NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (21/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 45
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G37/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de setiembre de 2005 natural en una profundidad de 0.30 m. adicionándole 5 cm. de material granular, mezclándolo con riegosucesivo, cercanos al óptimo contenido de humedad. LaCompactación se efectuará hasta alcanzar como mínimoel 95 % de la densidad Proctor Modificado de Laboratorio,para un índice C.B.R. de 60 como mínimo. El máximo diámetro de partículas sólidas admitidas será de 2”. Base.- Será de material granular, de cantera seleccionada que contenga proporciones adecuadas degruesos, finos y material ligante, admitiéndose comomáximo diámetro de partículas sólidas de 1 ½”mezclándose con riegos cercanos al óptimo contenido de humedad y compartiéndose hasta alcanzar como mínimo el 95 % de la densidad Proctor Modificado deLaboratorio para el índice C.B.R. de 60 como mínimo.Los espesores aprobados serán de 0.15 m. en calles y0.20 m. en avenidas. Superficie de rodadura y desgaste.- Está constituida por una carpeta asfáltica de 2” de espesor en caliente, colocada previa imprimación de base. Aceras.- Serán de concreto de calidad 140 Kg/cm2 de 0.10 m de espesor, construidos sobre una base deafirmado de 0.10 m. de base. El acabado será de mortero de cemento - arena fina preparada en proporción 1:2 y un centímetro de espesor. El radio de los abanicos en las esquinas será de 6.00 m. y en desnivel con respecto a la calzada de 0.20 m. Sardineles.- Al extremo libre de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel deconcreto de calidad y acabado igual a dichas aceras, en forma monolítica y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. En los extremos libres de las calzadas para proteger y confinar sus bordes y a nivel de dichas calzadas seconstruirá un sardinel de concreto de calidad 210 kg/cm2 y dimensiones de 0.15 x 0.30 m. Bermas Laterales.- Las bermas laterales quedarán en tierra de chacra, nivelada y compactada. Rampas peatonales.- En los extremos de los abanicos de las esquinas de las veredas se construiránrampas peatonales que conectarán los niveles superioresde las aceras y calzadas. Electricidad.- Las obras de redes eléctricas serán ejecutadas de conformidad con los proyectos que aprobará Edelnor, debiendo los interesados presentarlos documentos que acrediten esta aprobación antes dela recepción de las obras. Redes Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos aprobados por Sedapal, debiendo los interesados presentar los documentos que acrediten esta aprobación antes de la recepción de las obras. Instalaciones telefónicas.- Los servicios telefónicos serán coordinados por los interesados con la(s)empresa(s) prestadora(s) del servicio. Artículo Tercero.- Considerar de Tipo Progresivo la Habilitación Urbana Aprobada, debiendo ejecutarse losProyectos de Agua Potable y Alcantarillado, que deberáser aprobado por SEDAPAL, el Proyecto de RedesEléctricas de Distribución de Energía que deberá seraprobado por Edelnor, y el Proyecto de redes de telefonía que deberá ser aprobado por las Entidades prestadoras del servicio, dejándose diferida la construcción deveredas, sardineles, rampas peatonales, muretes deseñalización de calles, ornamentación de los parquesincluyendo veredas y bancas, así como la construcciónde la carpeta asfáltica en caliente de 2” de espesor para ser ejecutado por los adjudicatarios en un plazo máximo de diez (10) años. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Cooperativa de Vivienda de la Policía Nacional del Perú Ltda. - VIPOL,la Venta Garantizada de los Lotes de Vivienda de laHabilitación Urbana, debiéndose insertar en las Cláusulas de los Contratos de Compra Venta que celebren la indivisibilidad de los Lotes, además quedeberán gestionar la Licencia de Construcción oRegularización según el caso en la Municipalidad deComas. El Déficit del Aporte de 614.25 m2 para elMinisterio de Educación deberá ser redimido en dinero ante la mencionada entidad, así también el déficit de Aportes para Parques Zonales de 1,692.16 m2 deberáser redimido en dinero ante SERPAR, antes de la Recepción de Obras de Habilitación Urbana. Artículo Quinto.- Poner en conocimiento de la Oficina Registral de Lima y Callao para la Inscripcióncorrespondiente, a la Municipalidad Metropolitana deLima y a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, para los fines respectivos. Artículo Sexto.- Encargar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, acargo de los interesados. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 16090 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G4C/G65/G76/G61/G6E/G74/G61/G6E/G20/G73/G75/G73/G70/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G39/G39/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010 Miraflores, 20 de setiembre de 2005 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ordenanza Nº 199, publicada el 31 de julio de 2005, estableció: “Suspendertemporalmente la admisión de solicitudes de expediciónde Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios; de Anteproyecto y Proyectos definitivos de Obras Nuevas; así como solicitudes de Certificados deCompatibilidad de Usos; Licencias de FuncionamientoProvisionales y/o Definitivas; y Ampliación de Giro en eldistrito, por noventa (90) días calendario”; Que, el artículo 4º de la Ordenanza Nº 199, faculta al señor Alcalde disponer mediante Decreto de Alcaldía el levantamiento de la suspensión descrita en dichodispositivo legal, en aquellas zonas en las que no existaconflicto; Que, dado a las solicitudes de empresas y personas naturales, que desean invertir en el distrito en zonas que no se encuentren en conflicto, resulta necesario el levantamiento de la suspensión temporal para laadmisión de expedición de Certificados de ParámetrosUrbanísticos y Edificatorios; de Anteproyectos yProyectos Definitivos de Obras Nuevas; así comosolicitudes de Certificados de Compatibilidad de Usos; Licencias de Funcionamiento Provisionales y/o Definitivas; y Ampliación de Giro de determinadosinmuebles dentro de la jurisdicción de Miraflores que sedetallan en la parte resolutiva del presente Decreto; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 165-GTA.00/ MM de fecha 16 de setiembre del 2005 en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero .- Disponer el levantamiento de la suspensión temporal ordenada mediante OrdenanzaNº 199 para los inmuebles que se detallan en el anexo1, que forma parte del presente Decreto. Artículo Segundo .- Levantar la suspensión temporal de Admisión de solicitudes de los Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios para tramitar obras de remodelación, ampliación, modificación opuesta en valor; asimismo levantar la suspensión