículo 2º numeral 2 de las Normas Relati- vas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, es- tablece que las resoluciones administrativas referidas ala inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública en el Registro Público del Mercado de Valores y el registro de los prospectos informativos correspon-dientes, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguien- tes de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecido en sesiones del Directorio de CONASEV del6 de abril de 1999, de acuerdo con el cual el Gerente General se encuentra facultado para aprobar trámites anticipados, disponer la inscripción de valores y/o regis-tro de prospectos derivados de trámites anticipados, así como disponer la inscripción de programas de emisión de valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los instru- mentos de corto plazo denominados "Primer Programade Instrumentos de Corto Plazo Pesquera Exalmar - Segunda Emisión" de Pesquera Exalmar S.A., hasta porun importe máximo de US$ 2 500 000,00 (dos millones quinientos mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), en el Registro Público del Mercado de Valo-res, a emitirse en el marco del programa de emisión denominado "Primer Programa de Instrumentos de Cor- to Plazo Pesquera Exalmar", así como disponer el regis-tro del complemento del prospecto marco correspon- diente. Artículo 2º.- La inscripción de valores y el registro de prospectos se encuentran sujetos a lo dispuesto en el artículo 14º, inciso b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobilia-rios. Artículo 3º.- La oferta pública de los instrumentos de corto plazo a que se refiere el artículo 1º de la presenteResolución, deberá efectuarse con sujeción a lo dis- puesto en el artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Ven-ta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e informa- ción a que se refieren los artículos 23º y 24º del mencio-nado Reglamento. La colocación de los valores a los que se refiere el presente artículo deberá efectuarse en un plazoque no exceda de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, y siempre y cuando el plazodel programa y del trámite anticipado no hayan cul- minado. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para talesefectos, la solicitud de prórroga deberá ser presen- tada antes del vencimiento del referido plazo de co- locación. Artículo 4º.- La aprobación, la inscripción y el regis- tro a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolu- ción no implican que CONASEV recomiende la inversiónen los valores u opine favorablemente sobre las pers- pectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición delos interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- La presente resolución debe ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución a Pesquera Exalmar S.A., en su calidad de emisor; al Banco Internacional del Perú S.A. e Interinvest S.A. en calidad de estructuradores; a Centura SociedadAgente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colo- cador; a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR LOZÁN LUYO Gerente General Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 10918 OSIPTEL /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65 /G6C/G6F/G73/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G2D/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G75/G20/G45/G78/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G6F/G74/G69/G76/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 040-2005-CD/OSIPTEL Lima, 16 de junio de 2005 MATERIA REGLAMENTO DE C ALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECO- MUNICACIONES