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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (09/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G39/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de octubre de 2005 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G79/G20/G4D/G69/G6E/G61/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2005-REGIÓN ANCASH/CR El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por LeyNº 27902, estipula que la atribución del Consejo Regional esaprobar, modificar o derogar las normas que regulen oreglamenten los asuntos y materias de competencia y funcionesdel Gobierno Regional, coligiéndose que tiene la atribución deaprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos(TUPA), documento de gestión institucional que contiene todala información relacionada a la tramitación de los procedimientosadministrativos que se cumplen en la Sede del GobiernoRegional y sus Órganos dependientes que lo integran. Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General,se establece que todas la entidades elaboran y aprueban suTexto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)correspondiendo al Consejo Regional, aprobar la OrdenanzaRegional como norma de máximo nivel del Gobierno Regional. En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales,modificada por la Ley Nº 27902; y, demás normaspertinentes; y estando a lo acordado por unanimidad en lasesión ordinaria llavada a cabo el día 4 de agosto del 2005; ORDENA: Artículo Único.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la DirecciónRegional de Energía y Minas, el mismo que como anexoforma parte de la presente Ordenanza. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los ocho días del mes agosto del 2005. ELOY RICARDO NARVAEZ SOTO Presidente del Consejo Regional de Ancash POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los ocho días del mes de agosto del 2005. ELOY RICARDO NARVAEZ SOTO PresidenteGobierno Regional de Ancash 17083 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G72/GE1/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G61 /G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G79/G52/G65/G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G2D/G20/G44/G45/G50/G4F/G52/G4C/G49/G4D/G41 ACUERDO DE CONCEJO Nº 301 Lima, 29 de setiembre de 2005Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de setiembre de 2005, el Informe Nº 095-2005/MML-OGP-OCTI de la Oficina de Cooperación Técnica Internacionalque adjunta el Oficio Nº 880-2005-MML-DEPORLIMA-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Municipal deDeportes y Recreación - DEPORLIMA, comunicandohaber recibido de la Empresa Unión de CerveceríasPeruanas Backus y Jhonston S.A.A., una donacióneconómica por el importe de S/. 4,284.00 incluido elImpuesto General a las Ventas (IGV), para la adquisiciónde materiales deportivos; a distribuirse a todos losMódulos Deportivos y Recreativos Siglo XXI, ComplejosDeportivos y Piscinas Municipales; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 875 de fecha 24.06.2004, se aprueba la Directiva Nº 001-04-MML-OGP"Normas y Procedimientos para recibir y utilizar donacionesa favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima",modificada mediante Resolución de Alcaldía Nº 1370 del10.08.2004; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, establece en el numeral 20) del artículo 9º, como atribuciones del ConcejoMunicipal el aceptar donaciones, legados, subsidios ocualquier otra liberalidad; Que, en mérito a lo antes expuesto el Programa Municipal de Deportes y Recreación - DEPORLIMA,mediante Oficio Nº 880-2005-MML-DEPORLIMA-DE, hacede conocimiento a la Oficina de Cooperación TécnicaInternacional, quien con Informe Nº 095-2005/MML-OGP-OCTI prosiguiendo con el trámite que corresponde pone aconsideración de la Comisión Metropolitana de AsuntosEconómicos y de Organización, la donación económica quela Empresa Unión de Cervecerías Peruanas Backus yJhonston S.A.A. efectuó por el importe de S/. 4,284.00,incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV), para laadquisición de materiales deportivos a distribuirse en todoslos módulos deportivos recreativos Siglo XXI, ComplejosDeportivos y Piscinas Municipales, tal como lo sustenta lascopias de la Factura Nº 001-0005909 de fecha 03.08.2005.y Recibo de Ingreso a Tesorería MML Nº 0112260 de fecha01.09.2005; Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la DirectivaNº 001-04-MML-OGP y modificatoria, Ordenanza Nº 571"Reglamento Interior del Concejo Metropolitano de Lima, ylo opinado por la Comisión Metropolitana de AsuntosEconómicos y de Organización en su Dictamen Nº 186-2005-MML-CMAEDO; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aceptar la donación económica de S/. 4,284.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA YCUATRO CON 00/100 NUEVOS SOLES), incluido elImpuesto General a las Ventas (IGV), efectuada por laEmpresa Unión de Cervecerías Peruanas Backus yJhonston S.A.A., para ser utilizado en la adquisición demateriales deportivos a distribuirse entre los módulosdeportivos recreativos Siglo XXI, complejos deportivos ypiscinas municipales, a favor de la MunicipalidadMetropolitana de Lima - Programa Municipal de Deportes yRecreación - DEPORLIMA. Artículo Segundo.- Agradecer a la Empresa Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Jhonston S.A.A., por elgesto de solidaridad y apoyo con la MunicipalidadMetropolitana de Lima mostrado a través de la donaciónantes mencionada. Debiendo comunicársele a la Oficinade Cooperación Técnica Internacional - Oficina General dePlanificación el presente Acuerdo, a efectos de tramitar antela Dirección Municipal Administrativa, la emisión delcorrespondiente Certificado de Donación. Artículo Tercero.- Encargar al Programa Municipal de Deportes y Recreación - DEPORLIMA, coordinar con elárea competente a efectos de considerar lo establecidoen la Directiva Nº 001-04-MML-OGP "Normas yProcedimientos para Recibir y Utilizar Donaciones a favorde la Municipalidad Metropolitana de Lima" y sumodificatoria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 17151