Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2005 (23/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2005

VISTO, la Hoja de Tramite N° 8061-1-2005/SEC.GRAL del 4 de marzo de 2005 de la Secretaria General del Ministerio del Interior con la que remite la documentacion relacionada con las faltas graves e irregularidades funcionales en que presuntamente habrian incurrido servidores de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio N° 097-2005-IN/0101 del 21 de febrero de 2005, el senor Ministro del Interior remite a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales), el Informe Final N° 72-2005IN/0407 Caso "Frontera" de la Oficina de Asuntos Internos del Ministerio del Interior sobre irregularidades funcionales en que habrian incurrido los servidores de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA LUPU, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORELLO, con motivo de la forma y circunstancias irregulares en que habrian salido del MORDAZA y expedido los pasaportes al Sr. MORDAZA Menacho MORDAZA, y la Sra. MORDAZA MORDAZA Cachay y familia; Que, la Oficina de Asuntos Internos del Ministerio del Interior en el Informe Final N° 72-2005-IN/0407 de fecha 21 de febrero de 2005 concluye que existiria responsabilidad administrativa en los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Supervisor de Programa Sectorial I - ex Director de Pasaportes, F3 (Resolucion Ministerial Nº 09802004-IN-1601 del 27 de MORDAZA de 2004); MORDAZA MORDAZA LUPU, Inspector de Migraciones 11, ex Subdirector (e) de Pasaportes Nuevos - F-2 (Resolucion Directoral N° 10072004-IN-0904 del 19 MORDAZA del 2004); MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico en Migraciones I - STA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORELLO, Oficinista III-SAB; Que, de conformidad con el Acta N° 009-2005-IN-1300 del 3 de marzo de 2005 la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) concluye que no es competente para calificar las denuncias presentadas por la Oficina de Asuntos Internos (Caso Frontera) del Ministerio del Interior y para pronunciarse por la procedencia de abrir MORDAZA administrativo disciplinario, por encontrarse involucrado en los hechos denunciados el servidor publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien al momento de los hechos denunciados, ostentaba cargo de confianza de la categoria F3, recomendando que la Secretaria General del MININTER, disponga se constituya una Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, en sujecion a lo estipulado por el Art. 165° del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y el Art. 7° del Reglamento Interno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, aprobado por Resolucion Ministerial N° 0520-2002-IN-D104, se establece que para el MORDAZA de funcionarios se constituira una Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios integrada por tres (3) miembros, acorde con la jerarquia del (los) procesado (s); Que, de conformidad con la MORDAZA Disposicion Complementaria, Final y Transitoria del Reglamento Interno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, en los casos en que se encuentren involucrados varios servidores o funcionarios en una causa, corresponde a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios pronunciarse sobre los hechos en que se encuentren involucrados; Estando a lo recomendado y, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 370 - Ley del Ministerio del Interior modificada por Ley Nº 28141 y su Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2004-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar una Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, a fin de que califique la gravedad de las faltas, pronunciarse sobre la procedencia de instaurar MORDAZA administrativo disciplinario y recomendar las acciones que MORDAZA de aplicacion, por las presuntas irregularidades en que habrian incurrido MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Supervisor de Programa Sectorial I - ex Director de Pasaportes - F3; MORDAZA MORDAZA LUPU, Inspector de Migraciones II, ex Subdirector (e) de Pasaportes Nuevos - F-2;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico en Migraciones I - STA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORELLO, Oficinista IIISAB, con motivo de la presunta salida y expedicion irregular de pasaportes al Sr. MORDAZA Menacho MORDAZA, y la Sra. MORDAZA MORDAZA Cachay y familia, la que estara conformada por los siguientes miembros: Miembros Titulares - Secretario Tecnico del Consejo Nacional de Seguridad - CONASEC, quien presidira. - Director Ejecutivo de la DICSCAMEC - Director General de la Oficina General de Planificacion; Miembros Suplentes - Director General de la DICSCAMEC - Director General de la Oficina General de Administracion - Director General de la Direccion General de Gobierno Interior. Articulo 2º.- Remitir los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designada con la presente Resolucion Ministerial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 09540

Designan Comisiones Especiales de Procesos Administrativos Disciplinarios para calificar gravedad de faltas de diversos funcionarios, ex funcionarios, servidores y ex servidores del Ministerio y de la DICSCAMEC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1125-2005-0901 MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2005 VISTO, el Oficio Nº 277-2005-IN-0601 de 6ABR2005, mediante el cual el Ministro del Interior remite a la Directora de Personal, la documentacion relacionada a faltas administrativas en que habrian incurrido funcionarios y ex funcionarios que se senalan en dicho documento, como la Dra. MORDAZA ESPICHE MORDAZA, Sr. Gral. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros. CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de Accion de Control Nº 001-2005-IN/OCI.OA.INS del Organo de Control Institucional del Sector, se hace conocer que existen faltas administrativas originadas por el Incumplimiento de las normas vigentes en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, encontrandose comprendidas en este caso la Dra. MORDAZA ESPICHE MORDAZA, Gral. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros funcionarios y ex funcionarios que se especifican en las observaciones de dicho informe; Que, en atencion al documento de Visto y de conformidad con lo establecido en los articulos 152º y 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, el Sr. Ministro de Interior solicita el nombramiento de una Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a efectos de calificar la gravedad de las faltas en que habrian incurrido los funcionarios y ex funcionarios publicos MORDAZA mencionados; Que, en sujecion a lo estipulado por el articulo 165º MORDAZA parrafo del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, que senala que para el MORDAZA de funcionarios se constituira una Comision Especial integrada por tres (3) miembros acordes con la jerarquia de los procesados; Estando a lo recomendado; y, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Inte-

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