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PÆg. 304953 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de noviembre de 2005 GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC Convocan a concurso pœblico de selección de Director de la DirecciónRegional de Salud Apurímac RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 572-2005.GR.APURÍMAC/PR Abancay, 9 de noviembre de 2005 VISTO:El Oficio Nº 4071-2005-DM/MINSA de fecha 3 de noviembre del 2005 y los demás documentos que se recaudan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante oficio del Visto la Ministra en la Cartera de Salud, por vencimiento del período de gestión delactual Director Regional de Salud Apurímac, gestiona iniciar el proceso de concurso correspondiente; Que, según establece la Directiva Nº 001-CND-P- 2003, "Lineamientos Generales para el Concurso Público de Selección de Directores Regionales", es responsabilidad de la Presidencia del Gobierno Regional,la Convocatoria en su respectiva circunscripción, del Concurso Público de Selección de los Directores Regionales, en el contexto del marco normativo dentrodel cual se desarrollará el proceso y se establecerán las regulaciones para los Concursos Públicos de Selección para cubrir los cargos de Directores Regionales; Que, conforme a sus atribuciones conferidas en el artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificado por Ley Nº 27902, porla que faculta a la Presidencia Regional acorde a las disposiciones y la Constitución Política del Estado velar por el desarrollo institucional regional; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 yCredencial del Jurado Nacional de Elecciones de fecha 24 de setiembre del 2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONVOCAR a CONCURSO PÚBLICO de selección de Director de la Dirección Regional de Salud Apurímac, encomendando a la Comisión Regionalde Concurso de acuerdo a sus competencias desarrollar las acciones administrativas para el cumplimiento del presente acto administrativo resolutivo, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a la Dirección Regional de Salud de Apurímac,Instancias Administrativas que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, disponiéndose su publicación en el Diario Oficial El Peruano y de Mayor Circulación Regional,para su conocimiento y fines de ley correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ROSA A. SUÁREZ ALIAGA Presidenta 19945 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Declaran en Situación de Emergencia Ambiental a la Región San Martín ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2005-GRSM/CR Moyobamba, 1 de noviembre de 2005POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú,modificado por la Ley de la Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización , Ley Nº 27680 - Ley de Bases de la Descentralización,Ley Nº 27783 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales , Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 , Ley Nº 28013; Reglamento Interno del Consejo Regional delGobierno Regional de San Martín, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 002-2003-GRSM-CR de fecha 31 de marzo de 2003, y demás normas comple-mentarias; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales” artículo 4º, establece que losgobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo ygarantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales dedesarrollo. Que, el principio de subsidiariedad establecido en el numeral 10 del artículo 8º de la Ley Orgánica deGobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902, señala taxativamente que “El Gobierno más cercano a la población es el más idóneo paraejercer las distintas funciones que le competen al Estado. Por consiguiente, El Gobierno Nacional no debe asumir competencias que pueden ser cumplidas eficientementepor los Gobiernos Regionales y éstos, a su vez deben involucrarse en realizar acciones que pueden ser ejecutadas eficientemente por los gobiernos locales,evitando la duplicidad de funciones”. Que, mediante Convenio Nº 008-2004-GRSM/PGR y su adenda respectiva, suscrita entre el GobiernoRegional de San Martín y el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP), se elabora el Estudio de Zonificación Ecológica Económica de la Región SanMartín, el mismo que contiene los resultados y las recomendaciones para el uso y ocupación ordenada y sostenible del territorio. Que, según la Ley Nº 27902 “Ley que modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867” artículo 29-A, numeral 3, señala a la Gerencia Regional dePlaneamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ejercer las funciones específicas sectoriales en materia de planificación estratégica prospectiva, y enordenamiento territorial. Que, vista la demora en la transferencia de competencias de INRENA y el Programa Especial deTitulación de Tierras (PETT) a los Gobiernos Regionales, lo cual atenta contra el proceso de descentralización y racionalización que es una aspiración de todos los pueblosdel Perú y entorpece la acción de los Gobiernos Regionales para implementar políticas de protección de los Recursos Naturales. Que, el proceso de Zonificación Económica Ecológica implementado por el Gobierno Regional de San Martín ha permitido conocer algunos datos realmentepreocupantes, como que el 26.47% de nuestra superficie se encuentra deforestada, es decir más de 1.3 millones de has, que la tasa de deforestación avanza a razón de0.28%, es decir unas 40 has diarias, que un 20% del territorio presenta conflictos de uso, siendo los más significativos los referidos a uso agropecuario en tierrasde protección (13.66%) y uso agropecuario en tierras de producción forestal asociadas a cultivos permanentes (4.80%), lo cual demuestra el incumplimiento de los finesque persigue el Estado Peruano a través del INRENA. Que, de seguir las tendencias actuales la Región San Martín sufrirá un colapso ecológico, el cual ya estádejando sentir sus efectos en la escasez y calidad de agua. Que, es necesario que el Consejo Regional de San Martín adopte las medidas necesarias inmediatas para revertir esta situación; En consecuencia;