Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2005 (02/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de noviembre de 2005

Tercera.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 3.1; inciso o), respecto al pago por concepto de inspeccion ocular, las organizaciones solo abonaran el 10% del monto estipulado en el TUPA. Este beneficio solo sera hasta el 31 de diciembre del presente ano. Cuarta.- Para efectos del cumplimiento del presente Reglamento, las Gerencias emitiran las Directivas necesarias y, para el cumplimiento de la Pr imera Disposicion Transitor ia la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Gerencia de Administracion Tributar ia, y la Unidad de Tramite Documentario atenderan de lunes a viernes de las 8:00 horas hasta las 16:00 horas en las oficinas desconcentradas y en la sede central de la Municipalidad. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18498

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ILABAYA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la ejecucion de la obra "Mejoramiento de la Defensa Riberena y Encauzamiento del Rio Colocaya en el Distrito de Ilabaya"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 124-2005 Ilabaya, 12 de octubre de 2005 Visto en sesion de Concejo Extraordinario Nº 0112005, el Informe Tecnico Nº 094-A-2005-GDLI/MDI, de fecha 5 de octubre de 2005, el Informe Legal Nº 0992005-OAL/MDI de fecha 7 de octubre de 2005 y el Oficio Nº 318-2005/CIP-CDT de fecha 7 de octubre de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y concordante con el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades. Que, estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Nº 094-A-2005-GDLI/MDI, emitido por el Gerente de Desarrollo Local e Infraestructura de la Municipalidad Distrital de Ilabaya, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el que hace constar que la MORDAZA MORDAZA de Ilabaya Capital, se encuentra ubicada en la ladera del Cerro Trapiche a la margen derecha de la Quebrada Carumbraya, margen natural de Rio Colocaya y ante la inminencia de las lluvias que son recurrentes en el periodo comprendido ente los meses de enero y marzo, las cuales aumentan el caudal del mencionado rio y con ello la probabilidad de la ocurrencia de desbordes. Que, en anos anteriores esta MORDAZA se ha visto afectado por el aumento de caudal y el desborde de este rio, causando perdidas de vidas humanas y materiales, por lo que es necesario la construccion de la obra: "Mejoramiento de la Defensa Riberena y Encauzamiento del Rio Colocaya en el distrito de Ilabaya". Que, es necesario destacar que debido a la periodicidad ciclica de dicho fenomeno natural, la Comuna de Ilabaya, ha realizado los procedimientos correspondientes en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica, a fin de obtener la VIABILIDAD del Proyecto y la asignacion presupuestaria correspondiente

para la realizacion de las obras tendentes a proteger a la poblacion de posibles desbordes del referido rio. Que, el Informe Tecnico se encuentra respaldado por el Oficio Nº 318-2005/CIP-CDT, emitido por el Colegio de Ingenieros del Peru - Consejo Departamental de Tacna, que contiene el "Estudio para la Prevencion del Riesgo por Inundacion del Rio Colocaya - Ilabaya". Que, a traves del Informe Nº 172-2005-0PP/MDI, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto alcanza los resultados de la Oficina de Programacion e Inversiones habiendo obtenido la viabilidad del proyecto para la obra materia de exoneracion mediante codigo SNIP Nº 24031 de fecha 26/9/2005. Que, de acuerdo con lo senalado en el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en concordancia con el articulo 142º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la causal de situacion de emergencia se configura en aquellos casos en donde la Entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecte la Defensa Nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir o atender los desastres, asi como para satisfacer las necesidades de sobrevivientes, despues de lo cual, se debera convocar a procesos de seleccion siempre y cuando sea necesario, ya que, tomando en consideracion la magnitud del desastre ocurrido o la magnitud que en relacion a este se preve, asi como la naturaleza de la obra a ejecutarse o los bienes y/o servicios a contratar, producto de la declaratoria de exoneracion, podria autorizarse el agotamiento del requerimiento. Que, la inminencia de las lluvias y estando a la fecha transcurrida, habiendo obtenido la viabilidad del proyecto asi como la asignacion presupuestaria en fecha 26/9/ 2005. Que, los correspondientes informes han dado por verificada la causal de exoneracion y estando a lo aprobado por unanimidad en Sesion de Concejo Extraordinaria realizada el 12.10.2005, convocada a efecto de evaluar la procedencia de la declaratoria de Emergencia en prevision de desastres y exoneracion del MORDAZA selectivo correspondiente. SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en emergencia la MORDAZA MORDAZA de Ilabaya capital del distrito del mismo nombre, como prevision ante la cercania de la temporada de lluvias, que podrian ocasionar desbordes del rio Colocaya y traer consigo danos personales y materiales de consideracion. Articulo Segundo.- Declarar la exoneracion del correspondiente MORDAZA de seleccion, bajo causal de situacion de emergencia, la ejecucion de la obra: "Mejoramiento de la Defensa Riberena y Encauzamiento del Rio Colocaya en el Distrito de Ilabaya", la misma que se llevara a cabo en un periodo de 90 dias. Articulo Tercero.- La Obra a ejecutarse tiene un valor referencial de UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTIDOS y 12/100 NUEVOS SOLES (S/. 1,993,672.12), con cargo a la fuente de Financiamiento de Canon y Sobrecanon Minero, estando la contratacion exonerada a cargo de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Municipalidad de Ilabaya. Articulo Cuarto.- Disponer se publique en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los Diez (10) dias habiles de emitido este Acuerdo, asi como la remision de los correspondientes informes tecnicos y legal al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloria General de al Republica en igual plazo. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion de la presente exoneracion en el Sistema Electronico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18535

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