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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2005 (23/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G30/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 23 de mayo de 2005 del valle Palpa, en el departamento de Ica, tal como se detalla a continuación: Departa- Valle Zona Variedad Siembra M atada Campo mento y quema limpio Ica Palpa Río T angüis 15 mar. al 15 ene. al 15 feb. al Grande 15 may. 14 feb. 14 mar. Artículo 2º.- Los infractores a lo dispuesto en la presente Resolución, serán sancionados conforme a lo establecido enel Artículo 31º del Texto Único Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 09533 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G64/G65/G4E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G4C/G61/G62/G6F/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G35/G34/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G4D/G49/G4E/G43/G45/G54/G55/G52/G2F/G44/G4D RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 161-2005-MINCETUR/DM Lima, 18 de mayo de 2005 Visto el Memorándum Nºs. 373 y 374-2005- MINCETUR/VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la políticade comercio exterior y de turismo; responsable en ma- teria de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exterioresy otros sectores del Gobierno en el ámbito de sus res- pectivas competencias; Que, el Perú conjuntamente con Ecuador y Colom- bia, viene negociando con los Estados Unidos de Norte- américa la suscripción de un Tratado de Libre Comercio - TLC, para cuyo efecto, a la fecha, se han llevado acabo nueve Rondas de Negociaciones; Que, los países andinos realizan reuniones de coordi- nación previas a las Rondas de Negociaciones del TLC.En tal sentido, la XII Reunión de Coordinación Andina se realizará en la ciudad de Bogotá, República de Colom- bia, habiéndose programado las reuniones del Grupo deNegociación de Asuntos Laborales para los días 24 y 25 de mayo de 2005; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha pro- puesto a los señores María Liliana Honorio Malásquez y Jaime Cuzquén Carnero, profesionales que prestan ser- vicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, paraque en representación de MINCETUR asistan a las men- cionadas reuniones; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 154-2005-MINCETUR/DM, se autorizó, entre otros, el viaje a la ciudad de Bogotá, de los señores César Augus- to Llona Silva y Silvia María Noriega León, profesionalesque prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, a fin de que asistan a la XII Reunión de Coordina- ción Andina; al respecto, el Viceministro de ComercioExterior solicita que se cancele el viaje del señor Llona, por razones de servicio, y se modifique la fecha del viaje de la señorita Noriega a fin de que participe en las reunio-nes de la Mesa de Negociación de Inversiones, que se realizarán a partir del 18 de mayo de 2005; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y Decreto de Urgencia Nº 015- 2004;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 25 al 28 de mayo de 2005, delos señores María Liliana Honorio Malásquez y Jaime Cuzquén Carnero, profesionales que prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que enrepresentación del MINCETUR participen en la XII Re- unión de Coordinación Andina - Grupo de Negociación Asuntos Laborales, a realizarse en dicha ciudad. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 154-2005-MINCETUR/DM, en la parte referida a la autorización de viaje del señor Cé-sar Augusto Llona Silva. Artículo 3º .- Modificar el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 154-2005-MINCETUR/DM, en la parte referi-da al viaje de la señorita Silvia María Noriega León, el mis- mo que queda autorizado del 18 al 21 de mayo de 2005. Artículo 4º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuer- do al siguiente detalle: Señores María Liliana Honorio Malásquez y Jaime Cuzquén Carnero (del 25 al 28 de mayo de 2005) Pasajes (US$ 400,00 x 2 personas) : US$ 800,00 Viáticos (US$ 200,00 x 4 días x 2 personas) : US$ 1 600,00 Tarifa CORPAC (US$ 28,24 x 2 personas) : US$ 56,48 Señorita Silvia María Noriega León (día 18 de mayo de 2005) Viáticos : US$ 200,00 Artículo 5º.- Dentro de los quince (15) días calen- dario siguientes a su retorno al país, los profesionalescuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, debe- rán presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos enla reunión a la que asistirán. Asimismo, deberán presen- tar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 09606 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G52/G55/G20/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G50/G6F/G70/G75/G6C/G61/G72 /G43/G68/G69/G6E/G61/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G20 /G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G6C /G22/G46/G65/G73/G74/G69/G76/G61/G6C/G20/G47/G61/G73/G74/G72/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 165-2005-MINCETUR/DM Lima, 20 de mayo de 2005 Vista la Carta Nº C.436.2005/PP.GG de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú es la encargada de proponer, dirigir, evaluar y ejecutar las políticas y estrategias de promoción del turismo in-terno y receptivo, así como de promover y difundir la imagen del Perú en materia de promoción turística; Que, acorde con sus funciones, PromPerú se en- cuentra desarrollando acciones de Promoción Turística en la República Popular China, teniendo planeado iniciar una campaña de promoción en diversos medios decomunicación en el marco de la declaración del Perú como destino turístico oficial en el referido país; Que, la gastronomía peruana es un elemento impor- tante de nuestro potencial turístico y su difusión en el ámbito internacional resulta de gran importancia para generar un valor agregado a la oferta del Perú como