Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2005 (21/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de setiembre de 2005

Comercio Exterior y Turismo de MORDAZA y el Colegio Militar "Pedro MORDAZA Gallo" han actualizado sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos; Que, mediante Informe Nº 578-2005/GRP-460000, de fecha 20 de junio del 2005, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, emite opinion respecto al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de MORDAZA, senalando observaciones en los procedimientos 05 y 06 que contempla los Recursos de Reconsideracion y de Apelacion; luego con Memorandum Nº 278-2005/ GOB.REG.PIURA-420040-OTA, de fecha 5 de MORDAZA del 2005, el Director Regional de Comercio Exterior y Turismo remite el MORDAZA con las correcciones planteadas por la Oficina Regional de Asesoria Juridica; Que, mediante Informe Nº 077-2005/GRP-410300, de fecha 14 de MORDAZA del 2005, la Oficina de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ha alcanzado al Consejo Regional el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional MORDAZA con las visaciones respectivas de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Regional; Que, mediante Informe Nº 421-2005-G.R.P-460000, de fecha 9 de MORDAZA del 2005, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, emite opinion respecto al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Colegio Militar "Pedro MORDAZA Gallo" del Gobierno Regional MORDAZA, senalando algunas observaciones, recomendando las correcciones pertinentes; luego a traves de Oficio Nº 334-2005GOB.REG.PIURA-DREP-CMPRG-PPTO, de fecha 30 de MORDAZA del 2005, la Direccion del Colegio Militar "Pedro MORDAZA Gallo" remite el respectivo MORDAZA con las recomendaciones hechas por la Oficina Regional de Asesoria Juridica; Que, mediante Informe Nº 079-2005/GRP-410300, de fecha 3 de agosto del 2005, la Oficina de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ha alcanzado al Consejo Regional el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Colegio Militar "Pedro MORDAZA Gallo" del Gobierno Regional MORDAZA con las visaciones respectivas de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria Nº 07, de fecha 19 de agosto del 2005, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS MODIFICADOS DE LA DIRECCION REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO MORDAZA Y DEL COLEGIO MILITAR "PEDRO MORDAZA GALLO" DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Articulo Primero.- Dejese sin efecto el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- de la DIRECCION REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO, que fue aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 035-2004/GRP-CR. Articulo Segundo.- Apruebese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- modificado de la DIRECCION REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO, que consta de veintiseis (26) Procedimientos Administrativos, de conformidad con los MORDAZA anexos que forman parte de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Dejese sin efecto el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- del Colegio Militar "Pedro MORDAZA Gallo", que fue aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 035-2004/GRP-CR. Articulo Cuarto.- Apruebese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- modificado del COLEGIO MILITAR "PEDRO MORDAZA GALLO", que consta de ocho (8) Procedimientos Administrativos y cuarenta

y cinco (45) Servicios, de conformidad con los MORDAZA anexos que forman parte de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de agosto del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) del Consejo Regional MORDAZA POR LO TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de agosto del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 16097

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban Beneficio Tributario en el distrito
ORDENANZA Nº 163-MDB

Brena, 19 de setiembre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; VISTO: El Informe Nº 1266-2005-UR-SGAT-GAR/MDB de fecha 16 de setiembre del 2005 de la Unidad de Rentas y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la MORDAZA IV de Titulo Preliminar del Codigo Tributario establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, conforme la MORDAZA parte del articulo 41º del Codigo Tributario, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, es necesario otorgar incentivos tributarios condonando los reajustes, intereses moratorios y multas tributarias de aquellos contribuyentes e infractores que por distintas razones no hayan cumplido con sus obligaciones tributarias; Con las atribuciones que confiere los Incs. 8) y 9) del ar ticulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente:

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