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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G35/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de noviembre de 2005 inscripción de la organización política solicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registro toda la documentación correspondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripción, conforme es de verse en el Memorando Nº 984-2005-OOES/JNE de fecha 18 de octubre del 2005; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de cumplidos los requisitos establecidos en la Ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas a la Organización Política Local Distrital: "Salvemos Los Olivos", del distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el libro especial de Organizaciones Políticas Locales, Partida número Veintisiete y regístrese la inscripción en el Asiento número Uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y personal legal alterno a los señores Manuel Herminio Pereyra Pinedo y Juan Carlos Breña Torres, respectivamente. Regístrese y notifíquese.FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN Jefe de la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas 18052 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G53/G75/G64/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G20/G6C/G61 /G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G49/G6E/G64/G65/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1568-2005 Lima, 19 de octubre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por el Banco Sudamericano para que esta Superintendencia autorice la apertura de una agencia ubicada en la Av. Alfredo Mendiola Nº 3698, Centro Comercial Megaplaza, Blocks 63 y 64, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "B", mediante Informe Nº 151-2005- DEB "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Sudamericano la apertura de una agencia ubicada en la Av. Alfredo Mendiola Nº 3698, Centro Comercial Megaplaza, Blocks63 y 64, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 18475 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65 /G4D/G41/G50/G46/G52/G45/G20/G50/G45/G52/GDA/G20/G56/G49/G44/G41/G20/G43/G4F/G4D/G50/G41/GD1/GCD/G41/G20/G44/G45 /G53/G45/G47/G55/G52/G4F/G53/G20/G63/G6F/G6E/G73/G69/G67/G6E/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E /G4E/GBA/G20/G32/G36/G35/G2D/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN SBS Nº 1576-2005 Lima, 21 de octubre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por la empresa MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS, para que se precise la dirección consignada en el artículo 3º de la Resolución SBS Nº 265-2004, mediante la cual se autoriza el traslado de una de sus oficinas especiales a la Av. Inca Garcilazo de La Vega Nº 1168, Cuarto Piso, distrito de Cercado, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO:Que, por motivos de independización y cambios de numeración efectuados en el inmueble donde opera la mencionada oficina, la nueva dirección exacta de la misma es Av. Inca Garcilazo de La Vega Nº 1168, Oficinas 401, 403 y 404 A y Av. Garcilazo de La Vega Nº 1140, Oficina 401, distrito de Cercado, provincia y departamento de Lima; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096- 2005 del 25 de julio de 2005 y Resolución SBS Nº 1557- 2005 del 14 de octubre de 2005. RESUELVE:Artículo Único.- Modificar la dirección consignada en el artículo 3º de la Resolución SBS Nº 265-2004 por la señalada en la Av. Inca Garcilazo de La Vega Nº1168, Oficinas 401, 403 y 404 A y Av. Garcilazo de La Vega Nº 1140, Oficina 401, distrito de Cercado, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 18477 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G74/G61/G6E/G66/G6F/G72/G64 /G47/G72/G6F/G75/G70/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6D/G65/G64/G69/G61/G72/G69/G61/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN CONASEV Nº 076-2005-EF/94.10 Lima, 25 de octubre de 2005 VISTOS:El expediente Nº 2005/07686, así como el Informe Nº 208-2005-EF/94.55 de fecha 10 de junio de 2005