Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2005 (23/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2005

das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Publico, de funcionarios, servidores publicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibicion que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes seran autorizados a traves de resolucion del Titular del Pliego respectivo, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los Inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicadas en el extranjero; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0774-2005-MTC/12.04-AVSEC designando al Inspector MORDAZA MORDAZA Chahud La MORDAZA, para realizar las inspecciones tecnicas de las estaciones de las empresas Lan Peru S.A. y Taca Peru S.A., en la MORDAZA de Guayaquil, Republica de Ecuador, como parte del programa de vigilancia de las operaciones aereas internacionales, durante los dias 24 al 26 de MORDAZA del 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar las inspecciones tecnicas a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0774-2005-MTC/12.04-AVSEC; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Chahud La MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Guayaquil, Republica de Ecuador, durante los dias 24 al 26 de MORDAZA del 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 600.00 US$ 28.24

mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09285

Aprueban transferencia de concesion para prestar servicios portadores de larga distancia nacional e internacional
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 246-2005-MTC/03 MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2005 VISTA, la solicitud presentada mediante Expediente Nº 2004-020135 por DIGITAL WAY S.A. para la aprobacion de la transferencia de la concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional a favor de la empresa 1910 S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 053-2000MTC/15.03, del 31 de enero de 2000, se otorgo a DIGITAL WAY S.A. concesion para la explotacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la Republica del Peru, habiendose suscrito el contrato correspondiente con fecha 15 de marzo de 2000; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 0392000-MTC/15.03, del 4 de febrero de 2000, se asigno a DIGITAL WAY S.A. espectro radioelectrico para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la Republica del Peru; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 6512001-MTC/15.03, del 13 de agosto de 2001, se autorizo a DIGITAL WAY S.A. la modificacion del Plan Minimo de Expansion, reemplazando el Anexo 1 aprobado por Resolucion Ministerial Nº 053-2000-MTC/15.03; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 10652001-MTC/15.03, del 17 de diciembre de 2001, se autorizo a DIGITAL WAY S.A. la modificacion de las caracteristicas tecnicas de operacion, reemplazando el Anexo 1 aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 039-2000MTC/15.03; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 092-2002MTC/15.03, del 7 de febrero de 2002, se aprobo la prorroga del plazo MORDAZA para el inicio de la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional concedidos a la empresa DIGITAL WAY S.A. mediante Resolucion Ministerial Nº 053-2000-MTC/ 15.03; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 3002002-MTC/15.03, del 29 de MORDAZA de 2002, se autorizo a DIGITAL WAY S.A. la modificacion de las caracteristicas tecnicas de operacion, consistente en la modificacion de la Descripcion de la Red, reemplazando el Anexo 1 aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 039-2000-MTC/ 15.03; asimismo, se reemplazo, en lo que corresponda, el Anexo 2 aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 039-2000-MTC/15.03, modificada mediante Resoluciones Viceministeriales Nºs. 651-2001-MTC/15.03 y 1065-2001-MTC/15.03; Que, mediante Expediente Nº 2004-020135, del 23 de noviembre de 2004, la empresa DIGITAL WAY S.A. solicita la transferencia de la concesion otorgada para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional y asignaciones de espectro radioelectrico correspondiente, otorgada mediante Re-

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector

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