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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2005 (23/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G30/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 23 de mayo de 2005 das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi- cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delrespectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irro-guen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al TesoroPúblico, de funcionarios, servidores públicos o represen- tantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, que-dan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, en cuyos casos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, lamisma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona-les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia- ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe mantener un programa anual de vigi- lancia sobre la seguridad operacional a través de la eje- cución de inspecciones técnicas a los explotadores aé-reos en el país, basado en las disposiciones estableci- das en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los Inspectores debida-mente identificados a que se refiere la Ley son compe- tentes, según su especialidad, para verificar las capaci- dades exigidas a los titulares de las autorizaciones pararealizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aéreas, se verifica, entre otras formas, a través de ins-pecciones técnicas a las estaciones de los explotado- res aéreos ubicadas en el extranjero; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 0774-2005-MTC/12.04-AVSEC designan- do al Inspector Iván Jorge Chahud La Rosa, para reali-zar las inspecciones técnicas de las estaciones de las empresas Lan Perú S.A. y Taca Perú S.A., en la ciudad de Guayaquil, República de Ecuador, como parte delprograma de vigilancia de las operaciones aéreas inter- nacionales, durante los días 24 al 26 de mayo del 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funcio- nes que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar las inspecciones técnicas a que se contrae la Or- den de Inspección Nº 0774-2005-MTC/12.04-AVSEC; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Iván Jorge Chahud La Rosa, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, a la ciudad de Guayaquil, República de Ecua- dor, durante los días 24 al 26 de mayo del 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuer- do al siguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Gene-ral de Administración del Ministerio de Transportes y Co- municaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09285 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G74/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G72/G67/G61/G20/G64/G69/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 246-2005-MTC/03 Lima, 17 de mayo del 2005VISTA, la solicitud presentada mediante Expediente Nº 2004-020135 por DIGITAL WAY S.A. para la aproba-ción de la transferencia de la concesión para la presta- ción de los servicios portadores de larga distancia na- cional e internacional a favor de la empresa 1910 S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 053-2000- MTC/15.03, del 31 de enero de 2000, se otorgó a DIGI- TAL WAY S.A. concesión para la explotación de los ser- vicios portadores de larga distancia nacional e interna-cional en la República del Perú, habiéndose suscrito el contrato correspondiente con fecha 15 de marzo de 2000; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 039- 2000-MTC/15.03, del 4 de febrero de 2000, se asignó a DIGITAL WAY S.A. espectro radioeléctrico para la pres- tación de los servicios portadores de larga distancianacional e internacional en la República del Perú; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 651- 2001-MTC/15.03, del 13 de agosto de 2001, se autorizóa DIGITAL WAY S.A. la modificación del Plan Mínimo de Expansión, reemplazando el Anexo 1 aprobado por Re- solución Ministerial Nº 053-2000-MTC/15.03; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 1065- 2001-MTC/15.03, del 17 de diciembre de 2001, se auto- rizó a DIGITAL WAY S.A. la modificación de las caracte-rísticas técnicas de operación, reemplazando el Anexo 1 aprobado por Resolución Viceministerial Nº 039-2000- MTC/15.03; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 092-2002- MTC/15.03, del 7 de febrero de 2002, se aprobó la pró- rroga del plazo máximo para el inicio de la prestación delos servicios portadores de larga distancia nacional e internacional concedidos a la empresa DIGITAL WAY S.A. mediante Resolución Ministerial Nº 053-2000-MTC/15.03; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 300- 2002-MTC/15.03, del 29 de abril de 2002, se autorizó aDIGITAL WAY S.A. la modificación de las características técnicas de operación, consistente en la modificación de la Descripción de la Red, reemplazando el Anexo 1 apro-bado por Resolución Viceministerial Nº 039-2000-MTC/ 15.03; asimismo, se reemplazó, en lo que corresponda, el Anexo 2 aprobado por Resolución ViceministerialNº 039-2000-MTC/15.03, modificada mediante Resolu- ciones Viceministeriales Nºs. 651-2001-MTC/15.03 y 1065-2001-MTC/15.03; Que, mediante Expediente Nº 2004-020135, del 23 de noviembre de 2004, la empresa DIGITAL WAY S.A. solicita la transferencia de la concesión otorgada para laprestación de los servicios portadores de larga distan- cia nacional e internacional y asignaciones de espectro radioeléctrico correspondiente, otorgada mediante Re-