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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (27/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 66

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G33/G30/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 27 de octubre de 2005 OSINERG /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G72/G65/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G66/G69/G6A/G61/G20/G54/G61/G72/G69/G66/G61/G73/G20/G65/G6E /G42/G61/G72/G72/G61/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G42/G61/G72/G72/G61/G20/G43/G61/G72/G68/G75/G61/G6D/G61/G79/G6F/G20/G4E/G75/G65/G76/G61/G20/G32/G32/G30/G20/G6B/G56 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG N º 393-2005-OS/CD Lima, 25 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme se dispone en el literal g), del Anexo A del “Procedimiento Para Fijación de Tarifas en Barra”,que forma parte de los “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobados por el Consejo Directivo del OSINERG, mediante la Resolución OSINERG Nº0001-2003-OS/CD y sus modificatorias, el Proyecto deResolución que fija las Tarifas en Barra así como larelación de la información (informes, estudios,dictámenes o modelos económicos) que la sustenta, con excepción de la información clasificada previamente como confidencial mediante Resolución del OSINERG,deberá prepublicarse en el Diario Oficial El Peruano yen la página WEB, con un plazo no menor a 15 díashábiles anteriores a la publicación de la Resolución deTarifas en Barra; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27838 y a las facultades concedidas por el Reglamento General delOSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y, De conformidad con lo informado por la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria con el documento OSINERG-GART-AL-2005-162; RESUELVE:Artículo 1º.- Dispóngase la Prepublicación en el Diario Oficial El Peruano y en la Página WEB del OSINERG: www.osinerg.gob.pe, del Proyecto de Resolución que fija las Tarifas en Barra aplicables a la Barra Carhuamayo Nueva220kV para el período comprendido entre el 1 de mayo de2005 y el 30 de abril de 2006, documento que figura comoAnexo 2 de la presente resolución. Artículo 2º.- Establecer un plazo de ocho (8) días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, a fin de que los interesados remitanpor escrito a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria(GART) sita en la Avenida Canadá Nº 1460, San Borja,Lima, sus comentarios y sugerencias a la publicación aque se refiere el Artículo 1º. Los comentarios también podrán ser remitidos vía fax al número telefónico 224-0491, o vía Internet a la siguientedirección de correo electrónico: Carhuamayo@osinerg.gob.pe. Artículo 3º.- Encárguese a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG, la convocatoria aAudiencia Pública que sustenta y expone los criterios, metodología y modelos económicos, que justifican las Tarifas en Barra; así como la recepción y análisis que sepresenten al proyecto de resolución prepublicado, así comola presentación de la propuesta final al Consejo Directivodel OSINERG. Artículo 4º.- Publíquese la relación de información que sustenta el proyecto de resolución prepublicado a que se refiere el artículo 1º, que se acompaña como Anexo 1 de lapresente resolución. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo ANEXO 1 RELACIÓN DE INFORMACIÓN QUE SUSTENTA LA RESOLUCIÓN 1. Resolución OSINERG Nº 066-2005-OS/CD y sus modificatorias.1Artículo 3º. - Funciones.- 3.1 Dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, los Organismos Reguladores ejercen las siguientes funciones:… b) Función reguladora: comprende la facultad de fijar las tarifas de los servicios bajo su ámbito; … 2Artículo 27º. - Órgano Competente para ejercer la Función Reguladora.- La función reguladora es de competenci a exclusiva del Consejo Directivo de OSINERG y se ejerce a través de Resoluciones. Artículo 52º. - Funciones del Consejo Directivo.- Son funciones del Consejo Directivo: ... u) Fijar el Precio Básico de la Potencia de Punta a que se refiere el inciso f) del Artículo 47º de la Ley de Concesiones Eléctricas, según el proce- dimiento definido en el Artículo 126º de su reglamento. ...2. Informe Técnico OSINERG-GART/DGT Nº 077- 2005-OS/CD. 3. Informe Asesoría Legal Interna OSINERG-GART- AL-2005-162. 4. Modelos: a. “Modelo Perseo”: Modelo para el Cálculo de los Costos Marginales de Energía, incluye manualesy simulaciones con casos típicos b. “Modelo Demanda por Barras”: Cálculo de la demanda global y por barras para el período2004-2007 5. Archivos diversos en medio óptico. ANEXO 2 PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº XXX-2005-OS/CD Lima, xx de octubre de 2005 VISTOS:El informe emitido por la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria OSINERG-GART/DGT Nº 077-2005 y el informe de la Asesoría Legal Interna OSINERG-GART- AL-2005-162. CONSIDERANDO:Que, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (en adelante “OSINERG”) de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ley Nº 27332 1, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada enlos Servicios Públicos; en los Artículos 27º y 52º, literal u),de su Reglamento General 2 aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y en el Artículo 22º, literal h), del/G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F