Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2005 (25/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 25 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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sus deberes previstos en los incisos uno y cuatro del articulo 90º, asi como el inciso uno del articulo 184º de la citada ley, atentando gravemente contra la imagen del Poder Judicial, comprometiendo la dignidad del cargo y desmereciendolo en el concepto publico; Que, en consecuencia, de todo lo expresado ha quedado probado que los procesados han incurrido en inconducta funcional grave, constituyendo lo sucedido hechos que atentan gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, comprometiendo la dignidad del cargo y desmereciendolo en el concepto publico, lo que les hace pasible de la sancion de destitucion, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 31º numeral 2 de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, en uso de las facultades previstas por los articulos 154º inciso 3 de la Constitucion Politica, 31º numeral 2, 33º y 34º de la Ley Nº 26397, y 35º del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo, y estando a lo acordado por unanimidad, en sesion de 15 de setiembre de 2005, sin la participacion del senor Presidente, doctor MORDAZA MORDAZA Cisneros; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el MORDAZA disciplinario e imponer la sancion de destitucion a los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Merime MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por sus actuaciones como Presidente y Vocal de la Cor te Superior de Justicia de MORDAZA de MORDAZA y Juez Mixto de Huepetuhe. Articulo Segundo.- Disponer la cancelacion del titulo y todo otro nombramiento que se le hubiere otorgado al magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y la inscripcion de la medida a que se contrae el articulo primero de la presente resolucion en su registro personal, asi como en el de los magistrados MORDAZA Merime MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debiendose asimismo cursar oficio al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia y a la senora Fiscal de la Nacion, y publicarse la presente resolucion, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA LA HOZ MORDAZA MORDAZA VEGAS GALLO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19914

Juzgado de Paz Letrado de Matucana, de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 028-2005-PCNM, de 9 de junio de 2005, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eufracio, por su actuacion como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Matucana, de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, se imputa a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eufracio: a) Haber prestado consejos a la denunciante MORDAZA Thorsen MORDAZA Cerro, respecto de como debia actuar judicialmente, proporcionandole dos direcciones, una en MORDAZA Bolognesi Nº 252-San MORDAZA de MORDAZA, como domicilio real, y otra en el MORDAZA Tacna Nº 424, como domicilio procesal, asi como haber tenido pleno conocimiento del dinero que se le iba a entregar al secretario del Juzgado a su cargo, don MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, por la demanda que este iba a elaborar en beneficio de la denunciante y el tramite que iba a seguir la misma, dinero que estaria destinado a pagar al abogado que suscribiria la demanda y lo que restaba seria repartido entre este y la jueza denunciada, lo que atenta contra la respetabilidad del Poder Judicial al pretender lucrar con el servicio de la administracion de justicia; b) Haberse encontrado en su computadora dos archivos que contenian escritos relacionados con procesos judiciales, estando el primer escrito dirigido al Vigesimo Primer Juzgado Penal de MORDAZA, correspondiente a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, expediente Nº 778-2000, y el otro dirigido al Trigesimo Juzgado Penal de MORDAZA, correspondiente a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, expediente Nº 359-2000, lo que evidencia que la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eufracio estaba asesorando, no obstante estar legalmente prohibida de hacerlo; Que, el 21 de junio de 2005, la doctora MORDAZA Eufracio formula su descargo, y, en cuanto al primer cargo, contenido en el literal a), niega haber prestado consejos o proporcionado direcciones a la denunciante, MORDAZA MORDAZA Thorsen MORDAZA Cerro, asi como haber tenido conocimiento del dinero que iba a ser entregado al secretario MORDAZA de MORDAZA Diaz; asimismo, refiere que la denunciante se apersono a su despacho con el animo de perjudicarla, debido a que en su condicion de Juez de Paz Letrado del Distrito de Matucana conocia un MORDAZA civil de alimentos interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, suegra y esposo de la denunciante, respectivamente, en el cual resolvio una solicitud de asignacion anticipada a favor de la demandante, lo cual perjudicaba a la denunciante, MORDAZA MORDAZA Thorsen MORDAZA Cerro; Que, con respecto al cargo consignado en el literal b), la doctora MORDAZA Eufracio expresa que no asesoro a ninguna persona, y que el motivo por el que se encontraron recursos presentados a dos juzgados penales en los archivos de su computadora obedecio a que presto la misma para la impresion de dichos recursos; del mismo modo, sostiene que la computadora en que se encontraron los archivos MORDAZA citados es de su propiedad, que la llevo al Juzgado por la gran carga procesal existente y que estuvo a su servicio para todo lo referente a sus funciones como magistrada; Que, la procesada agrega que en un primer momento la intervencion efectuada por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial no tuvo relacion con MORDAZA, pero despues de reclamar, por el abuso de autoridad con que se llevaba a cabo, fue que se torno en su contra y los magistrados ingresaron a su despacho y abrieron los archivos de la computadora, violando el derecho a la propiedad; Que, en lo atinente a la imputacion a), referida a haber prestado consejos a la denunciante MORDAZA Thorsen MORDAZA Cerro, respecto de como debia actuar judicialmente, proporcionandole dos direcciones, una en MORDAZA Bolognesi Nº 252-San MORDAZA de MORDAZA, como domicilio real, y otra en el MORDAZA Tacna Nº 424, como domicilio procesal, asi como haber tenido pleno conocimiento del dinero que se le iba a entregar al secretario del Juzgado a su cargo, don MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, por la demanda que este iba a elaborar en beneficio de la denunciante y el tramite que iba a seguir la misma,

Destituyen a magistrada por su actuacion como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Matucana de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 044-2005-PCNM P.D. Nº 005-2005-CNM San MORDAZA, 20 de setiembre de 2005. VISTO; El MORDAZA disciplinario numero 005-2005-CNM, seguido contra la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eufracio, por su actuacion como Juez Suplente del

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