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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2005 (19/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 87

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G38/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 19 de mayo de 2005 nistración de Recursos, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 09254 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G61/G63/G6F/G67/G65/G72/G73/G65/G20/G61/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G69/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2005-MDI Independencia, 6 de mayo de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Vistas: Las Ordenanzas Nº 045-2003-MDI del 30 de junio del 2003, Nº 051-2003-MDI del 18 de setiembre del 2003, el Decreto de Alcaldía Nº 027-2003-MDI, Nº 008-2004-MDI, Nº 022-2004-MDI, Nº 025-2004 del 30 de di-ciembre del 2004, por la cual se aprobó conceder elBeneficio para la Promoción de la Formalización de lasActividades Industriales, Comerciales y de Servicios, y el Informe Nº 220-2005-DPAECDC/GDEL/MDI del 28 de abril y Memorándum Nº 267-2005-GDEL/MDI del 28 deabril del 2005; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 227680, Ley de Reforma Constitucional, señala que las municipalidades tienenautonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia, correspondiendo al Conce-jo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras ya la Alcaldía las funciones ejecutivas; Que, de conformidad con el artículo 195º de la Consti- tución Política del Perú, las municipalidades tienen entresus competencias administrar sus bienes y rentas asícomo crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas,arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, mediante Ordenanza Nº 045-2003-MDI se concedió el beneficio para la Promoción de la Formali- zación de las Actividades Industriales, Comerciales yde Servicios en la jurisdicción de la Municipalidad Dis-trital de Independencia, en el sentido de otorgar des-cuentos en los derechos establecidos en el TUPA,según les corresponda, a efectos de obtener la res- pectiva Licencia de Apertura de Establecimiento, con plazo hasta el último día útil del mes de setiembre del2003, plazo de acogimiento que fue prorrogado a tra-vés de la Ordenanza Nº 051-2003-MDI hasta el 31 dediciembre del 2003 y hasta el 31 de marzo del 2004,mediante Decreto de Alcaldía Nº 027-2003-MDI, para luego ser ampliada la fecha de vencimiento para el acogimiento de este beneficio hasta el 31 de agostodel 2004, luego, se amplió, por Decreto de AlcaldíaNº 022-2004-MDI hasta el 31 de diciembre del 2004, yfinalmente, por Decreto de Alcaldía Nº 025-2004-MDI,se amplía hasta el 30 de abril del año 2005; Que, con la finalidad de brindar mayores facilidades a los contribuyentes que gestionen la obtención de laLicencia Municipal de Apertura de Establecimiento, Li-cencia Municipal de Apertura Provisional de Estable-cimiento y para el Cambio de Denominación o RazónSocial y/o Ampliación de Giro o Área de la Licencia Mu- nicipal de Apertura de Establecimiento, resulta conve- niente prorrogar con carácter general el vencimiento delreferido beneficio; Que, viendo la acogida que ha tenido el presente beneficio por la Comunidad y la voluntad de la actualgestión de contribuir a la formalización de los agenteseconómicos de nuestro distrito y promover la protección de los comerciantes y de los consumidores; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y el nu-meral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgáni-ca de Municipalidades; DECRETA: Artículo Único.- AMPLÍESE la fecha de venci- miento para el acogimiento del beneficio aprobado porla Ordenanza Nº 045-2003-MDI prorrogada mediante la Ordenanza Nº 051-2003-MDI, Decretos de Alcaldía Nº 027-2003-MDI, Decreto de Alcaldía Nº 008-2004-MDI, Decreto de Alcaldía Nº 022-2004-MDI, y Decre-to de Alcaldía Nº 025-2004-MDI en consecuencia pro-rróguese dicho vencimiento hasta el 30 de junio delaño 2005. Regístrese, comuníquese, cúmplase. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 09256 MUNICIPALIDAD DE LINCE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20 /G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79/G43/G6F/G6E/G63/G65/G72/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G46/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G32/G30/G30/G36/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 135-MDL Lince, 27 de abril del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE VISTO: En Sesión de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 011-2005-MDL-CAL-CEA-CSCPV de lasComisiones de Asuntos Legales, de Economía y Adminis- tración y de Servicios a la Ciudad y Participación Vecinal, sobre aprobación de la Ordenanza que Regula el Proce-so de Programación, Participación y Concertación parala Formulación del Presupuesto Participativo del 2006,en el distrito de Lince; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificado me-diante Ley Nº 27680, que aprueba Reforma Constitu- cional del Capítulo XIV del Título V, sobre Descentra- lización, establecen que las Municipalidades promue-ven, apoyan, y reglamentan la participación vecinalen el desarrollo local, formulan sus presupuestos conla participación de la población y rinden cuenta de suejecución anualmente, bajo responsabilidad, confor- me a Ley; Que, de conformidad con el Artículo 53º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, lasmunicipalidades se rigen por presupuestos participati-vos anuales como instrumentos de administración ygestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, mediante Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presu- puesto Participativo, se establecen disposiciones queaseguren la efectiva participación de la Sociedad Civil enel proceso de programación participativa del presupuesto; la misma que es reglamentada con el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF; Que, mediante Resolución Directoral Nº 006-2005- EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01 - "Instructivo del Proceso del Presupuesto Partici-