TEXTO PAGINA: 27
PÆg. 292693 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de mayo de 2005 Ubigeo Departamento Provincia Nº Electores 070900 CUSCO LA CONVENCIÓN 163 080100 HU ANCAVELICA HUANCAVELICA 667 090100 HUÁNUCO HUÁNUCO 2,368 100100 ICA ICA 4,745 110100 JUNÍN HU ANCAYO 4,148 110500 JUNÍN T ARMA 618 120100 LA LIBERTAD TRUJILLO 9,260 130100 LAMBAYEQUE CHICLAYO 5,036 130300 LAMBAYEQUE LAMBAYEQUE 766140100 LIMA LIMA 65,302 140400 LIMA CAÑETE 230 140500 LIMA HUAURA 947 150100 LORETO MA YNAS 1,923 160100 MADRE DE DIOS T AMBOPATA 255 170100 MOQUEGUA MARISCAL NIETO 512 170300 MOQUEGUA ILO 136 180100 PASCO PASCO 829 190100 PIURA PIURA 3,811 190600 PIURA SULLANA 421 200100 PUNO PUNO 2,940 200900 PUNO SAN ROMÁN 752 210100 SAN MARTÍN MOYOBAMBA 486 210600 SAN MARTÍN SAN MARTÍN 852 220100 TACNA TACNA 2,383 230100 TUMBES TUMBES 628 240100 CALLAO CALLAO 3,285 250100 UCAYALI CORONEL PORTILLO 973 Total 139,782 09268 Àprueban modelo definitivo de cØdula de votación para Elección de Conseje-ros del Consejo Nacional de la Magis-tratura por los miembros de los Cole- gios Profesionales del país RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 135-2005-J/ONPE Lima, 17 de mayo del 2005VISTOS: El Memorándum Nº 184-2005-GIEE/ONPE, de la Geren- cia de Información y Educación Electoral de fecha 16 de mayode 2005 mediante el cual se propone a este despacho la aprobación del diseño definitivo de las cédulas de sufragio, con las especificaciones técnicas que las caracterizan, para laElección de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistra- tura por los miembros de los Colegios Profesionales del país; el Informe Nº 063-2005-CGN, y el Memorándum Nº 276-2005-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 009-2005-J/ ONPE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de enero de 2005, se ha convocado a la Elección de Con-sejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del país para el domingo 19 de junio de 2005; Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales tiene a su cargo la organiza-ción y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y su Ley Orgánica; Que, el literal c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, señala que es función de la Oficina Nacional de Procesos Electorales planifi-car, preparar, y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estric- to de la normatividad vigente; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el ar- tículo 2º de la citada Ley Nº 26487, esta institución tiene como función esencial velar por la obtención de lafiel y libre expresión de la voluntad popular, manifesta- da a través de los procesos electorales, de referén- dum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, la Ley Nº26859, Orgánica de Elecciones esta- blece en su artículo 159º, que corresponde a la OficinaNacional de Procesos Electorales determinar las carac- terísticas de las cédulas de sufragio, disponer lo relacio- nado con la impresión y distribución de las mismas en la forma de que estime más conveniente, así como lasindicaciones ilustrativas que debe llevar la cédula para facilitar el voto al elector; Que, el artículo 5º, literal b) de la Ley Nº 26487, Orgá- nica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, dispone en concordancia con el precitado dispositivo legal, que es función de la Oficina Nacional de ProcesosElectorales diseñar la cédula de sufragio, actas electo- rales, formatos y todo otro material en general, de mane- ra que se asegure el respeto de la voluntad del ciudada-no en la realización de los procesos a su cargo; Que, conforme lo dispuesto en el artículo 29º de las “Normas Complementarias para la Elección de Conse-jeros representantes de los Colegios Profesionales del país ante el Consejo Nacional de la Magistratura”, apro- bado mediante Resolución Jefatural Nº 057-2005-J/ONPE, la ONPE determina las características del mate- rial electoral necesario para el desarrollo de la elección; Que, de acuerdo al literal 62º, literal f) del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante Resolución Nº051-2004-J/ONPE, es función de la Gerencia de In-formación y Educación Electoral, elaborar el diseño grá- fico de la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral, incorporando las es-pecificaciones técnicas formuladas por la Gerencia de Gestión Electoral y proponer dichos materiales a la Je- fatura Nacional para su aprobación; Que, por Resolución Jefatural Nº 126-2005-J/ONPE del 10 de mayo del 2005 se publicó el diseño provisional de la cédula de sufragio para la Elección de Consejeros del Con-sejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del país a fin de que corra el plazo de ley para eventuales impugnaciones a dicho diseño; Que de acuerdo a lo señalado en el Memorándum Nº 182-2005-SG/ONPE, de fecha 16 de mayo de 2005, la Oficina de Trámite Documentario de la ONPE no ha reci-bido ningún expediente de impugnación al modelo de la cédula para Elección de Consejeros del Consejo Nacio- nal de la Magistratura por los miembros de los ColegiosProfesionales del país 2005; Que, asimismo, el literal f) del artículo 9º del citado Reglamento de Organización y Funciones de la ONPEdispone que es función de la Jefatura de la ONPE apro- bar el diseño de la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral; En uso de las atribuciones que se le confieren al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales en los artículos 5º, 13º y 21º de la Ley Nº 26487; el artículo 182ºde la Constitución Política del Perú; y el artículo 9º, literal f), del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado porResolución Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE, modificado mediante Resoluciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ ONPE y Nº 252-2004-J/ONPE; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y la Gerencia de Información y Educación Electoral; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el modelo definitivo de la cédu- la de votación para la Elección de Consejeros del Con- sejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del país, cuyos formatos apare-cen en los Anexos 1 y 3, los que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2º.- Los formatos del modelo de cédula de su- fragio a que se refiere el artículo precedente tienen las espe- cificaciones técnicas consignadas en el Anexo 2 y 4, que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 3º.- Las dimensiones de estos modelos de cé- dula y las de sus variantes podrán modificarse de acuerdo al número de candidatos que postulan en cada elección. Artículo 4º.- Póngase la presente Resolución Jefa- tural en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa Nacional Oficina Nacional de Procesos Electorales