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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (22/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 59

PÆg. 302823 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de octubre de 2005 inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común, para lo cual consignará la información correspondiente,modificado por el Decreto Supremo Nº 011-2005- VIVIENDA. e) CESE DE ACTIVIDADES.- Es el procedimiento que expresa la voluntad del conductor o titular de una licencia municipal de funcionamiento de no continuar desarrollando la actividad comercial, industrial o profesional autorizadani ninguna otra actividad o la del propietario del establecimiento al demostrar que ha cambiado la situación jurídica mérito de la cual se otorgó el certificado deautorización municipal de funcionamiento. f) CONCESIONARIO. - Otorgamiento que una empresa hace a otra o a un particular, para que esta última desarrolleuna actividad comercial, industrial o profesional dentro del espacio físico asignado a la empresa matriz. g) ELEMENTO DE PUBLICIDAD EXTERIOR.- Unidad física donde se colocan, sostienen o adosan los anuncios. h) ESPECTÁCULO PÚBLICO NO DEPORTIVO.- Es la actividad consistente en una representación, función,acto, evento o exhibición artística, musical o cultural en la que participen artistas. i) ESTABLECIMIENTO.- Inmueble, parte del mismo o la instalación determinada con carácter de permanente o temporal, en la que se desarrollan las actividades comerciales, artesanales y profesionales, que reúnen lascondiciones técnicas requeridas por la normatividad para su ejercicio. j) EXPOSICIÓN.- Es la actividad que se desarrolla en establecimientos o recintos durante períodos cortos, con la finalidad de hacer exhibiciones, demostraciones o difusión de líneas de productos específicos y de servicios engeneral. k) EXPOSITOR.- Es la persona natural o jurídica que ha suscrito contrato de participación con los organizadoresde una feria o exposición. l) FERIA.- Es la actividad de duración limitada que se realiza en una fecha y lugar prefijados para promovercontactos e intercambios comerciales, facilitar el acercamiento entre la oferta y la demanda y lograr mayor transparencia en el mercado; promover la producción y elturismo; y difundir los adelantos científicos, tecnológicos y/o culturales. También se considera como Feria a los Parques de diversión y los Circos. m) GIRO.- Actividad comercial, industrial o profesional que se desarrolla dentro de un establecimiento. n) INSPECCIÓN TÉCNICA BÁSICA.- Inspección que realiza la Oficina de Defensa Civil de la Municipalidad de Santiago de Surco, para verificar en forma ocular el cumplimiento de condiciones mínimas de seguridad asícomo para identificar los peligros que ofrece la edificación o recinto en toda su área, determinando el equipo básico de seguridad con el que debe contar para hacer frente aposibles situaciones de emergencia. o) INSPECCIÓN TÉCNICA DE DETALLE.- Inspección que realiza la Dirección Regional de Defensa Civil de Lima– Callao (Segunda Región), para evaluar las condiciones de seguridad tanto físicas como espaciales que ofrece la edificación o recinto, determinando mediante pruebassimples si fueran necesarias, la vulnerabilidad de ésta frente a cualquier situación de emergencia. p) LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO.- Autorización que se otorga para el desarrollo de uno o más giros de carácter permanente, temporal o provisional, según sea el caso, en un establecimiento en el cual se detallanlos giros autorizados, área, dirección y nombre del conductor. Asimismo, se incluye optativamente, según sea el caso, una autorización para un elemento de publicidadexterior y la colocación de un toldo en dicho establecimiento con características previamente determinadas por la Municipalidad. q) MÓDULO O STAND.- Espacio acondicionado dentro del recinto ferial o en el lugar de la exposición y otorgado a un expositor o vendedor con la finalidad de que realice suactividad en el interior de éste. r) ORGANIZADOR.- Persona natural o jurídica de derecho público o privado que en calidad de promotor seencarga de la administración o promoción de la feria o exposición. s) RECINTO FERIAL.- Es el establecimiento cerrado y especialmente acondicionado para la realización de ferias o exposiciones, que cuenta con servicios básicos, sistema de seguridad, vías o pasadizos internos que faciliten eltránsito del público y que además cumple con las disposiciones de seguridad aplicables a este tipo deactividades. t) RETIRO MUNICIPAL.- Es la distancia o espacio que media entre el límite de propiedad al frente del lote y laedificación que debe estar completamente libre de áreas techadas. Está comprendido dentro del área de propiedad privada. u) REUNIÓN SOCIAL.- Es la concentración de carácter amical o familiar de un grupo de personas con una determinada finalidad previamente pactada la cual no tienefines de lucro. v) TOLDO.- Cubierta de tela u otro material análogo que se sostienen en los paramentos de los Establecimientos yque pudieran tener impreso letras recortadas o logotipos adosados a la parte frontal y laterales. Artículo 5º.- CLASIFICACIÓN DE LA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Según sus características existen tres (03) modalidades de licencias municipales de funcionamiento: 1.- Licencia Municipal de Funcionamiento. 2.- Licencia derivada de una licencia municipal existente. 3.- Licencia Municipal Temporal. Artículo 6º.- CLASIFICACIÓN DE LA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO SEGÚN EL TIPO DE PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA SUOTORGAMIENTO De acuerdo a la zonificación, los niveles operacionales y los niveles de seguridad requeridos en losestablecimientos se han establecido hasta cuatro (04) tipos de procedimientos para tramitar la Licencia Municipal de Funcionamiento: 1.- Expedición Inmediata. 2.- Acondicionamiento Previo.3.- Seguridad Preferente. 4.- Provisional (MYPE). Artículo 7º.- PROCEDIMIENTOS DERIVADOS DE UNA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO EXISTENTE Dada su finalidad, existen hasta tres (03) procedimientos para tramitar una autorización municipal derivada de una autorización municipal de funcionamiento ya existente: 1.- Cambio de la denominación y/o la Razón Social de la persona jurídica autorizada. 2.- Modificación del giro y/o Área del establecimiento. 3.- Uso del Retiro Municipal o Áreas Comunes con fines comerciales. Artículo 8º.- PROCEDIMIENTOS DE LA LICENCIA MUNICIPAL TEMPORAL Dada la naturaleza temporal de la autorización para algunas actividades en particular, los procedimientos se clasifican en: 1.- Campaña y/o Promoción. 2.- Desarrollo de Ferias o Exposiciones.3.- Desarrollo de Espectáculos Públicos No Deportivos. 4.- Desarrollo de Actividades Sociales. CAPÍTULO III COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD Artículo 9º.- FACULTADES DE LA MUNICIPALIDAD Compete a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco: 1.- Regular la licencia municipal de funcionamiento en sus distintas modalidades. 2.- Autorizar el funcionamiento de los establecimientos ubicados en la jurisdicción del distrito para desarrollarcualquier actividad comercial, industrial y profesional. 3.- Resolver los recursos administrativos relacionados con las licencias municipales de funcionamiento en susdistintas modalidades. 4.- Fiscalizar el cumplimiento de esta Ordenanza en todo el distrito de Santiago de Surco.