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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G35/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de noviembre de 2005 en consecuencia corresponde a esta Dirección emitir la Resolución Directoral correspondiente que disponga el levantamiento de la carga y se recepcione el referido lote. Con el visto bueno de la División de Subdivisiones y Acciones Complementarias, de la Unidad Técnico Legal, con lo recomendado por la Dirección de Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Nº 27444, Reglamento Nacional de Construcciones, Edicto Metropolitano Nº 021 y Decreto de Alcaldía Nº 081; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR, sin efecto lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto de Alcaldía Nº 00783 de fecha 10 de abril de 1968 y Recepcionar el Lote Nº 01 de la Manzana “A” con un área de OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS OCHENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (842.85 m2), ubicado en la 1ra. Etapa de la Lotización Industrial “La Trinidad”, del distrito del Cercado, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano signado con el Nº 013-2005-MML-DMDU-DHU y la Memoria Descriptiva Nº 013-2005-MML-DMDU-DHU, por los argumentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. Artículo Segundo.- MODIFICAR, el Cuadro de Áreas establecido en el artículo 2º del Decreto de Alcaldía Nº 00783. El Cuadro de Áreas de la 1ra. Etapa de la Lotización Industrial “La Trinidad” queda de la siguiente manera: Área Bruta Total. 20,974.34 m2 Área Útil Vendi ble. 17,001.00 m2 Lotes del 1 al 17 de la Manzana “A”. Área de Vías Públicas. 3,973.34 m2 Artículo Tercero.- AUTORIZAR, la libre venta o enajenación del Lote que se recepciona, debiendo señalarse en el contratos de compra y venta que se realice la cláusula que establezca la indivisibilidad del lote sin la debida autorización municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados, debiendo efectuarse en un plazo no mayor de 30 días calendario contados a partir de la fecha de su notificación. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a los Registros Públicos para su inscripción correspondiente y a los administrados para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GISELLE ZEGARRA FLORES Directora Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 18541 MUNICIPALIDAD DE BREÑA /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G41/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C /G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G35/G36/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G44/G42/G2C /G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G41/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 ACUERDO DE CONCEJO Nº 032-2005-MDB Breña, 24 de octubre de 2005EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Administración de Recursos El Informe Nº 884- 2005-GAJ/MDB de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Informe Nº 191-2005-GPP/MDB, ambos del fecha 20 de octubre de 2005, sobre precisiones al Acuerdo de Concejo Nº 56-2004-MDB que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del año 2005 de la Municipalidad de Breña; y CONSIDERANDO:Que, el Concejo Municipal al amparo del artículo 193 de la Constitución Política del Estado, y del articulo 9º de la Ley Nº 27972 , Ley Orgánica de Municipalidades, y mediante el Acuerdo de Concejo Nº 56-2004-MDB de fecha 9 de diciembre de 2005, aprobó su Presupuesto del ejercicio fiscal 2005, dentro de los plazos señalados por ley; Que, su aprobación y promulgación se efectuó siguiendo las pautas de la Resolución Directoral Nº 025- 2004-EF/76.01 que aprueba la Directiva Nº 013-2004- EF/76.01 que norma el proceso de Programación, Formulación y Aprobación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el año Fiscal 2005; Que, de acuerdo con el Art. 47º de la Ley Nº 27783, y con la normatividad vigente, con la aprobación del Presupuesto Institucional se aprobó la distribución del Fondo de Compensación Municipal - FCM para el año 2005, tanto para gastos de Inversiones , como para el pago del Servicio de la Deuda, no consignándose monto alguno para Gasto Corriente; Que, es necesario precisar que el servicio de la Deuda se refiere tal como lo establece la normatividad presupuestal, al pago de amortización e intereses de la deuda contraída con entidades financieras, en el caso de esta corporación, de la deuda que mantiene con el Banco de la Nación; Que, los recursos del Fondo de Compensación Municipal son objeto de constantes embargos judiciales, en el entendido de que la distribución aprobada para el Servicio de la Deuda mediante Acuerdo de Concejo Nº 56-2004-MDB, se refiere a deudas con personas naturales y/o jurídicas en forma general; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411, la Ley Nº 27783 y al artículo 20º numeral 16) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Por votación nominal y por UNANIMIDAD del pleno, con dispensa del tramite de aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- PRECISAR el artículo segundo del Acuerdo de Concejo Nº 56-2004-MDB publicado en el Diario Oficial El Peruano en fecha 19 de diciembre de 2004, y que aprobó Presupuesto Institucional de Apertura del año 2005 de la Municipalidad de Breña en los siguientes términos: “... Artículo Segundo.- APROBAR los porcentajes de distribución del Fondo de Compensación Municipal- FONCOMUN para Gastos de Inversiones y Servicio de la Deuda con el Banco de la Nación, para el Año Fiscal 2005 de la siguiente forma: GASTOS DE INVERSIONES 5% SERVICIOS DE LA DEUDA CON EL BANCO DE LA NACION 95% GASTO CORRIENTE 0 % Artículo Segundo.- Publíquese, el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, así mismo transcríbase el mismo a los diversos juzgados donde se han trabado retenciones judiciales sobre los Recursos del Fondo de Compensación Municipal de esta Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 18542