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PÆg. 304955 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de noviembre de 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política vigente, modificado por la Ley de ReformaConstitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, LeyOrgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de octubre del 2005. CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del Art. 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modificar oderogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, mediante Acuerdo Nº 052-2005, del Consejo Regional de Ucayali, de fecha 22 de abril del 2005, a la propuesta de la Consejera Regional, Lic. Justina RojasLozano; se aprueba formalizar la Creación del Parque Agroindustrial Ecológico de la Región Ucayali y autoriza a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del MedioAmbiente y a la Gerencia de Desarrollo Económico, a implementar las acciones legales y administrativas que sean necesarias para el funcionamiento de ParqueAgroindustrial Ecológico. Se constituye la Comisión Técnica Parque Agroindustrial Ecológico de la Región Ucayali, en reunión celebrada el día 23 de abril del año2005. Que, con fecha 2 de julio del 2005, se publica la Ley Nº 28566, Ley que modifica el Artículo 5º de la LeyNº 28183, Ley Marco de Desarrollo de Parques Industriales, cuyo texto señala que la administración de los Parques Industriales estará a cargo de un ConsejoDirectivo, que en el caso de los Gobiernos Regionales, el Consejo Directivo estará conformado por dos (2) representantes del Gobierno Regional, uno de ellos lopreside; y, tres (3) representantes de las empresas instaladas en dichos parques industriales. Que, con fecha 21 de agosto del 2005, se presentó la Formulación del Estudio de Actividades Económicas a instalarse en un Parque Industrial para la Región Ucayali; elaborado por la empresa contratada, en la que estableceque debe superarse una serie de restricciones y deficiencias en el Recurso Forestal, en la Actividad Agroindustrial, Especialización de los Trabajadores delcampo, mejoramiento de los medios de transporte y la construcción de infraestructura (silos, almacenes, etc), para la creación del Parque Industrial en Ucayali. Que, en sesión del Comité Técnico de fecha 12 de octubre del 2005, se tomaron acuerdos para dejar sin efecto la conformación de la Comisión Técnica así comola designación de los miembros de la Junta Directiva de la Comisión para la Creación del Parque Agroindustrial, para su adecuación a la Ley Marco de Desarrollo deParques Industriales y su modificatoria, Ley Nº 28566; continuar con los estudios para superar las restricciones y deficiencias existentes para la instalación del ParqueAgroindustrial y buscar la asignación presupuestal que se requiere para hacer viable en mediano plazo el proyecto del parque. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno delConsejo Regional; el Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de octubre del 2005; ORDENA: Artículo Primero.- Designar el Consejo Directivo del Parque Agroindustrial de acuerdo a lo que señala la Ley Nº 28183, Ley Marco de Desarrollo de Parques Industriales y su modificatoria, Ley Nº 28566. Artículo Segundo.- Asignar en el presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali los recursos indispensables para continuar con los estudios exigentespara la creación de este gran proyecto del Parque Agroindustrial Ecológico de la Región Ucayali. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulación local. Artículo Cuarto.- DISPENSAR del trámite de lectura y aprobación del acta. Por tanto mando se publique y cumpla. EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 19949 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aceptan donación dineraria efectuada por UNICEF ACUERDO DE CONCEJO Nº 352 Lima, 17 de noviembre de 2005 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de noviembre del año en curso, el Informe Nº 003-2005/MML-GP-SCTI de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional que adjunta el Oficio Nº 027-2005-MML-GDS de la Gerencia de Desarrollo Social, por el cual solicitan laaceptación de la donación dineraria de S/. 3,900.00 efectuada por UNICEF para la Sistematización de la Información recopilada para la participación de los adolescentes en laReunión de Trabajo sobre la elaboración del diagnóstico situacional de los adolescentes juveniles y comunitarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 875 de fecha 24.06.2004, se aprobó la Directiva Nº 001-04-MML-OGP "Normas y Procedimientos para Recibir y Utilizar Donaciones a Favor de la Municipalidad Metropolitanade Lima", modificada por R.A. Nº 1370 del 10.08.2004; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, establece en el numeral 20) del artículo 9º, como atribuciones delConcejo Municipal el aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de la Gerencia de Desarrollo Social, recibió en calidad de donación, la suma de S/. 3,900.00 (TRES MIL NOVECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), efectuadapor UNICEF, para la Sistematización de la Información Recopilada para la Participación de los Adolescentes, actividad programada en el Plan de Trabajo 2005 entre laMunicipalidad Metropolitana de Lima y UNICEF, hecho que es comunicado mediante Oficio Nº 027-2005-MML-GDS de fecha 24.10.2005, a la Subgerencia de CooperaciónTécnica Internacional, quien a través de su Informe Nº 003-2005/MML-GP-SCTI del 31.10.2005, solicita a la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y deOrganización, la aceptación de la donación en efectivo antes mencionada, cuyo monto fue depositado en la Cuenta Nº 110-01-041696-4 del Banco de Comercio el 02.06.2005,mediante Recibo Nº 0114280 de fecha 19.09.2005; Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la DirectivaNº 001-04-MML-OGP y modificatoria, Ordenanza Nº 571 "Reglamento Interior del Concejo Metropolitano de Lima, y lo opinado por la Comisión Metropolitana de AsuntosEconómicos y de Organización en su Dictamen Nº 215- 2005-MML-CMAEDO; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aceptar la donación dineraria de S/. 3,900.00 (TRES MIL NOVECIENTOS Y 00/100