Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2005 (23/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
ANEXO Servicio Nacional de Sanidad Agraria

Pag. 293069

Nº Orden A.

Denominacion del Servicio VENTA

Requisitos

Precio Incluido I.G.V. (% UIT)

Forma de Pago

Dependencia donde se inicia el servicio Programa Nacional de Control Biologico

Duracion del servicio Segun programacion

Dependencia donde culmina el servicio Programa Nacional de Control Biologico o Direccion del SENASA local

IV.1.2 Productos diversos organicos - ecologicos

- Boleta de venta o Recibo por: . Alcachofa - unidad (1) . Alfalfa - kilogramo . Apio - kilogramo . Acelga - kilogramo . Beterraga - kilogramo . Brocoli - kilogramo . Camote - kilogramo . Caigua - unidad . Cebolla - kilogramo (1) . Chala - kilogramo . Choclo - unidad . Esparrago - kilogramo . Espinaca - kilogramo . Frijol - kilogramo (1) . Fresa - kilogramo . Loche - kilogramo . Lechuga - unidad (1) . Lucumo - kilogramo . Melon - kilogramo . MORDAZA - kilogramo . Nabo - kilogramo . Oregano - kilogramo . Palto - kilogramo . Perejil - kilogramo . Pepinillo - unidad . Pimenton - kilogramo . Poro - kilogramo . Platano - kilogramo . Pumking - kilogramo . Rabanito - kilogramo . MORDAZA - kilogramo . Tomate - kilogramo (1) . Zanahoria - kilogramo . Zapallo macre - kilogramo

0.004% a 0.046% 0.010% a 0.061% 0.002% a 0.046% 0.008% a 0.182% 0.008% a 0.046% 0.040% a 0.107% 0.008% a 0.037% 0.0007% a 0.008% 0.016% a 0.091% 0.002% a 0.003% 0.006% a 0.031% 0.064% a 0.213% 0.017% a 0.182% 0.075% a 0.152% 0.055% a 0.182% 0.015% a 0.061% 0.003% a 0.031% 0.072% a 0.152% 0.016% a 0.061% 0.009% a 0.061% 0.008% a 0.046% 0.011% a 0.122% 0.073% a 0.122% 0.004% a 0.022% 0.004% a 0.019% 0.026% a 0.122% 0.005% a 0.037% 0.022% a 0.091% 0.017% a 0.076% 0.011% a 0.046% 0.024% a 0.046% 0.013% a 0.243% 0.012% a 0.046% 0.009% a 0.031%

contado

Los precios dependeran del tamano y calidad de los productos (1) Indica que el Item comprende todos los tipos del producto senalado Telefonos: 351-24-43 / 351-63-02 Direcc: MORDAZA Los Diamantes s/n - Urb. Los Topacios, Vitarte. Pag. Web: http://www.senasa.gob.pe

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Modifican fechas limite de siembra, matada y quema de algodon para la MORDAZA 2005 - 2006 en la MORDAZA Rio Grande del MORDAZA Palpa, departamento de Ica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 075-2005-AG-SENASA MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 367-2005-AG-SENASA-ICA, de fecha 17 de marzo de 2005, mediante el cual la Direccion del SENASA Ica, remite la propuesta de modificatoria de fechas limite para la siembra, matada, quema y periodo de MORDAZA limpio del cultivo del algodonero en la MORDAZA Rio Grande del MORDAZA Palpa, en el departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, el cultivo del algodonero se encuentra regulado por el Texto Unico Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 251-94-AG y modificado por la Resolucion Ministerial Nº 443-97-AG, asimismo, siendo el Articulo 3º del citado Reglamento el que fija las fechas limite para la siembra, matada y quema del mencionado cultivo en cada valle; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria del referido Reglamento faculta al Servicio Nacional de Sani-

dad Agraria ­ SENASA, modificar mediante Resolucion Jefatural las fechas limite fijadas en su Articulo 3º, previa evaluacion tecnica realizada por la Comision Ad Hoc del MORDAZA respectivo; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 1118-2001AG del 15 de octubre de 2001, se modifico lo establecido en el Articulo 3º del mencionado Reglamento, a efectos de adecuar las fechas limite de siembra del cultivo del algodonero; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 026-2005-AGSENASA-DGSV-DIA, de fecha 3 de MORDAZA de 2005, la Direccion General de Sanidad Vegetal informa que la solicitud de modificacion, en via de regularizacion, esta referida solo para la presente MORDAZA MORDAZA, cuyo sustento tecnico es la disponibilidad de agua y la necesidad de adelantar las siembras a fin de que los MORDAZA de cultivo MORDAZA abastecidos con las aguas de venida, conforme a lo planificado por la Junta de Usuarios de riego del MORDAZA de Palpa, y que esta solicitud se enmarca dentro de los requerimientos establecidos por el Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana; De conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 25194-AG, Resolucion Ministerial Nº 443-97-AG, Resolucion Ministerial Nº 1118-2001-AG; y con las visaciones de la Direccion General de Sanidad Vegetal y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar, en via de regularizacion, solo para la MORDAZA 2005-2006, las fechas limite de siembra, matada y quema de algodon en la MORDAZA Rio Grande

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