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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2005 (12/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 292433 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de mayo de 2005 treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Artículo Octavo.- La EMPRESA CAPLINA DE TRANSPORTES TURÍSTICOS INTERNACIONALES S.R.LTDA., iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguien- te de la fecha de publicación de la presente Resolu- ción. De no iniciar el servicio dentro del plazo estable- cido, se declarará la caducidad de la concesión inter- provincial. Artículo Noveno.- Encargar la ejecución de la pre- sente Resolución a la Dirección de Registros y Autoriza- ciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICK P. ALLEMANT F. Director General Dirección General de Circulación Terrestre 08895 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 266-2005-MTC/02 Mediante Oficio Nº 603-2005-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 266- 2005-MTC/02, publicada en la edición del 6 de mayo de 2005. En el tercer considerando:DICE:Que, con fecha 22 de diciembre del 2005, ... DEBE DECIR: Que con fecha 22 de diciembre del 2004, ...08885 VIVIENDA Aprueban nuevo Texto Único Ordena- do del Reglamento de la Ley Generalde Habilitaciones Urbanas DECRETO SUPREMO Nº 010-2005-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-98-MTC se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, el cualnorma los procedimientos administrativos para la Aprobación de Habilitaciones Urbanas Nuevas y para la Regularización de Habilitaciones Urbanas Ejecu-tadas; Que, de conformidad con la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se hace indispen-sable realizar precisiones en el Texto Único Ordena- do del Reglamento referido en el considerando pre- cedente; Que, de conformidad con el artículo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Mi- nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,corresponde al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, diseñar, normar y ejecutar la política nacional de acciones del sector en materia de vivien-da, urbanismo, construcción y saneamiento, así como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales, en materia de ur-banismo, desarrollo urbano y saneamiento urbano;De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley de Orga-nización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento - Ley Nº 27792; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Nuevo Texto Úni- co Ordenado Apruébase el nuevo Texto Único Ordenado del Re- glamento de la Ley General de Habilitaciones Urba-nas, el mismo que consta de cuatro capítulos y vein- tinueve artículos, cuyo texto forma parte del presen- te Decreto Supremo. Artículo 2º.- Derogatoria Derógase el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aproba- do por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nue- ve días del mes de mayo del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamien- to TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE HABILITACIONES URBANAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Terminología Cuando en el presente Reglamento se mencione el término "Ley" se entenderá que se refiere a la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, ysu modificatoria, la Ley Nº 27135. Cuando se mencione el término "Planes de Desa- rrollo Urbano", se entenderá que se refiere a los apro-bados por las Municipalidades Provinciales. Artículo 2º.- Procedimientos El presente Reglamento regula los procedimien- tos administrativos de: a) Aprobación de Habilitaciones Urbanas Nuevas; y, b) Regularización de Habilitaciones Urbanas Eje- cutadas. Compete conocer los procedimientos mencionados a las Municipalidades Distritales y, sólo tratándose de terrenos ubicados en el área del Cercado, le compete conocer de los mismos a la Municipalidad Provincial. Artículo 3º.- Órganos municipales competen- tes Los órganos municipales competentes para la tra- mitación de los procedimientos de habilitación urba- na son los establecidos por las propias Municipalida-des y recibirán las solicitudes y expedientes técni- cos de Aprobación de Habilitación Urbana Nueva y de Regularización de Habilitaciones Ejecutadas paracalificarlos y remitirlos a la Comisión Técnica. La fiscalización del cumplimiento de las disposi- ciones de la Ley y del Reglamento corresponde a lasMunicipalidades Distritales y a las Provinciales den- tro del ámbito del área del Cercado. Artículo 4º.- Comisiones Técnicas Las Comisiones Técnicas tienen como función la de pronunciarse, mediante dictámenes, sobre el cum-