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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2005 (12/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 292427 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de mayo de 2005 Innovación Tecnológica - CONCYTEC, solicita al Minis- terio de Relaciones Exteriores la expedición de la Reso- lución Suprema que autorice el pago de la cuota corres- pondiente al monto de la cuota 2005 al Comité Científico de Investigaciones Oceanográficas (Scientific Committee on Oceanic Research - SCOR); CONSIDERANDO:Que el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para el Año Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupues- tos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negocia- ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene- ficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota correspondiente al año 2005 al Comité Científi- co de Investigaciones Oceanográficas (SCOR); Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Consejo Nacional de Cien- cia, Tecnología e Innovación Tecnológica a efectuar el pago de la cuota año 2005 al Comité Científico de Inves- tigaciones Oceanográficas (SCOR) por el importe de US$ 1,850.00 (MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 00/ 100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecno- logía e Innovación Tecnológica (CONCYTEC). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID WAISMANN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la cartera de Relaciones Exteriores 09014 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 108-2005-RE Lima, 11 de mayo de 2005 VISTO:Con Oficio Nº 089-2005/DE-LEG/PROINVERSION, de 18 de marzo de 2005, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, solicita al Minis- terio de Relaciones Exteriores la expedición de la Reso- lución Suprema que autorice el pago de la cuota del año 2005 a la Asociación Mundial de Agencias de Promoción de la Inversión (World Association of Investment Promo- tion Agencies - WAIPA); CONSIDERANDO:Que el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para el Año Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupues- tos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negocia-ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene- ficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2005 a la Asociación Mundial de Agencias de la Promoción de la Inversión (World Asso- ciation of Investment Promotion Agencies - WAIPAGIEC), con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a efectuar el pago de US$ 2,000.00 (DOS MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) a la Asocia- ción Mundial de Agencias de Promoción de la Inversión (World Association of Investment Promotion Agencies - WAIPA), correspondiente de la cuota año 2005. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inver- sión Privada - PROINVERSIÓN Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID WAISMANN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la cartera de Relaciones Exteriores 09015 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 109-2005-RE Lima, 11 de mayo de 2005 VISTO:El Oficio Nº 178-2005-CEG-INDECOPI, de 16 de marzo de 2005, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual (INDECOPI), en el que solicita al Ministerio de Rela- ciones Exteriores la expedición de la Resolución Supre- ma que autorice el pago de la cuota del año 2005 a la Organización Internacional de Metrología Legal (OIML); CONSIDERANDO:Que el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2005, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos interna- cionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negocia- ción en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene- ficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota año 2005 al mencionado organismo interna- cional, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Defen- sa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), a efectuar el pago de la cuota año 2005, a la Organización Internacional de Metrología