Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2005 (26/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2005

Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 047/ INC de fecha 20 de febrero de 1998, se aprobo el Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones por Danos contra los Bienes Culturales Inmuebles Historicos y/o Artisticos del Patrimonio Cultural de la Nacion y Obras No Autorizadas por el Instituto Nacional de Cultura; dicho reglamento fue modificado por Resolucion Directoral Nacional Nº 684/INC de fecha 15 de octubre de 1999; Que, la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" establecio el procedimiento sancionador como la via por medio de la cual la Administracion ejerce su potestad sancionadora, comprobando la existencia de una transgresion susceptible de sancion administrativa, y en consecuencia, imponer sancion administrativa; Que, con fecha 23 de MORDAZA de 2004 entro en vigencia la Ley Nº 28296 "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion"; estableciendo en su numeral 49.1 del articulo 49º que sin perjuicio de las penas que imponga el Codigo Penal por delitos cometidos contra el Patrimonio Cultural de la Nacion y en concordancia con las leyes de la materia, el Instituto Nacional de Cultura queda facultado para imponer las sanciones administrativas pertinentes; senalando en el numeral 50.2 del articulo 50º que la multa a imponerse no podra ser menor de 0.25 de la UIT ni mayor de 1000 UIT; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1405/INC del 23 de diciembre de 2004 se aprobo el Reglamento General para proponer y aplicar sanciones administrativas por infracciones en contra del Patrimonio Cultural de la Nacion; en concordancia con las Leyes Nº 27444 y Nº 28296; por lo que corresponde dejar sin efecto las Resoluciones MORDAZA mencionadas; Estando a lo opinado por la Oficina de Asuntos Juridicos mediante el Informe Nº 018-2005-INC/OAJ de fecha 14 de enero de 2005; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nacional Nº 047/INC de fecha 20 de febrero de 1998 y la Resolucion Directoral Nacional Nº 684/INC de fecha 15 de octubre de 1999; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 09745

en valor o cualquier otra que involucre un bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion, requiere para su ejecucion de la autorizacion previa del Instituto Nacional de Cultura; Que, el numeral 49.1 del articulo 49º de la citada Ley prescribe que sin perjuicio de las penas que imponga el Codigo Penal por delitos cometidos contra el Patrimonio Cultural de la Nacion y en concordancia con las leyes de la materia, el Instituto Nacional de Cultura queda facultado para imponer las sanciones administrativas pertinentes. Asimismo de conformidad con el numeral 50.2 del Articulo 50º la multa a imponerse no podra ser menor de 0.25 de la UIT ni mayor de 1000 UIT; Que, la Ley Nº 27444 - "Ley del Procedimiento Administrativo General" establece el procedimiento sancionador como la via por medio de la cual la Administracion ejerce su potestad sancionadora; comprobando la existencia de una transgresion susceptible de sancion administrativa, y, en consecuencia, imponer sancion administrativa; Que, en consecuencia, es necesaria la constitucion de una Comision encargada de proponer sanciones administrativas por infracciones en contra del patrimonio cultural de la Nacion; asimismo la aprobacion del Reglamento de aplicacion de sanciones administrativas por infracciones en contra del Patrimonio Cultural de la Nacion a fin de adecuar su aplicacion y procedimiento a lo dispuesto en la normatividad vigente referida a la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, la Gerencia General y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion y la Ley Nº 27444 - "Ley del Procedimiento Administrativo General"; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONSTITUIR la Comision encargada de proponer sanciones administrativas por infracciones en contra del patrimonio cultural de la Nacion, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- APROBAR el Reglamento General para proponer y aplicar sanciones administrativas por infracciones en contra del patrimonio cultural de la Nacion, el mismo que como anexo, forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional INDICE CONTENIDO TITULO PRELIMINAR -Capacidad Sancionadora del Instituto Nacional de Cultura TITULO I: DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA DISPOSICIONES GENERALES

Aprueban Reglamento General de aplicacion de sanciones administrativas por infracciones en contra del Patrimonio Cultural de la Nacion
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1405/INC MORDAZA, 23 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28296 "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion" del 22 de MORDAZA de 2004, se derogo la Ley Nº 24047, Ley Nº 27173 y demas normas que se opongan a la presente Ley; Que, el numeral 22.1 del articulo 22º de la Ley Nº 28296 - "Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacion" establece que toda obra publica o privada de edificacion nueva, remodelacion, restauracion, ampliacion, refaccion, acondicionamiento, demolicion, puesta

CAPITULO I: -

Ambito de aplicacion Normatividad Infracciones y Sanciones

CAPITULO II: -

Infracciones Reincidencia Pertinacia Reiterancia Verificacion de la infraccion Determinacion de responsabilidad

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