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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2005 (26/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 54

PÆg. 293264 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de mayo de 2005 ministración de Transportes aprobado por Decreto Su- premo Nº 009-2004-MTC para el otorgamiento de la nue- va concesión de ruta: Pucallpa-Yurimaguas y vicever- sa, con itinerario: Aguaytia, Aucayacu, Tocache, Pizana,Juanjui, Saposoa y Tarapoto; sin embargo, se observa lo siguiente: a) En la copia de la tarjeta de propiedad vehicular, del ómnibus de placa de rodaje Nº UI-9346 no se señala la altura de la unidad vehicular. Que, son aplicables al presente caso, los principios de presunción de veracidad y de privilegios de controlesposteriores establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medi- das administrativas correspondientes; Estando a lo opinado por la Dirección de Registros y Autorizaciones en Memorándum Nº 1333-2005-MTC/15.02 y con la opinión legal de los Miembros de la Comi- sión de elaboración del nuevo Reglamento Nacional de Administración de Transportes, Dres. Violeta AlzamoraChamorro y Paúl Concha Revilla, en el Informe Nº 005- 2005-MTC/15.ASESORES; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administración de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Únicode Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y Ley Nº 27791-Ley de Or- ganización y Funciones del Ministerio de Transportes yComunicaciones; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar el desistimiento formula- do por TRANSMAR EXPRESS S.A.C. bajo el expedientede registro Nº 2004-018607-A, respecto a la habilitación de los ómnibus de placas de placas de rodaje Nºs. UP- 3424, UI-8794 y UQ-3470. Artículo Segundo.- Otorgar a favor de TRANSMAR EXPRESS S.A.C., la concesión interprovincial para efec- tuar servicio de transporte interprovincial regular de per-sonas en la ruta: Pucallpa-Yurimaguas y viceversa, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuer-do a los siguientes términos : RUTA : PUCALLPA – YURIMAGUAS y viceversa ORIGEN : PUCALLPA DESTINO : YURIMAGUAS ITINERARIO : AGUAYTIA – AUCAYACU-TOCACHE-PIZA- NA – JUANJUI – SAPOSOA - TARAPOTO ESCALA COMERCIAL : TOCACHE – JUANJUI – SAPOSOA - TARAPOTO FRECUENCIA : Dos (2) semanales en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR : Tres (3) ómnibusFLOTA OPERATIVA : Dos (2) ómnibus de placas de rodaje Nºs. UI-9346 (1992) y VG-5518 (1992) FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus de placa de rodaje Nº UI-9290 (1991). HORARIOS : Salidas de Pucallpa, los días martes y viernes a las 18:00 horasSalida de Yurimaguas, los días martes y viernes a las 18:00 horas. Artículo Tercero.- La Dirección de Registros y Auto- rizaciones deberá inscribir la presente autorización en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Artículo Cuarto.- TRANSMAR EXPRESS S.A.C., deberá presentar copia de la tarjeta de propiedad del ómnibus de placa de rodaje Nº UI-9346 en el que seconsigne la altura correcta de la citada unidad, previa a la entrega del respectivo Certificado de Habilitación Vehicular. Artículo Quinto.- La presente Resolución deberá ser publicada por TRANSMAR EXPRESS S.A.C., en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) díascalendario, siguientes a la fecha de su notificación. Artículo Sexto.- TRANSMAR EXPRESS S.A.C., ini- ciará el servicio dentro de los treinta (30) días calenda-rio, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo pre-cedente, se declarará la caducidad de la concesión in- terprovincial. Artículo Sétimo.- Encargar la ejecución de la pre- sente Resolución a la Dirección de Registros y Autoriza-ciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICK P. ALLEMANT F. Director GeneralDirección General de Circulación Terrestre 09089 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban Sistema InformÆtico de CÆlculo de la Compensación por Tiem-po de Servicios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 089-2005-CE-PJ Lima, 14 de abril del 2005 VISTO:El Oficio Nº 169-2004-PTSLL-CSJL/PJ cursado por la Presidencia de la Tercera Sala Laboral de la CorteSuperior de Justicia de Lima, en representación del Equi- po de Trabajo integrado por la Magistrada Isabel Torres Vega, Vocal Titular Superior, Martha Ugarte Chacón,Coordinadora Técnica, y Luis Villamón Cifuentes, Analis- ta II, de la Corte Superior de Justicia de Lima, que ha desarrollado el Sistema Informático de Cálculo de laCompensación por Tiempo de Servicios; y, CONSIDERANDO:Que, la Magistrada Isabel Torres Vega, eleva a conside- ración de este Órgano de Gobierno la herramienta infor-mática denominada Sistema Informático de Cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicios, para su evalua- ción e instalación en los diversos órganos jurisdiccionalesy administrativos a nivel nacional, resaltando que cuenta con la validación de diversos órganos del Poder Judicial (Gerencia de Informática, 29 Jueces de Trabajo de Lima, 5Jueces de Trabajo del Callao, 4 Jueces de Trabajo del Cono Norte de Lima, y Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, del Callao y el Cono Norte de Lima); asi-mismo, señala que este software agiliza la adecuada apli- cación de la normatividad que regula la Compensación por Tiempo de Servicios como son el Decreto LegislativoNº 650, Decreto Supremo Nº 034-91-TR, Ley Nº 25460, Decreto Legislativo Nº 857, Decreto Supremo Nº 001-97- TR, Decreto Supremo Nº 004-97-TR, Decreto de UrgenciaNº 070-2000, Decreto de Urgencia Nº 127-2000, Decreto Supremo Nº 001-2001-TR, Decreto de Urgencia Nº 115- 2001, Decreto de Urgencia Nº 019-2002, Decreto de Ur-gencia Nº 057-2002, Decreto de Urgencia Nº 013-2003, Decreto de Urgencia Nº 024-2003, permitiendo efectuar cálculos en forma precisa que se expresan para su mejorverificación en cuadros numéricos que contienen los deta- lles de los cálculos efectuados; Que, el Subgerente de Desarrollo de Sistemas Infor- máticos del Poder Judicial emite informe en el cual se precisa que el Sistema Informático de Cálculo de la Com- pensación por Tiempo de Servicios, en cuanto a su co-dificación e implementación están considerados dentro del software estándar del Poder Judicial, lo que determi- na la factibilidad de su inserción en la red, y agrega quela documentación desarrollada para su manejo se en- cuentra debidamente explicada para garantizar su correcta operación y mantenimiento, siendo de gran uti-lidad para las áreas jurisdiccionales y administrativas; recomendando que luego de ser aprobado se concrete su instalación en las áreas que lo necesiten;