Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2005 (25/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de noviembre de 2005

Administrativo-Disciplinarios citadas en los Articulos Primero y MORDAZA de la presente disposicion, comunicar en forma oportuna al Organo de Control Institucional los avances de la implementacion correspondiente bajo responsabilidad. Articulo Quinto.- PUBLICAR la presente disposicion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- TRASLADAR MORDAZA de esta disposicion a la Gerencia de Desarrollo Economico y Servicios Publicos, Gerencia de Administracion Tributaria y Subgerencia de Tramite Documentario y Archivo, para su conocimiento y accion inmediata. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ARAKAKI NAKAMINE MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 19913

Que, por consiguiente para efectos de elegir a los representantes de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinacion Local Distrital de Punta MORDAZA se requiere conformar una comision que se encargue de convocar y regular el MORDAZA de eleccion asi como de dictar las directivas que normen y regulen dicho proceso; Estando a lo dispuesto por el Articulo 102º de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades, y con las recomendaciones del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridicos; el Concejo Distrital de Punta MORDAZA, el pleno del concejo aprobo por Mayoria la siguiente Ordenanza: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de la Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital y su cronograma, el mismo que consta de VI titulos y 30 articulos; el mismo que forma parte integrante de la Ordenanza. Articulo Segundo.- DISPENSAR, por acuerdo unanime del pleno de la lectura y aprobacion del acta para su inmediato cumplimiento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 19964

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Aprueban Reglamento de la Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital y su cronograma
ORDENANZA Nº 074-2005-MDPH Punta MORDAZA, 27 de octubre de 2005 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: Habiendo visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de octubre del 2005, con dispensa del tramite de aprobacion del acta y por unanimidad, aprobo lo siguiente: ORDENANZA PARA REGULAR LOS PROCESOS DE PARTICIPACION DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONCEJO DE COORDINACION LOCAL CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el Consejo de Coordinacion Local Distrital es un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, cuya organizacion y estructura esta regulado por el Articulo 102º de la Ley Nº 27972, la misma que en su Art. 104º determina que son entre otras funciones, las de coordinar y participar en la programacion del Presupuesto Participativo de los Gobiernos Locales, concordante con el Art. 7º del mismo cuerpo legal; Que, este consejo es un mecanismo de participacion de las organizaciones de la sociedad civil del distrito en el MORDAZA de planeacion local, que tiene las caracteristicas de integral, permanente y participativo, conforme lo expresa el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el mencionado Consejo estara constituido por la Alcaldesa Distrital, los Regidores Distritales y por los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil que alcanzaran al numero de dos (2) estos ultimos seran elegidos democraticamente por un periodo de dos anos de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones a nivel distrital que se hayan inscrito en el registro que abrira para tal efecto la Municipalidad Distrital, exigiendose, asimismo acreditar personeria juridica y/o municipal y un minimo de tres (3) anos de actividad institucional comprobada;

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Aprueban disposiciones sobre el uso de la palabra de los asistentes a la Audiencia Publica de Rendicion de Cuentas del Presupuesto Participativo 2004-2005 de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000025-2005/MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 23 de noviembre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Visto: el Informe Nº 112-2005-MDSJM/PDI de la Oficina del Plan de Desarrollo Integral; Informe Nº 10442005-MDSJM-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica de esta Comuna. CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Municipal Nº 000050-MDSJM de fecha 09.11.2005, se Reglamenta la Audiencia Publica de Rendicion de Cuentas del Presupuesto Participativo 2004 ­ 2005 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores. Que, la MORDAZA referida Ordenanza Municipal, en su MORDAZA Disposicion Complementaria y Final, faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 000050-MDSJM. Que, el Articulo 42º, de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal. Que, estando en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DEL USO DE LA PALABRA DE LOS ASISTENTES A LA AUDIENCA PUBLICA DE RENDICION DE CUENTAS Posteriormente a la MORDAZA del Informe de Rendicion de Cuentas del Presupuesto Participativo

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