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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G38/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 19 de mayo de 2005 pativo", con la finalidad de facilitar y orientar la realiza- ción de los Procesos de Planeamiento, Programación yPresupuestación en los Gobiernos Regionales y Go-biernos Locales, en el marco de lo dispuesto en la LeyNº 28056 - "Ley Marco del Presupuesto Participativo" ysu Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171- 2003-EF; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º numeral 8 de la LeyNº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el ConcejoMunicipal aprobó por Mayoría, con dispensa de trámitede lectura y aprobación del acta aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento que Regula el Proceso de Programación, Participación yConcertación para la Formulación del Presupuesto Participativo 2006, en el distrito de Lince; el cual consta de seis (6) Títulos, veinte (20) Artículos y dos (2) Disposi-ciones Transitorias y Complementarias, que forma parteintegrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza en cuanto es de su compe- tencia a las siguientes dependencias orgánicas de la Municipalidad: Gerencia General, Gerencia de Presu-puesto y Planificación, Gerencia de Administración, Ge-rencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de ServiciosSociales. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 09308 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G31/G2D/G39/G37/G2D /G4D/G44/G4C/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G2D/G6D/G69/G73/G6F/G20/G79/G20/G52/G65/G74/G69/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G42/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 136-MDL Lince, 27 de abril del 2005 VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 012-2005-CAL-CEA-MDL, referente a la modificaciónde la Ordenanza Nº 011-97 MDL que aprueba el Regla-mento de Comiso y Retiro de Bienes en la Jurisdiccióndel distrito de Lince; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 191º de la Consti- tución Política del Perú, las Municipalidades tienen auto-nomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia; Que, dentro de la Capacidad Sancionadora de las Municipalidades tal como lo dispone el artículo 48º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, seencuentra el decomiso de artículos de consumo hu-mano adulterados, falsificados o en estado de des-composición; de productos que constituyen peligro contra la vida o la salud y de los artículos de circula- ción o consumos prohibidos por la ley, y los demásproductos, sujetos a retención por la verificación deinfracciones municipales determinadas en la normamunicipal, conforme se encuentra regulado en el Ré-gimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza Nº 011-97 MDL que aprue- ba el Reglamento de Comiso y Retiro de Bienes en lajurisdicción del distrito, se señala al Remate de Bienes yla Donación, como formas de disponer los bienes deco-misados por la Municipalidad; Que, es necesario darle al destino de los bienes comisados una mayor claridad y precisión con la finali-dad, por un lado, de impedir fundamentalmente que laacumulación de dichos bienes en el depósito municipalprovoquen el aumento de los costos de gestión y adminis-tración por la existencia del gran volumen de estos bie- nes y, por otro lado, evitar el detrimento de su uso y desu valor económico; Que, se debe establecer lineamientos para el procedi- miento de la disposición de bienes comisados, mediantedonación, que no han sido reclamados oportunamente por sus propietarios y declarados en abandono; Que, la Jefatura de la Policía Municipal según Infor- me Nº 143-2005-MDL-GSC/JPM ha propuesto el re-ferido procedimiento, el que ha sido reformulado conel Informe Nº 203-2005-MDL-GAJ de la Gerencia deAsesoría Jurídica, con los Informes Nº 219-2005- MDL-GA y Nº 276-2005-MDL-GA-JA de la Gerencia de Administración y Jefatura de Abastecimiento, cuyoproyecto final ha sido analizado y debatido por lasComisiones de Asuntos Legales y de Economía yAdministración; Estando a lo expuesto, y de conformidad a la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, el Concejo Mu- nicipal por unanimidad, con dispensa del trámite de apro-bación del acta aprobó la siguiente: ORDENANZA ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 011-97 MDL QUE REGLAMENTA EL COMISO Y RETIRO DE BIENES EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO Artículo Primero.- Objeto.- La presente Ordenan- za modifica el inciso b) e incorpora los incisos e) f) g) h) i) del artículo 1º y modifica los artículos 16º, 17º, 18º, 19º y 26º de la Ordenanza Nº 011-97 MDL, a efectos deprecisar a través de criterios de simplicidad y celeridad,el procedimiento para la donación de los bienes comisa-dos por la Municipalidad, bajo los siguientes términos: Artículo 1º.- Para efectos de la presente Ordenanza, se entenderá por: (....) b) Comiso: Es la sanción administrativa No Pecunia- ria establecida por la Municipalidad por la comisión deuna infracción regulada como tal en el Régimen de Aplica- ción de Sanciones Administrativas, y a través del cual la Municipalidad ejecuta la desposesión de los bienes per-tenecientes a los sujetos infractores de las disposicio-nes municipales, sean en recintos cerrados o en la víapública. e) Bienes Perecibles: Todos aquellos productos que se consumen con el uso y que pueden sustituirse por otros de la misma especie y calidad. f) Bienes No Perecibles: Todos aquellos que por su constitución son de naturaleza duradera. g) Bien Apto para Disposición: Es la declaración mediante Resolución, que efectúa la autoridad adminis- trativa municipal, para disponer el destino final de los bienes comisados, al haber transcurrido los respectivosplazos sin que se haya reclamado formalmente o hayaquedado consentida la sanción impuesta. h) Abandono: Situación en que se encuentran los bienes comisados por la Municipalidad, que no han sido reclamados por sus propietarios. i) Depósito Municipal: Es el espacio que utiliza la Muni- cipalidad para la ubicación y resguardo de los bienescomisados, que se encuentra a cargo de la Jefatura deAbastecimiento. Artículo 16º.- Los Bienes No Perecibles comisados por la Municipalidad que se encuentran en el depósitomunicipal, luego de transcurridos 30 días calendariocontados a partir del día siguiente del comiso sin quehayan sido reclamados formalmente, o hayan transcurri-do tres días calendario en que haya quedado consenti- da la resolución de sanción que impone el Comiso, con informe de la Jefatura de la Policía Municipal, copia delacta de comiso en el que se indique la fecha y la infrac-ción cometida, la Jefatura de Abastecimiento establece-rá su Abandono y lo declarará como Bien Apto paraDisposición. La Jefatura de Abastecimiento dirigirá a la Gerencia de Administración la relación de Bienes No Pereciblesdeclarados como Bien Apto para Disposición. La citadaGerencia evaluará mediante los respectivos informes