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PÆg. 303854 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 9 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo VI del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento Generalde Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, el Estado promueve el uso y aprovechamiento racional de los bienes asignados a lasentidades públicas, de acuerdo con las funciones y objetivos que les ha señalado la ley y los estatutos que las norman; Que, conforme el Artículo 6º del citado Reglamento las entidades públicas, tales como el Poder Ejecutivo, incluyendo los Ministerios y Organismos PúblicosDescentralizados, que se encuentran bajo su ámbito de competencia, son directamente responsables, entre otros, por la cautela física y seguridad jurídica de losbienes de propiedad estatal a su cargo; Que, esta Superintendencia de Bienes Nacionales ha tomado conocimiento que predios ubicados en el litoralde la provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, que se encuentran comprendidos como parte de la propiedad del Estado, representado por el Ministeriode Agricultura, están siendo objeto de disposiciones indebidas por parte de la Municipalidad Provincial de Contralmirante Villar; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6º literal g) de la Resolución Nº 315-2001/SBN, la Superin- tendencia de Bienes Nacionales tiene entre sus funcionesgenerales la de autorizar, controlar y fiscalizar los actos de disposición de la propiedad estatal, salvo ley en contrario; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738 y Ley Nº 27395 la Superintendencia de Bienes Nacionales esel organismo público descentralizado del Ministerio de Economía y Finanzas encargado del registro, control y administración de la propiedad inmobiliaria del Estado; Que, atendiendo a los argumentos antes expuestos la Superintendencia de Bienes Nacionales en su condición de administradora de la propiedad del Estadose encuentra facultada para ejercer las acciones de defensa de los intereses y derechos del Estado; Que, la Gerencia General ejerce, entre otras funciones, la representación legal y procesal de la Superintendencia de Bienes Nacionales, ante cualquier autoridad política, judicial, arbitral o administrativa, conlas facultades de representación correspondientes, que podrá delegar en la persona natural o jurídica que estime conveniente, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo15º literal f) concordado con el literal m) del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, teniendo en consideración los argumentos expuestos en los considerandos precedentes, y contando con la conformidad del Gobierno Regional deTumbes, resulta necesario que la Gerencia General de la Superintendencia de Bienes Nacionales encargue al Gobierno Regional Tumbes, para que a través de suórgano de defensa judicial efectúe las acciones judiciales tendientes a la defensa de los intereses del Estado en relación a los predios en referencia; Con la visación de la Gerencia Legal; De conformidad con lo establecido en el artículo 15º literal f) concordado con el literal m) del Decreto SupremoNº 131-2001-EF, Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, artículo 11º literal e), n) y q) de la Resolución Nº 315-2001/SBN, Reglamento deOrganización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Encargar al Gobierno Regional Tumbes, para que a través de su órgano de defensa judicial efectúe las acciones judiciales tendientes a la defensa de los intereses del Estado, en relación a los predios ubicadosen el litoral de la provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, que se encuentran comprendidos como parte de la propiedad del Estado,representado por el Ministerio de Agricultura, sin que tal encargo signifique compromiso o facultad de disposición de terrenos del Estado, por las razones expuestas en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Gobierno Regional Tumbes deberá informar periódicamente de las acciones adoptadas a laSuperintendencia de Bienes Nacionales, en virtud de la delegación conferida a través de la presente Resolución. Artículo 3º.- Remitir los antecedentes del caso al Gobierno Regional Tumbes para los fines a que se contraela presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.FREDDY KLEIMANN SEMINARIO Gerente General 18897 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Aprueban Estructura OrgÆnica y Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección de Archivo Regional de Ayacucho ORDENANZA REGIONAL Nº 036-05-GRA/CR Ayacucho, 2 de setiembre del 2005EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 21 de julio del 2005, trató el tema relacionado al Reglamento de Organización y Funciones - R.O.F. de laDirección de Archivo Regional de Ayacucho; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es misión delGobierno Regional organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticasnacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten losasuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por laConstitución Política del Perú, la Ley de Bases de Descentralización y demás Leyes de la República; y el literal a) del artículo acotado señala que es funciónnormativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia, enconcordancia con los literales a) y b) del artículo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; el Consejo Regional conel voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - R.O.F. de la Dirección de Archivo Regional deAyacucho (Órgano Desconcentrado de Línea Sectorial del Gobierno Regional de Ayacucho), que consta de nueve (9) Títulos, once (11) Capítulos, treinta y seis(36) Artículos, una (1) Disposición Complementaria,