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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G38/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 19 de mayo de 2005 246-A del Reglamento General de la Ley de Telecomuni- caciones no exonera a la empresa operadora del cum-plimiento de la presentación de la declaración jurada men-sual y anual, y de realizar el pago mensual y anual delDerecho Especial de FITEL. Artículo 12º.- Aplicación del Reglamento de FI- TEL En lo concerniente a la supervisión, contratación y penalidades aplicables a las empresas antes y durantela ejecución de los proyectos así como en todo aquelloque no se oponga a las presentes Normas complemen-tarias, se aplicará el Reglamento de FITEL. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE FITEL ••••• ANTECEDENTES FITEL fue creado mediante la Ley de Telecomunica- ciones como fuente de recursos financieros para dotarde servicios de telecomunicaciones en áreas rurales ylugares considerados de preferente interés social. Seoptó por este esquema porque en un entorno de compe-tencia económica, los operadores privados no sueleninvertir para la provisión de servicios en lugares dondelas inversiones necesarias son altas frente a la bajarentabilidad, debiendo entonces el Estado intervenir otor-gando subsidios al sector privado con el fin de facilitar laprovisión de servicios públicos de telecomunicaciones.Las empresas operadoras aportan el 1% de los ingre-sos brutos a FITEL, este mecanismo ha sido considera-do como la alternativa más conveniente para el desarro-llo de las telecomunicaciones, por constituir un subsidiodirecto y transparente. El Reglamento de Administración y Funcionamiento del Fondo de Inversión de Telecomunicaciones (FITEL)aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 048-2000-CD/OSIPTEL de fecha 28 de septiembre de 2000planteó la necesidad de ingresar a una nueva etapa dedesarrollo del Acceso Universal a partir del servicio bá-sico de telecomunicaciones. Tomando en cuenta que enla primera etapa se dio énfasis a la atención de localida-des rurales que no contaban con servicio de comunica-ciones, buscando incrementar la penetración de los ser-vicios básicos de telecomunicaciones priorizando siem-pre la telefonía pública, aunque dirigida hacia aquellasáreas geográficas en las cuales, si bien existe oferta deservicios, ésta es insuficiente o existe una demandainsatisfecha que la dinámica de la competencia no llegaa atender. Del mismo modo el reglamento, incorporó lanecesidad de fomentar el acceso a Internet en áreasrurales. En diciembre de 2004, mediante Decreto Supremo Nº 040-2004-MTC se modificó el Texto Único del Regla-mento General de la Ley de Telecomunicaciones incor-porando el artículo 246-A, el cual establece disposicio-nes específicas que hacen posible que las empresasoperadoras presenten proyectos para brindar serviciosfinales solicitando, para ello los recursos de FITEL comosubsidios, bajo el mecanismo de adjudicación directa. Elobjetivo del artículo 246-A es, de acuerdo con la exposi-ción de motivos del citado Decreto Supremo, "agilizar eluso de los recursos del Fondo de Inversión de Teleco-municaciones (FITEL) y cumplir con los objetivos delacceso universal". ••••• JUSTIFICACIÓN Tomando en cuenta que el Decreto Supremo Nº 040- 2004-MTC establece que OSIPTEL deberá emitir lasnormas complementarias para la aplicación de lo dis-puesto en el citado artículo, la norma presentada tiene elobjetivo de establecer el marco general de aplicación delartículo que permita facilitar el cumplimiento de los obje-tivos de Acceso Universal, agilizar el uso de los recur-sos y hacer un uso eficiente de los mismos.••••• OBJETIVO El objetivo de la norma es posibilitar el uso de los fondos de FITEL por parte de las empresas concesio-narias en concordancia con lo establecido por el artículo246-A del Texto Único Ordenado del Reglamento Gene- ral de la Ley de Telecomunicaciones (en adelante EL TUO) buscando que los proyectos que las empresasconcesionarias presenten cumplan con lo establecidopor los lineamientos técnicos y de desarrollo humanoestablecidos en el Decreto Supremo Nº 049-2003-MTC. ••••• LOS REQUISITOS Los requisitos para la presentación de proyectos de telecomunicaciones implican la necesidad de orientarlos proyectos hacia objetivos de desarrollo buscando elmáximo impacto social posible a través de la provisión de servicios públicos de telecomunicaciones, debiendo demostrar que generarán un beneficio social, que losproyectos son sostenibles en el largo plazo cuando yano reciban subsidio de FITEL, del mismo modo deberádemostrarse que el subsidio solicitado permite la viabili-dad del proyecto, lo que incluirá cubrir el costo de opor- tunidad de capital expresado en la tasa de descuento. Se establece adicionalmente que las empresas con- cesionarias no podrán solicitar subsidio para financiarservicios en áreas rurales cuando dichos servicios seanparte de obligaciones contractuales asumidas con elestado. Se solicita expresamente que los proyectos sean pre- sentados con un nivel de pre-factibilidad debido a que esel nivel exigido a los proyectos que OSIPTEL elaborapara ser concursados por mínimo subsidio. Los servicios que podrán ser materia de subsidio serán servicios finales y de valor añadido para acceso a Internet conforme a lo establecido por el artículo 246-A de el TUO, salvo que el Consejo Directivo de OSIPTELestablezca otros servicios que puedan ser incluidos. • LAS LOCALIDADES QUE FORMARAN PARTE DE LOS PROYECTOS Con el objetivo de extender los servicios de teleco- municaciones, OSIPTEL priorizará las localidades queno cuentan con servicios de telecomunicaciones. Por otro lado, con el objetivo asegurar la maduración de los proyectos que han recibido subsidio de FITEL, no se otorgará subsidio bajo esta modalidad para localida- des que formen parte de proyectos que estén siendoimplementados. Del mismo modo, tampoco se otorgará subsidios bajo esta modalidad para servicios específicos, en localida-des específicas, cuando dichos servicios ya hayan re- cibido subsidio en el pasado en dichas localidades. • EL SUBSIDIO A OTORGAR El artículo 246-A de EL TUO señala que "la asigna- ción bajo el mecanismo de adjudicación directa antes mencionado no excederá del monto aportado por el con- cesionario solicitante a FITEL, a la fecha de la solicitud";sin embargo, es necesario reservar parte de los fondospara los costos comunes de FITEL, tal como lo estable-ce el artículo 63º del Reglamento General del Organis-mo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunica- ciones aprobado mediante D.S. Nº 008-2001-PCM. Del mismo modo es necesario reservar parte de los fondospara los proyectos que OSIPTEL presente como inicia-tiva propia al Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes. Por lo anterior, del monto total de aportes se descon- tarán, proporcionalmente, los fondos reservados para los costos comunes y proyectos de iniciativa deOSIPTEL. Del mismo modo, se descontarán directamente los costos relacionados con los proyectos presentados porlas empresas, tales como: el subsidio otorgado para proyectos que hayan sido aprobados anteriormente, envirtud de lo establecido en la presente norma; los mon-