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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (27/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G33/G30/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 27 de octubre de 2005 Artículo 3 º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada enla página web del OSINERG. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 18221 PROMPEX /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G61/G6C/G71/G75/G69/G6C/G65/G72/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G2D/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G70/G61/G63/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G4D/G6F/G64/G61/G20/G79/G20/G50/G65/G72/GFA/G48/G6F/G67/G61/G72/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 074-2005-PROMPEX/DE Lima, 19 de octubre de 2005 VISTOS:El Memorándum Nº 424-2005-PROMPEX/OGAF, Oficina General de Administración y Finanzas, el Informe Nº 296-2005-PROMPEX-OGAF/LOG, de fecha 17 de octubre del 2005, del Departamento de Logística y ServiciosAuxiliares, el Memorándum Nº 470-2005-PROMPEX/OPP,de fecha 17 de octubre del 2005, de la Oficina dePlanificación y Presupuesto y el Informe Legal Nº 021-2005-PROMPEX/OAL de fecha 19 de octubre del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Directivo de PROMPEX mediante XXXII Sesión, realizada el 25 de noviembre del 2004, aprobó el Plan Operativo Institucional de PROMPEX, para el Ejercicio Fiscal 2005, el mismo que fuera formalizado medianteResolución de Dirección Ejecutiva Nº 154-2004-PROMPEX/DE, de fecha 30 de diciembre del 2004,comprendiendo la campaña de difusión y organización delevento PERÚ MODA 2006; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 160-2005- PROMPEX/OGAF, de fecha 20 de setiembre del 2005, seincluyó en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesde la Comisión para la Promoción de Exportaciones -PROMPEX, para el ejercicio presupuestal 2005, aprobadopor Resolución Jefatural Nº 002-2005-PROMPEX/OGAF, el proceso de selección para la contratación del servicio de alquiler, construcción e implementación de un local parala realización del evento PERÚ MODA y PERÚ HOGAR2006, a celebrarse en la ciudad de Lima del 25 al 28 deabril del 2006, con el objetivo de promover e incentivar lasexportaciones de los sectores textil, confecciones, cuero, calzado, accesorios y otros complementarios; Que, mediante Memorando Nº 427-2005-PROMPEX/ OGAF, la Oficina General de Administración y Finanzascomunica que la Gerencia de Textil Confecciones yAccesorios, ha solicitado la contratación de un local parala realización del evento internacional PERÚ MODA y PERÚ HOGAR 2006; Que, mediante Informe Nº 292-2005-PROMPEX-OGAF/ LOG, de fecha 17 de octubre del 2005, el Departamento deLogística y Servicios Auxiliares de la Oficina General deAdministración y Finanzas de PROMPEX, sustenta laexoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de alquiler, construcción e implementación de un local para la realización del evento a que se refiere elconsiderando precedente; Que, el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exonerados de los procesos de Licitación, Concurso Públicoo Adjudicaciones Directas que se realicen para serviciospersonalísimos, los que se realizan en forma directamediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a unsolo proveedor, conforme lo dispone el artículo 148º del Reglamento de la referida Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, define a losservicios personalísimos como servicios especializados profesionales, artísticos, científicos o tecnológicos,procediendo la exoneración para la contratación conpersonas naturales o jurídicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular o conocimientos evidenciados de manera objetiva por laEntidad, que permitan sustentar de modo razonable eindiscutible su adecuación para satisfacer la complejidaddel objeto contractual y haga inviable la comparación conotros potenciales proveedores; Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,establece los procedimientos a que deben someterse talescontrataciones precisándose que será realizada por ladependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para tal efecto; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones dePROMPEX, el área encargada de llevar a cabo los procesosde selección de las adquisiciones y contrataciones de PROMPEX, es el Departamento de Logística y Servicios Auxiliares; Que, PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su ley de creación - Decreto Legislativo Nº 805, así como porlo establecido en su Reglamento de Organización yFunciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003- MINCETUR, el promover las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo al posicionamiento yconsolidación de los bienes y servicios en el mercadointernacional, a través de una acción concertada con elsector privado y las diferentes instituciones públicasrelacionadas con el comercio exterior del país. Buscando el desarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimiento y diversificación de la oferta exportableperuana, la capacidad de gestión de las empresasexportadoras y la apertura y consolidación de los mercadosde exportación; Que, entre las acciones que lleva a cabo PROMPEX, para la promoción de las exportaciones de bienes y servicios peruanos y mejorar la oferta exportable, seencuentra la realización conjuntamente con empresasexportadoras peruanas, de eventos especializadoscomo es el caso del PERÚ MODA y PERÚ HOGAR2006; Que, el informe Técnico emitido por el Departamento de Logística y Servicios Auxiliares, de fecha 17 de octubredel 2005, señala que el Evento PERÚ MODA y PERÚHOGAR 2006, contará con aproximadamente 300empresas expositoras nacionales de los sectores antesmencionados y más de 600 visitantes extranjeros, representantes de las principales empresas importadoras de los Estados Unidos de Norteamérica, Unión Europea,Latinoamérica y Asia, facilitando de esta manera el contactodirecto de las empresas exportadoras peruanas conpotenciales clientes del exterior; Que, para tal efecto PROMPEX requiere contar con un centro de convenciones ubicado en un distrito de la ciudad de Lima, de fácil acceso, tanto para transportepúblico como privado, que brinde un área deaproximadamente 10,500 m2, que garantice el montajede 240 stands de 9 m2 c/u, más 24 áreas planas con unmetraje total de 888 m2, para exhibición de las empresas expositoras; asimismo, debe permitir la instalación de un Business Center u oficina de coordinación e información,entre otras características; Que, el Informe Técnico elaborado por el Departamento de Logística y Servicios Auxiliares,propone la contratación del Vértice de la Cultura del Museo de la Nación, por cumplir con los requisitos señalados en el considerando precedente, cuyascaracterísticas particulares e inherentes han sidoevidenciadas de manera objetiva y que demuestran demodo razonable su adecuación para satisfacer elrequerimiento institucional para la contratación del servicio requerido, para la realización del evento internacional PERÚ MODA y PERÚ HOGAR 2006; lo quehace que dicha contratación pueda ser considerada comoun servicio personalísimo conforme lo establece el literalf) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Elloteniendo en cuenta que la realización de este evento,resulta fundamental para el desarrollo de nuestras