NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (16/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 116
TEXTO PAGINA: 89
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G34/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de setiembre de 2005 de los diez (10) días hábiles de su emisión y publicarse adicionalmente en el SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER PENNY PESTANA Jefe 15870 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G35/G36/G2D/G32/G30/G30/G35/G2F/G53/G42/G4E/G2D/G47/G4F/G2D /G4A/G41/G52/G2C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G64/G6F/G6D/G69/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G65/G72/G69/G61/G7A/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 148-2005/SBN-GO-JAR La Molina, 7 de setiembre de 2005Visto el Expediente Nº 015-2005/SBN-JAR, sustentatorio de la Resolución Nº 056-2005/SBN-GO-JARde fecha 28 de marzo de 2005, en virtud de la cual sedispuso la primera inscripción de dominio a favor del Estadodel terreno de 92 636,91 m², ubicado en el "Cerro SanCarlos", distrito de Túpac Amaru Inca, provincia de Pisco ydepartamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de laSuperintendencia de Bienes Nacionales, señala que losterrenos eriazos o ribereños se consideran bienes depropiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primerainscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 92636,91 m², de conformidad con el Artículo 3º del Decretode Urgencia Nº 071-2001, el Artículo 33º del "ReglamentoGeneral de Procedimientos Administrativos de los Bienesde Propiedad Estatal", aprobado por Decreto SupremoNº154-2001-EF, y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobadapor Resolución Nº 011-2002/SBN, modificada por laDirectiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por ResoluciónNº 014-2004/SBN, las cuales regulan el trámite de inscripciónde la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Oficio Nº 2906-2005/SBN-GO-JAR del 15 de abril se solicitó el certificado de búsqueda catastral deun terreno eriazo de 132 076,17 m², el cual comprende ensu totalidad el área de 92 636,91 m², mencionándoseexpresamente los colindantes y sus partidas registrales,entre ellos, el denominado Lote A, inscrito a nombre de laEmpresa Nacional de Edificaciones - ENACE en Liquidación,en el tomo 90, fojas 295 del Registro de Predios de Pisco; Que, en respuesta a lo anterior, mediante Certificado de Búsqueda Catastral del 16 de junio de 2004, elaboradosobre la base del Informe Técnico Nº 212-2004-Z.R.-XI/F-ICA, el Registrador Público de la Zona Registral Nº XI -Sede Pisco, certificó que el terreno eriazo de 132 076,17m² gráficamente estaba comprendido en ámbito donde nose visualiza inscripción; Que, en aplicación de la normatividad referida y sobre la base del citado Certificado de Búsqueda Catastral, seexpidió la Resolución Nº 056-2005/SBN-GO-JAR de fecha28 de marzo de 2005, en cuyo artículo 1º se dispuso laprimera inscripción de dominio a favor del Estado del terrenode 92 636,91 m², ubicado en el "Cerro San Carlos", distritode Túpac Amaru Inca, provincia de Pisco y departamentode Ica; Que, sin embargo, posteriormente, mediante Informe Técnico Nº 0287-2005-ZR-XI/CP-PISCO de fecha 27 de juliodel presente, emitido como consecuencia de la solicitud deinmatriculación a favor del Estado del área de 92 636,91 m²,se concluyó que dicha área presenta superposición parcial con el Lote A - Sector 1-A y la Habilitación Urbana "Programade Vivienda 17 de Abril", inscritos en las Partidas ElectrónicasNºs. 11005115 y 11005116, respectivamente, a nombre dela Empresa Nacional de Edificaciones - ENACE enLiquidación, cuyo antecedente más remoto es el tomo 90,fojas 295, trasladado a la Ficha Nº 247/010208, concontinuación en la Partida Electrónica Nº 11001022 delRegistro de Predios de Pisco; Que, en consideración a lo expuesto, resulta necesario excluir del área materia de primera inscripción de dominioa favor del Estado la parte superpuesta con la propiedadde ENACE, de modo que el área materia de inmatriculaciónresulta ser de 89 279,39 m²; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolución de la Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el"Reglamento de Organización y Funciones de laSuperintendencia de Bienes Nacionales", facultan a laJefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificarlos terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad deincorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir enprimera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395,Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de laSuperintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto SupremoNº 154-2001-EF, "Reglamento General de ProcedimientosAdministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal",modificado por Decreto Supremo Nº 107-2003/EF y LeyNº 27444; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico - Legal Nº 0218-2005/SBN-GO-JAR, de fecha 24 de agosto del2005; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución Nº 056-2005/SBN-GO-JAR de fecha 28 de marzo de 2005,en los términos siguientes: "Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 89 279,39 m², ubicado en el"Cerro San Carlos", distrito de Túpac Amaru Inca, provinciade Pisco y departamento de Ica, según los documentostécnicos que sustentan la presente Resolución." Artículo 2º.- La Zona Registral XI - Sede Pisco de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por elmérito de la presente Resolución efectuará la primerainscripción de dominio a favor del Estado, del terreno descritoen el artículo precedente en el Registro de Predios de Pisco. Publíquese, regístrese y comuníquese. LILIANA ALCIRA CERRÓN BALDEÓN Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 15876 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G61/G73/G69/G73/G74/G69/G72/G20/G65/G6E/G20/G63/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G61/G6C/G61/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G58/G49/G49/G20/G52/G6F/G6E/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G4E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G54/G4C/G43 ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 012-2005-REGIÓN CALLAO-CR CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico de fecha 1 de setiembre del 2005, el Viceministerio de Comercio Exterior,