Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2005 (27/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de octubre de 2005

exportaciones de los sectores textil confecciones, cuero calzado, accesorios y otros complementarios, a fin de cumplir con los objetivos de PROMPEX, definidos en su Ley de creacion; Que, el Centro de Convenciones Vertice de la Cultura del Museo de la Nacion, es administrado por la empresa Representaciones Caval S.A.C., en virtud de un Convenio de Cooperacion Interinstitucional suscrito con el Instituto Nacional de Cultura de fecha 27 de MORDAZA del 2004 y modificatorias; Que, el valor referencial total para el presente ano de la citada contratacion asciende a la suma de US$ 197,894.00 (Ciento noventa y siete mil ochocientos noventa y cuatro y 00/100 Dolares Americanos), incluido el Impuesto General a las Ventas; Que, el Informe Legal Nº 021-2005-PROMPEX/OAL, indica que resulta procedente la emision de una Resolucion de Direccion Ejecutiva, por medio de la cual se declare la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, toda vez que las areas tecnicas competentes de la entidad han sustentado, la causal de exoneracion del MORDAZA de adquisicion prevista en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, dentro de lo definido en el articulo 145º del reglamento de dicha Ley, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que las exoneraciones previstas en el articulo 19º de la MORDAZA en mencion se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, lo expuesto en dichos informes justifica tecnica y legalmente la exoneracion senalada de conformidad con lo establecido en el articulo 146º del mencionado Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2003MINCETUR de fecha 25 de junio del 2003 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio del mismo ano, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision para la Promocion de Expor taciones - PROMPEX, en cuyo ar ticulo 16º establece que el Director Ejecutivo es la MORDAZA autoridad ejecutiva de la entidad, Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestario; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 036-2005MINCETUR de fecha 28 de setiembre del 2005, se designo al senor MORDAZA MORDAZA Mathews MORDAZA, como Director Ejecutivo de PROMPEX; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 145º, 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; y, el articulo 16º y el numeral 15) del ar ticulo 17º del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROMPEX, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion Concurso Publico, para la contratacion de los servicios de alquiler, construccion e implementacion de espacio, para la realizacion del evento internacional PERU MODA y PERU HOGAR 2006, a celebrarse con la empresa Representaciones Caval S.A.C., por el valor referencial de hasta US$ 197,894.00 (Ciento noventa y siete mil ochocientos noventa y cuatro y 00/100 Dolares Amer icanos), incluido el IGV, cuya Fuente de Financiamiento sera con Recursos Ordinarios y/o Recursos Directamente Recaudados, por la causal de servicios personalisimos. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion y Finanzas a llevar a cabo las acciones correspondientes a fin de realizar la contratacion de los servicios a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, por el periodo del 13 de MORDAZA al 3 de MORDAZA del 2006, de conformidad con lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Articulo 3º.- Conferir facultades suficientes para la suscripcion del Contrato y/o cualquier otro documento necesario para formalizar la relacion contractual con la

empresa Representaciones Caval S.A.C.; y, hasta por el monto senalado en la presente Resolucion, a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en su calidad de Gerente de la Oficina General de Administracion y Finanzas (e). Articulo 4º.- Disponer que la Oficina General de Administracion y Finanzas remita copias de la presente Resolucion y de los informes que sustentan estas exoneraciones a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de aprobada la presente resolucion; asi como disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los plazos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; asi como su publicacion a traves del SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MATHEWS S. Director Ejecutivo 18112

SUNARP
Constituyen Comision permanente encargada de analizar informes de control realizadas por el Tribunal Registral y proponer medidas correctivas
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 267-2005-SUNARP/SN MORDAZA, 26 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 295-2004-SUNARP-SN de fecha 1 de MORDAZA de 2004, se encargo al Tribunal Registral de la SUNARP el control posterior de las observaciones, liquidaciones, tachas e inscripciones efectuadas por los Registradores Publicos, habiendose previsto en el articulo tercero, que la Presidencia del Tribunal Registral remitira trimestralmente los resultados del control posterior efectuado a la Superintendencia Adjunta, con las propuestas de las acciones correctivas necesarias para optimizar y mejorar el servicio registral; Que, dichos procesos comportan controles preventivos orientados a mejorar el servicio registral, siendo que los informes resultantes de los mismos vienen a ser instrumentos de gestion interna cuyos indicadores permiten conocer diversos aspectos propios de la calificacion registral, en funcion de los cuales se impone adoptar un conjunto de medidas de orden factico y juridico, que redunden en la unificacion de los criterios registrales, la reduccion de costos operativos en el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la optimizacion en el servicio registral; Que, por la naturaleza especial del procedimiento registral y en razon a la finalidad que ostentan los procesos de control de calidad, las medidas correctivas deben concretarse en la adopcion de decisiones administrativas y de administracion de orden interno, en la emision de normas que regulen diversos aspectos registrales, acciones de gestion ante otros organos o entidades del Estado para la emision de normas de su competencia y que tengan incidencia en el ambito registral, el desarrollo de programas de capacitacion al personal del area registral, asi como la difusion masiva de los requisitos que deben reunir los actos cuya inscripcion se solicita, entre otras acciones; Que, para la adecuada adopcion de las medidas correctivas citadas en los considerandos que anteceden, resulta conveniente designar una Comision permanente integrada por funcionarios y servidores de la Sede Central de la SUNARP y de sus organos desconcentrados, especializados en temas registrales y de capacitacion, que se encargue de evaluar los informes resultantes de los controles de calidad efectuados, y proponer a los organos competentes el desarrollo de dichas medidas;

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