Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2005 (02/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de noviembre de 2005

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Disponen funcionamiento de la Defensoria Municipal de Personas Adultas Mayores
ORDENANZA Nº 269-2005-MDEA El MORDAZA, 4 de octubre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de El MORDAZA en Sesion extraordinaria de fecha 1 de octubre del 2005, visto el informe Nº 102-2005-DEMUNA-GEMU-MDEA presentado por la Unidad de la Defensoria - DEMUNA, relacionado con el funcionamiento de la Defensoria Municipal de Personas Adultas Mayores en el distrito de El Agustino. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, se encuentra prescrito que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, establece que la comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Que, de acuerdo al Articulo IV de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. Que, el articulo 73º numeral 6 incisos 6.2 y 6.4 de la citada MORDAZA municipal establece que las municipalidades asumen las competencias de administrar, organizar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo de la poblacion en riesgo, y otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la poblacion, asi como difundir y promover los derechos del MORDAZA, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor; propiciando espacios para su participacion a nivel de instancias municipales. Que, los gobiernos locales en el orden de programas sociales, defensa y promocion de derechos protegen al Adulto Mayor en situacion de riesgo y vulneracion de sus derechos en su jurisdiccion, asimismo organiza, administra y ejecuta programas locales de asistencia de proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo como son los adultos mayores. Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MINDES dispone los lineamientos de politica para la prevencion del maltrato y defensa de los derechos de las personas adultas mayores, en el MORDAZA de la R.M. Nº 156-2005 MINDES, asimismo ha dispuesto que el distrito de El MORDAZA sea la Sede de la Defensoria Permanente de Personas Adultas Mayores de Lima-Este, conforme al Acta de Instalacion de fecha 5 de MORDAZA del 2005, de la Defensoria de Personas Adultas Mayores de la Macro Red MORDAZA Metropolitana Este. Que, la Municipalidad de El MORDAZA a traves de la DEMUNA viene atendiendo los casos de abuso y maltrato en contra de las personas Adultas Mayores, y ejecutando acciones de prevencion del maltrato y de la defensa de los derechos de los mismos. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el Inc. 8) articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el pleno del Consejo aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE EL FUNCIONAMIENTO DE LA DEFENSORIA MUNICIPAL DE PERSONAS ADULTAS MAYORES Articulo Primero.- DISPONER el funcionamiento de la Defensoria Municipal de Personas Adultas Mayores en el distrito de El Agustino.

Articulo Segundo.- ESTABLECER que la Defensoria de Personas Adultas Mayores tienen por finalidad la atencion de casos de abusos y maltrato en contra de las Personas Adultas Mayores y la ejecucion de acciones de prevencion en el distrito de El Agustino. Articulo Tercero.- CONSIDERAR que el distrito de El MORDAZA es la Sede de la Defensoria de Personas Adultas Mayores de la Macro Red MORDAZA Metropolitana MORDAZA - Este, con sede en el distrito de El MORDAZA, para la atencion de casos de abuso y maltrato en contra de las personas adultas mayores y a la ejecucion de acciones de prevencion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR al area de prensa, realizar la respectiva difusion a traves de los diversos medios el funcionamiento de la Defensoria Municipal de Personas Adultas Mayores en el distrito. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18537

Autorizan celebracion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 026-A-SEGE-06-MDEA El MORDAZA, 19 de setiembre del 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE EL MORDAZA VISTO.- En Sesion Ordinaria de fecha 19 de setiembre del 2005,con Informe Nº 105.RR.CC-MDEA de la Unidad de Registro Civil de esta Municipalidad, referente a la realizacion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario del ano 2005: y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497, se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, encargado de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las personas naturales, e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, en virtud a la MORDAZA citada, mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil delega en las Oficinas de los Registros de Estados Civiles que funcionan en las Municipales Provinciales y Distritales las funciones de inscribir actos y hechos vitales de las personas naturales; Que, la Municipalidad de El MORDAZA promueve el matrimonio y protege a la familia considerandolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad peruana; Que, a traves del Informe de Visto, el jefe de la Unidad de Registros propone la realizacion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario, cuya ceremonia central se realizara el sabado 26 de noviembre del presente ano, proponiendo como tasa unica a cancelarse por derecho de Matrimonio Comunitario, la suma de 60.00 nuevos soles (sesenta y 00/100 nuevos soles); Estando a lo informado, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 4º de la Constitucion Politica del Estado; al Art. 250º del Codigo Civil; Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF y en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 20º, incisos 6º, 16º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972: por MORDAZA unanime y con dispensa de lectura y aprobacion de acta, el Concejo Municipal, ACUERDA: Articulo 1º.- AUTORIZAR la celebracion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario 2005 en el distrito de El MORDAZA, que tendra lugar el dia 26 de noviembre del

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