Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2005 (21/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 21 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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VIII. FINALIDAD DE LAS VIDC Las VIDC tienen por finalidad desarrollar acciones preventivas de seguridad en Defensa Civil, pudiendo o no corresponder adicionalmente a acciones de fiscalizacion, supervision o control de calidad. La fiscalizacion, supervision o control de calidad se presentan cuando las VIDC se realizan a objetos que pueden contar con Certificado de Seguridad en Defensa Civil y/o Informe de ITSDC o que la ITSDC se encuentre en proceso. IX. PERSONAL PARTICIPANTE 1. Por parte del organo ejecutante, las VIDC deben ser realizadas por Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil en la cantidad de integrantes interdisciplinarios que el organo ejecutante determine dependiendo de la complejidad del objeto de VIDC. Los Inspectores deberan ser profesionales colegiados, salvo en el caso de la especialidad de seguridad y proteccion contra incendios que podran ser profesionales o tecnicos. El organo ejecutante debe acreditar, mediante documento cuyo formato constituye el Anexo 01 de la presente Directiva, al profesional que lo represente y actue como Responsable de la VIDC y al Inspector o Inspectores Tecnicos de Seguridad que ejecuten la VIDC. El profesional Responsable de la VIDC debe pertenecer al organo ejecutante y, de preferencia, ser Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil. 2. Adicionalmente, se debe convocar a los representantes de las Oficinas de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales o Locales y de las Direcciones Regionales de Defensa Civil del INDECI en cuya jurisdiccion se realiza la VIDC, segun corresponda. X. PROCEDIMIENTO DE VISITA DE INSPECCION DE DEFENSA CIVIL 1. La Visita de Inspeccion de Defensa Civil - VIDC se inicia con la acreditacion del personal participante por parte del organo ejecutante. 2. Para la ejecucion de la VIDC, los Inspectores participantes deben revisar y evaluar previamente los antecedentes que correspondan al objeto de la VIDC, como son las denuncias, quejas, Informes de ITSDC u otros, segun sea el caso. 3. La diligencia se inicia con la identificacion del Responsable de la VIDC en el lugar donde se encuentre ubicado el objeto de la VIDC. El Responsable debe poner en conocimiento del administrado el motivo de su presencia en el lugar, asi como la finalidad e importancia de la VIDC. 4. Los Inspectores realizaran la diligencia en forma simultanea, consignando en el Acta de Visita de Inspeccion de Defensa Civil - AVIDC las "indicaciones de cumplimiento obligatorio e inmediato" por parte del administrado. El tiempo promedio para la ejecucion de la VIDC no debe exceder 2 de 20 minutos, salvo excepciones dependiendo del grado de complejidad y/o envergadura. 5. En caso de existir impedimento y/o resistencia para la ejecucion de la diligencia por parte del administrado, esta se debe suspender dejando MORDAZA del hecho en el AVIDC. Asimismo, el organo ejecutante debera reprogramar la diligencia, solicitando el MORDAZA de la fuerza publica. 6. La VIDC puede estar documentada a traves de fotografias, videos y/o cualquier otro medio. 7. Ante la existencia de un "punto critico de seguridad en Defensa Civil" a nivel estructural, que consigne como indicacion que el objeto de la VIDC se debe EVACUAR E INHABILITAR PARA SU USO por implicar riesgo alto (grave) a la MORDAZA humana, se debe dar por finalizada la diligencia siendo innecesario continuar la evaluacion. 8. La VIDC finaliza con la notificacion del AVIDC al administrado.

XI. ACTA DE VISITA DE INSPECCION DE DEFENSA CIVIL 1. El Acta de Visita de Inspeccion de Defensa Civil AVIDC es el documento donde se deja MORDAZA de lo observado en la VIDC. Constituye la materializacion de la VIDC y contiene la siguiente informacion: - La informacion administrativa sobre el objeto de la VIDC. - Los "puntos criticos de seguridad en Defensa Civil" y las "indicaciones de cumplimiento obligatorio e inmediato". - La evaluacion preliminar del riesgo. - La indicacion del MORDAZA de ITSDC que corresponde al objeto de la VIDC. El AVIDC de fecha y/u hora posterior prevalece sobre la anterior, cuando corresponda al mismo objeto de VIDC. 2. El formato AVIDC es unico y pre numerado, siendo responsabilidad del organo ejecutante su buen uso y correcta administracion. El formato AVIDC corresponde al ANEXO 2 de la presente Directiva3 . 3. El formato de AVIDC debe ser llenado en original y dos (2) copias: - Original para el organo ejecutante. - Primera MORDAZA para el administrado. - MORDAZA MORDAZA para el organo convocado del SINADECI en cuya jurisdiccion se encuentra el objeto de la VIDC. 4. En la par te del for MORDAZA AVIDC "OTRAS OBSERVACIONES", se consignaran indicaciones no contenidas en la lista de verificacion, tales como las referidas a la falta de condiciones de seguridad cuya verificacion sea competencia de otra entidad (OSINERG, DICSCAMEC, DIGESA, entre otros). Ademas, cuando el objeto de VIDC cuente con Certificado de Seguridad en Defensa Civil y/o Informe de ITSDC favorable y se verifique una variacion de las condiciones de seguridad en Defensa Civil, se consignara una breve referencia en ese sentido. 5. De verificarse por lo menos un "punto critico de s e g u r i d a d e n D e fe n s a C i v i l " e " i n d i c a c i o n d e cumplimiento obligatorio e inmediato" calificada como riesgo alto (grave), la evaluacion preliminar de riesgo del objeto de la VIDC corresponde a riesgo alto (grave). En tal caso el AVIDC debe ser sellada en MORDAZA hojas con un sello de 6 x 1 centimetros en tinta roja, que consigne la frase "RIESGO ALTO (GRAVE)". 6. El AVIDC debe ser firmada por: - Suscriptores obligatorios: el Responsable de la VIDC, los lnspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, el personal convocado adicionalmente quienes pueden hacer constar sus observaciones en caso de disconformidad con el contenido del AVIDC. - Suscriptores facultativos: el representante de la Policia Nacional del Peru, del Ministerio Publico, del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru u otro funcionario que MORDAZA estado presente en la diligencia, quienes suscribiran el AVIDC en calidad de testigos.

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Para ello se debera utilizar con caracter obligatorio la lista de verificacion que forma parte del formato de AVIDC, la cual permite ponderar objetivamente el nivel de riesgo existente. Esta disponible en la pagina web del INDECI. Las Oficinas de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales y Locales pueden recabar la version electronica en las Direcciones Regionales de Defensa Civil del INDECI de su jurisdiccion.

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