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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G35/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de noviembre de 2005 con el fin de contratar al doctor Javier Tovar Gil, mediante la modalidad de servicios personalísimos en forma directa mediante acciones inmediatas, como consultor en la “Consultoría Asesoría a la SUNASS para elaboración de la Directiva sobre Restablecimiento del Equilibrio Económico Financiero”. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración y Finanzas a realizar la contratación a que se refiere el artículo precedente hasta por el monto de US $11 000,00 (Once Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), monto que incluye los impuestos de ley y todos los conceptos que incidan en el costo final, con cargo a la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados de la Superintendencia Nacional de Servicios Saneamiento, monto que será pagado al consultor de acuerdo a lo estipulado en el contrato a suscribirse con éste. Artículo 3º.- Designar al Comité Especial que elaborará las bases correspondientes a la contratación del doctor Javier Tovar Gil mediante la modalidad de servicios personalísimos a fin de que preste sus servicios en la “Consultoría Asesoría a la SUNASS para elaboración de la Directiva sobre Restablecimiento del Equilibrio Económico Financiero”, que tendrá como miembros a las siguientes personas: Presidente : Lucio Benavente Durand Miembros titulares: M anuel Maurial Mac Kee- 1er. miembro María Consuelo La Rosa Sánchez Paredes - 2do. miembro Miembros suplentes : Bruno Bustamante López - Ameri- suplente del Presidente Pablo Perry Lavado - suplente del 1er. miembro Jorge Arana Callirgos - suplente del 2do. Miembro Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia General la aprobación de las bases correspondientes al proceso de contratación exonerado mediante la modalidad de servicios personalísimos de la “Consultoría Asesoría a la SUNASS para elaboración de la Directiva sobre Restablecimiento del Equilibrio Económico Financiero”. Artículo 5º.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas publique la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Artículo 6º.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas remita copia de la presente resolución y del Informe Nº 039-2005/SUNASS-110 de fecha 28 de octubre de 2005 a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) días hábiles de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO SALINAS RIVAS Presidente del Consejo Directivo 18472 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20 /G64/G65/G20 /GC1/G72/G65/G61/G73 /G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G44/G2E/G41/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G37/G38/G33 RESOLUCIÓN Nº 127-2005-MML-DMDU Lima, 13 de setiembre de 2005 LA DIRECTORA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANOVISTO, el Documento Simple Nº 50605-2005, seguido por la “ASOCIACIÓN MONASTERIO DE TRINITARIAS”, debidamente representada por la Reverenda Madre Priora Beatriz Adelaida Infantes Estelita, con el cual solicita se levante la carga impuesta en el Articulo 4º del Decreto de Alcaldía Nº 00783 de fecha 10 de abril de 1968, referida a la reserva por afectación de la ampliación de la Av. Nicolás Dueñas del Lote Nº 01 de la Manzana “A” en el tramite de Habilitación Urbana de la 1ra. Etapa de la Lotización Industrial “La Trinidad”, ubicada en el distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima, y visto el Expediente Nº 1321-65 seguido por Financiera e Inmobiliaria S.A. CONSIDERANDO:Que, con Decreto de Alcaldía Nº 00783 de fecha 10 de abril de 1968 (fs. 195 al 197 del Exp. 1321-65), esta Corporación declaro cumplida por Financiera e Inmobiliaria S.A., de conformidad con los planos signados con los Nºs. 397 al 401, la ejecución de las Obras que ha llevado a cabo correspondientes a la Primera Etapa de la Lotización Industrial “La Trinidad” ubicada en el distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima, señalándose en su articulo 4º que “no se recepciona el Lote Nº 01 de la Manzana “A”, que queda en reserva por ser afectado por la ampliación de la Av. Nicolás Dueñas. Que, mediante Documento Simple Nº 50605-2005 de fecha 2 de junio de 2005, la “Asociación Monasterio de Trinitarias” solicita se levante la carga establecida en el artículo 4º del Decreto de Alcaldía Nº 00783. Que, según la Ordenanza Metropolitana Nº 341 que aprueba la Actualización del Sistema Vial Metropolitano de Lima, califica a la Av. Nicolás Dueñas como Vía Arterial con una sección variable de 17.00 ml. a 20.00 ml. en el tramo que nos ocupa, seccion vial la cual se esta respetando al existir una seccion consolidada de 20.45 ml. Que, del Decreto de Alcaldía Nº 00783 de fecha 10 de abril de 1968 y del plano de Lotización aprobado se desprende el reconocimiento y existencia del Lote Nº 01 de la Manzana “A”, el cual según el artículo 4º queda afectado por la ampliación de la Av. Nicolás Dueñas, ampliación la cual según el Certificado de Zonificación y Vías Nº 055-2005-MML-DMDU-OPDM (fs. 024) no va ser llevada a cabo al estar aprobado a la fecha según la Ordenanza 341 la seccion vial variable de 17.00 ml a 20.00 ml. Que, así mismo la norma aludida señala en su artículo Duodécimo que en zonas antiguas y consolidadas como es el caso, se respetara el alineamiento del derecho de vía existente. Que, se ha corroborado por personal técnico de esta Dirección que el Lote Nº 01 de la Manzana “A” de 842.85 m2, se encuentra ubicado en zona consolidada contando con servicios de electrificación, agua potable y alcantarillado, existiendo además obras de pavimentación de calzadas y aceras las cuales se encuentran en perfecto estado de conservación y comportamiento al Uso. Que, con Informe Nº 135-2005-MML-DMDU-DHU- DSD de fecha 25 de julio del 2005 (fs. 44 y 45), la División de Subdivisiones y Acciones Complementarias, de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, se pronuncia en el sentido de atender lo solicitado en aplicación del Principio de Informalismo establecido en la Ley Nº 274444 - Ley de Procedimiento Administrativo General - y por lo expuesto en los considerandos precitados, debiendo tener en cuenta que la recepción del Lote Nº 01 de la Manzana “A”, modifica el cuadro de áreas del Decreto de Alcaldía Nº 00783 lo cual es necesario aclarar. Que, mediante Informe Nº 350-2005-MML-DMDU- DHU-AL de fecha 1 de agosto de 2005 (fs. 46 y 47), se opina que, habiéndose determinado técnicamente que ya no resulta necesario que se continúe reservando el Lote Nº 1 de la Manzana “A”, de la Primera Etapa de la Lotización Industrial “La Trinidad”, para la ampliación de la Av. Nicolás Dueñas y de conformidad a lo establecido por el Decreto de Alcaldía Metropolitana Nº 081 del 30 de octubre de 1997, que delega la competencia para conocer los trámites de Recepción de Obras de Habilitación Urbana a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano;