Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2005 (23/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2005

sentante del Peru que participara en el referido evento, siendo necesario autorizar el viaje y los gastos a realizarse; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto de Urgencia Nº 015-2004, la Ley Nº 28427, y el Decreto de Urgencia Nº 006-2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, del doctor MORDAZA HOPKINS MORDAZA, Jefe del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Justicia, a la MORDAZA de MORDAZA - Austria, del 22 al 28 de MORDAZA de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de transporte que demande la participacion del mencionado funcionario, sera asumido integramente por el Consejo Economico y Social de las Naciones Unidas, y los gastos por concepto de viaticos e impuestos seran cubiertos por el Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por uso de aeropuerto US$ 1 820,00 US$ 28,24

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada reunion, el mencionado funcionario debera presentar ante el senor Ministro de Justicia un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 09603

de los dos propietarios de la embarcacion en la solicitud y en las declaraciones juradas presentadas y la MORDAZA de pago por derecho de inspeccion; Que mediante Resolucion Directoral Nº 273-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 8 de setiembre del 2003, se declara el abandono del procedimiento administrativo iniciado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "ANA ROSA" de matricula PL-18661-CM con 65.24 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo; Que mediante Resolucion Directoral Nº 235-2004PRODUCE/DNEPP de fecha 24 de agosto, se declara infundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Merarda Orbegozo de MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 273-2003-PRODUCE/DNEPP referido al otorgamiento de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-18661-CM; Que mediante los escritos del visto, MORDAZA PUESCAS MORDAZA y MORDAZA PUESCAS MORDAZA interponen Recurso de Apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 235-2004-PRODUCE/DNEPP, solicitando a la administracion se declare la nulidad de las notificaciones y resoluciones dictadas en el procedimiento, declarando fundado el recurso presentado y que se sustituya la resolucion impugnada por otra que levante el abandono y les conceda el permiso de pesca solicitado, argumentando el recurso en lo siguiente: 1) Que la administracion ha incumplido con verificar los requisitos para la declaracion del abandono dictada mediante Resolucion Directoral Nº 273-2003-PRODUCE/ DNEPP, por cuanto el Oficio Nº 281-2003-PRE/P-LL-Depp no ha sido notificado a tercero. 2) Que la Direccion Regional de Pesqueria de La MORDAZA, no observo que la solicitud supuestamente adolecia de algun requisito, no aplicando lo previsto por el articulo 125º de la Ley del Procedimiento Administrativo General. 3) Que la notificacion del Oficio Nº 281-2003-PRE/P-LL-Depp no ha sido realizada conforme al articulo 24º de la Ley del Procedimiento Administrativo General. 4) Que la operatividad de la embarcacion pesquera "ANA ROSA" estaba probada mediante las Constancias de Entrega de Pesca presentadas, del ano 1997; asi como en el Acta de Inspeccion del 10 de febrero del 2003 y el Informe Nº 083-2003-PRE/PPLL-DEPP-TAG de fecha 12 de febrero del 2003, documentos que obran en el expediente y que concluyen que la embarcacion pesquera "ANA ROSA" de matricula PL18661-CM se encuentra operativa. 5) Que mediante el Oficio Nº 281-2003-PRE/P-LL-Depp, se requiere la MORDAZA de pago por concepto de Inspeccion Tecnica, lo cual esta prohibido en cumplimiento del numeral 1.8 articulo 40º de la Ley de Procedimiento Administrativo General. 6) Que el abandono del procedimiento no cuenta con los requisitos, dado que la administracion obvio considerar en el precitado Oficio, el apercibimiento del abandono y notificarselo al administrado; Que, en el presente procedimiento los senores MORDAZA PUESCAS MORDAZA, MORDAZA PUESCAS MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de PUESCAS son considerados administrados, en virtud a la sucesion procesal, debido a que por Contrato de Compra Venta de la embarcacion pesquera "ANA ROSA" de matricula PL-18661-CM celebrado con fecha 27 de agosto del 2003, se acreditan como propietarios de la mencionada embarcacion; y por la informacion alcanzada con escrito del 22 de marzo del 2005 en el cual se confirma que a la celebracion del citado contrato y hasta la fecha, el estado civil del senor MORDAZA Puescas MORDAZA es casado con la senora MORDAZA MORDAZA de PUESCAS; Que, la embarcacion pesquera "ANA ROSA" al no encontrarse contenida en el listado aprobado por Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE del 5 de octubre del 2003, carece de permiso de pesca, y en razon a ello su transferencia no esta sujeta a las limitaciones establecidas por el articulo 9º de la Ley Nº 26920, el cual establece que las embarcaciones bajo tal regimen se transfieren por herencia; encontrandose regulada unicamente por las disposiciones referidas a los bienes susceptibles de venta, del Codigo Civil, articulo 1532º;

PRODUCE
Declaran nulidad de resoluciones relativas a declaracion de abandono de procedimiento administrativo para otorgamiento de permiso de pesca
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 023-2005-PRODUCE/DVM-PE MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2005 Visto los escritos de registro Nº 07852003 de fechas 21 de setiembre del 2004, 7 de octubre del 2004 y 22 de marzo del 2005; CONSIDERANDO: Que en el MORDAZA del regimen establecido por la Ley Nº 26920 y su Reglamento, mediante escrito de registro Nº 221 de fecha 20 de enero del 2003, presentado ante la Direccion Regional de Pesqueria de La MORDAZA, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita Permiso de Pesca para consumo humano directo e indirecto para la embarcacion pesquera "ANA ROSA" de matricula PL-18661-CM; Que mediante Oficio Nº 281-2003-PRE//P-LLl-Depp de fecha 14 de febrero del 2003, notificado el 15 de febrero del 2003, se procedio a oficiar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fin de solicitarle lo siguiente: informacion complementaria sobre la operatividad de la embarcacion pesquera "ANA ROSA", la firma

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