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PÆg. 302829 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de octubre de 2005 espacio físico en cabinas públicas de Internet, y los artículos 43º y 44º de la Ley Nº 27050, Ley General de laPersona con Discapacidad, modificada por la Ley Nº 27920, los establecimientos dedicados a Cabinas de Internet deberán incorporar de manera progresiva yproporcional, de acuerdo a las posibilidades económicas del conductor, las medidas de adecuación para el acceso de las personas con discapacidad. En el caso de establecimientos dedicados a juegos de video o de cómputo también rige la disposición emanada en este artículo en cuanto a la señalización. El ingreso de menores de edad para el caso de establecimientos dedicados a Cabinas de Internet, juegos de video o de cómputo será hasta las 23.00 horas, aexcepción de aquellos que se encuentren autorizados por sus padres o en compañía de ellos o de un tutor. Los conductores del establecimiento serán responsables si menores de edad utilizan otras computadoras que no sean las expresamente aptas para ellos haciéndose acreedores de las sancionescorrespondientes. TÍTULO IV LICENCIA MUNICIPAL TEMPORAL CAPÍTULO I PROCEDENCIAS Artículo 46º.- PROCEDENCIA DE LA LICENCIA MUNICIPAL TEMPORAL POR CAMPAÑAS Y/OPROMOCIÓN La Licencia Municipal Temporal por Campañas y/o Promoción se otorgará únicamente cuando la finalidad delestablecimiento sea la de desarrollar una actividad promocional o por campaña de un bien o un servicio. Si el establecimiento está ubicado dentro de un centro comercialprocederá la autorización dentro de las zonas denominadas áreas comunes si los planos de la Licencia de Construcción y/o Declaratoria de Fábrica prevén dicho uso. Artículo 47º.- PROCEDENCIA DE LA LICENCIA MUNICIPAL TEMPORAL PARA EL DESARROLLO DEFERIAS O EXPOSICIONES La Licencia Municipal Temporal para el desarrollo de Ferias o Exposiciones procede en establecimientos orecintos feriales que deberán estar ubicados necesariamente en propiedad privada. Artículo 48º.- PROCEDENCIA DE LA LICENCIA MUNICIPAL TEMPORAL PARA EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS La Licencia Municipal Temporal para el desarrollo de Espectáculos Públicos No Deportivos procede en los establecimientos que cuenten con licencia municipal defuncionamiento o, en su defecto cuentan con informe aprobatorio de Defensa Civil. Artículo 49º.- PROCEDENCIA DE LA LICENCIA MUNICIPAL TEMPORAL PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES SOCIALES La Licencia Municipal Temporal para el desarrollo de Actividades Sociales procede en establecimientos que cuenten con licencia municipal de funcionamiento o, en sudefecto cuentan con informe aprobatorio de Defensa Civil y se encuentren acondicionados para tal fin. CAPÍTULO II REQUISITOS Artículo 50º.- REQUISITOS GENERALES PARA SOLICITAR LA LICENCIA MUNICIPAL TEMPORAL Son requisitos para obtener la Licencia Municipal Temporal los siguientes: 1.- Formulario Solicitud de Licencia Municipal de Temporal. 2.- Copia simple del documento que acredite la legítima posesión del inmueble. 3.- Plano de distribución y Memoria descriptiva y de la actividad.4.- Solicitud de inspección técnica básica o de detalle de Defensa Civil, según corresponda. 5.- Recibo de pago del Banco de la Nación para la inspección técnica básica o de detalle de Defensa Civil, según corresponda. Artículo 51º.- REQUISITOS PARTICULARES A CADA PROCEDIMIENTO Adicionalmente a los requisitos señalados en el artículo 50º de la presente Ordenanza, de acuerdo al procedimiento, deben presentarse: Campañas o Exposiciones: 1.- Recibo de Pago por Derecho de Trámite correspondiente. Ferias o Exposiciones: 1.- Recibo(s) de Pago por Derecho de Trámite correspondiente por cada módulo o stand. 2.- Copia de la Declaración Jurada del Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos presentada ante laSubgerencia de Fiscalización Tributaria. 3.- Copia simple del contrato suscrito con una empresa de seguridad privada para custodia periférica de la zonadestinada a la actividad. 4.- Copia simple de la póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra, sin franquicia alguna,accidentes personales, muerte o invalidez temporal o permanente de los asistentes. 5.- Autorización del sector correspondiente en caso que la actividad así lo requiera. 6.- Acreditar un (1) estacionamiento por cada 10.00 m 2 de área destinada al público asistente. Espectáculos Públicos no Deportivos: 1.- Contar con Licencia Municipal de Funcionamiento, de ser el caso. 2.- Autorización del APDAYC.3.- Copia simple del contrato entre el empresario y el/los artista(s) que conforma(n) el espectáculo. 4.- Copia simple del contrato suscrito con una empresa de seguridad privada para custodia periférica de la zona destinada al espectáculo si el mismo es temporal. 5.- Copia simple de la póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra, sin franquicia alguna, accidentes personales, muerte o invalidez temporal o permanente de los asistentes si el espectáculo es temporal. 6.- Autorización de la DICSCAMEC si la actividad incluye material pirotécnico. 7.- Copia simple de la solicitud de autorización de la Prefectura de Lima. 8.- Copia de la Declaración Jurada del Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos presentada ante laSubgerencia de Fiscalización Tributaria. 9.- Recibo de Pago por Derecho de Trámite correspondiente. Actividades Sociales: 1.- Contar con Licencia Municipal de Funcionamiento, de ser el caso. 2.- Autorización de la DICSCAMEC si la actividad incluye material pirotécnico. 3.- Autorización del APDAYC. 4.- Recibo de Pago por Derecho de Trámite correspondiente. CAPÍTULO III PROCEDIMIENTOS Artículo 52º.- PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR LA LICENCIA MUNICIPAL TEMPORAL POR CAMPAÑAS Y/O PROMOCIÓN Los pasos a seguir durante la tramitación de la Licencia Municipal Temporal por Campañas y/o Promoción son: 52.1 En el módulo del Servicio de Asesoría Personalizada (SAP) se verificará que la actividad propuesta y el establecimiento donde se realizará la