Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2005 (02/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 2 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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m) Declaracion Jurada de acuerdo al formato adjunto, donde el solicitante o sus representantes (en caso de tratarse de personas juridicas), declaran bajo juramento que la documentacion presentada para el tramite de Aprobacion del Proyecto de Pre-Habilitacion MORDAZA responden a la verdad de los hechos senalados en los mismos. n) El (los) representante(s) de las organizaciones senaladas en el Articulo tercero de la Ordenanza deberan presentar en cuadro una Relacion de residentes y posesionarios actualizado y vigente de los Solicitantes dentro de su organizacion. De acuerdo a formato adjunto. (*) o) Comprobante de pago por concepto de inspeccion ocular de acuerdo a lo normado en la Disposicion Transitoria Unica de la Ordenanza y/o MORDAZA de la Institucion. p) Comprobante de pago por concepto de derecho de tramite y MORDAZA de cada plano y memoria descriptiva, de acuerdo al item 7.10 inciso A) del Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA. (*) Estos documentos deberan presentarse tambien en base digital para su inclusion en los Archivos de la MVES. 3.2).- Para las Organizaciones que han presentado Proyecto en tramite administrativo, para su adecuacion deberan presentar lo siguiente: a) Los solicitantes deberan cumplir con lo establecido en el Articulo 3º; 3.1 incisos k), I), m), n), o) y p) del presente REGLAMENTO. b) Los documentos solicitados en el Articulo 3º; 3.1 incisos: b), c) y d) deben estar vigentes. c) El documento solicitado en el Articulo 3º; 3.1; inciso: d), el area de Catastro debera emitir un Informe sobre su concordancia con la Ordenanza Nº 302-MML y Nº 341MML. d) Lo solicitado en el Articulo 3º; 3.1; Incisos: e), f), g), h), i), j), k) y l), seran evaluados por la Subgerencia de Planeamiento, Catastro y Control MORDAZA, debiendo emitir Informe respecto a la procedencia o no de la solicitud presentada; de ser procedente los Planos y Memoria de la Lotizacion para fines de Factibilidad y ejecucion de servicios basicos seran visados y aprobados mediante Resolucion, en caso de ser improcedente, el administrado debera cumplir con los requisitos establecidos. 3.3).- Para el Solicitante que solicite la MORDAZA de Posesion y Certificado de Pre-Habilitacion Urbana: a) MORDAZA del Documento de Identidad segun sea su caso y documento que acredite la representatividad en el caso de tramites conjuntos. b) MORDAZA del Recibo de pago del Impuesto Predial y de Arbitrios del ano 2004 (como minimo). c) MORDAZA de Minuta, Contrato Privado de Compraventa o de acciones y Derechos, Certificado domiciliario de la PNP o MORDAZA de Partida de Nacimiento en donde figure la direccion materia de la solicitud u otro documento de la misma naturaleza. d) Declaracion jurada de veracidad de la documentacion presentada para el tramite, de los hechos senalados en los mismos, y de vivencia real efectiva en el lote senalado. Los documentos presentados en copias deberan estar fedateados por funcionario municipal autorizado. Articulo 4º.- DEL PROCEDIMIENTO 4.1.- Para la obtencion de Planos de PreHabilitacion Urbana. a) El representante de la Organizacion presentara una solicitud de acuerdo a formato, adjuntando los requisitos establecidos en el articulo 3.1) o 3.2) del reglamento segun sea el caso, ante la Mesa de Partes, la misma que dentro de las veinticuatro horas de recibido dicho escrito lo remitira a la Gerencia de Desarrollo Urbano.

b) La Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de Planeamiento, Catastro y Control MORDAZA, procedera a efectuar la Inspeccion Ocular de la Lotizacion en la que se van a ejecutar las obras y verificara si existe concordancia entre lo inspeccionado y los requisitos establecidos en el Articulo 3.1) o 3.2) del reglamento segun sea el caso de la Organizacion. c) La Gerencia de Promocion y Bienestar Social, sera requerida para que proceda a informar sobre la veracidad de la informacion relacionada a lo que concierne a su area. d) En caso que las oficinas de la Municipalidad, formularan observacion o detectaran algun incumplimiento, comunicaran de tal hecho a la Organizacion para las subsanaciones del caso. e) De no encontrarse observaciones o al haberse subsanado estas, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA procedera al MORDAZA de los planos y a la emision de la respectiva Resolucion. 4.2.- Para la obtencion del Certificado de Posesion y de Pre-Habilitacion MORDAZA a) Individualmente cada Solicitante presentara una solicitud de acuerdo a formato, adjuntando los requisitos establecidos en el articulo 3.3). ante la Mesa de Partes, la misma que dentro de las veinticuatro horas de recibido dicho escrito lo remitira a la Oficina de Promocion a la Vivienda. b) La Gerencia de Promocion y Bienestar Social, sera requerida para que proceda a informar sobre la veracidad de la informacion relacionada en lo concierne a su area. c) Personal de la Gerencia de Promocion y Bienestar Social y de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA con la Relacion de residentes y posesionarios enviado oportunamente por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, procedera a ejecutar la Inspeccion Ocular del lote que el solicitante declara poseer y verificar si cumple con lo establecido en el reglamento, debiendo emitir informe respectivo a la procedencia o no de la solicitud presentada. d) La Gerencia de Promocion y Bienestar Social emitira el Informe respectivo sobre la procedencia o no del tramite y elevara la MORDAZA de Posesion y Certificado de Pre-Habilitacion MORDAZA para la firma del MORDAZA a traves de su jefe superior inmediato. e) El Secretario General devolvera los Certificados debidamente firmados por el MORDAZA a la Gerencia de Promocion y Bienestar Social para la entrega respectiva al Solicitante. Articulo 5º.- DE LOS PLAZOS El plazo para la Emision de las Resoluciones correspondientes no excedera de 30 (treinta) dias habiles. En caso se formulara alguna observacion al Solicitante o a la Organizacion, el tiempo que demore en subsanarla no sera computable para el plazo senalado en el parrafo anterior. Articulo 6º.- DE LA VERACIDAD DE LA INFORMACION En caso que se detectara que se pretende sorprender a la Municipalidad presentando documentacion fraguada o proporcionando informacion falsa, la Municipalidad pondra en conocimiento del Ministerio Publico tal hecho para las investigaciones de ley. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- PARA GESTIONES ANTE SEDAPAL. Las Organizaciones y los Solicitantes cuyo tramites realizados en el MORDAZA de la Ordenanza y el Reglamento que esten destinados para gestionar las instalaciones de agua y desague en sus Lotes ante SEDAPAL, deberan realizarlo hasta el 30 de diciembre de 2005. Segunda.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 3.3; inciso b), del Reglamento, el Concejo Municipal ha dispuesto la exoneracion del pago de multas por omision de Inscripcion a los nuevos contribuyentes.

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