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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (21/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G37/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de setiembre de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 3350-2005-GO/RENIEC emitido por la Gerencia de Operaciones, Oficio Nº 1385-2005-GPP/RENIEC y el Informe Nº 1090-2005-GAJ/RENIEC emitidopor la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, es el organismo encargado de manera exclusiva yexcluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como registrar los nacimientos,matrimonios, defunciones y los actos referidos a lacapacidad y al estado civil; Que, mediante la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades,organizaciones, procedimientos, con la finalidad demejorar la gestión pública y construir un Estadodemocrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 530-2003 JEF/ RENIEC de fecha 7 de noviembre del 2003 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la EstructuraOrgánica del RENIEC; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 531-2004- JEF/RENIEC de fecha 21 de setiembre de 2004 seaprobó la actualización de la Directiva DI-001-JEF/001 "Formulación de los Documentos de Gestión Interna", segunda edición; Que, es necesario contar con documentos de gestión que posibiliten la adecuada expedición de publicidadregistral de los hechos inscribibles en el Registro delEstado Civil a cargo del RENIEC, producto de la transferencia de funciones y del acervo documentario establecida en la Primera Disposición Complementariade la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil - RENIEC, Ley Nº 26497; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil e inciso h) del artículo 11ºdel Reglamento de Organización y Funciones deRENIEC aprobado mediante Resolución JefaturalNº 530-2003-JEF/RENIEC, del 7 de noviembre del 2003; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Guía de Procedimientos GP-110-GO/028 sobre "Expedición deCopias Certificadas de Actos Registrales y Extractos". Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto la difusión de la Guía de Procedimientos GP-110-GO/028 sobre "Expedición deCopias Certificadas de Actos Registrales y Extractos",conforme a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento de la Gerencia de Auditoría Interna el contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 16164 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65 /G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6E/G61/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G2C/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G2D/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G72/GE1/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G73/G6F/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G6E/G69/G76/G65/G6C/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 934-2005-JEF/RENIEC Lima, 14 de setiembre del 2005VISTO: El Informe Nº 1089-2005-GAJ/RENIEC de fecha 14 de setiembre del 2005 de la Gerencia de AsesoríaJurídica y el Oficio Nº 3098-2005-GO/SGREC/RENIECde fecha 24 de agosto del 2005 de la Gerencia de Operaciones; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil como un organismo autónomo de derecho público interno, encargado por disposición de la Constitución Política delEstado, de organizar y mantener el Registro Único deIdentificación de las Personas Naturales e inscribir loshechos vitales y actos relativos a su capacidad y estadocivil; Que, para efectos de las inscripciones a su cargo, el artículo 4º de la Ley Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil - RENIEC, Ley Nº 26497,establece que la inscripción en el Registro se efectuarábajo criterios simplificados, mediante el empleo deformularios y de un sistema automático computarizado de procesamiento de datos, que permita la confección de un Registro Único de Identificación de todas lasPersonas Naturales, así como la asignación de un CódigoÚnico de Identidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 924-2005- JEF/RENIEC de fecha 13 de setiembre del 2005, se dispuso la conformación de una comisión de transferencia que representará al RENIEC a efectos deviabilizar la incorporación real, efectiva y progresiva decada una de las oficinas del registro del estado civil dela provincia de Lima, dando cumplimiento a lo dispuestoen la Primera Disposición Complementaria de la Ley Orgánica del RENIEC; Que, a efectos de cumplir con lo dispuesto en los artículos 4º y 62º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM,Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil - RENIEC, es necesarioestablecer los formatos de extractos de inscripciones de nacimientos, matrimonio y defunción que obran en el acervo documentario de las oficinas del registro del estadocivil que se incorporen progresivamente al RegistroNacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, losmismos que tendrán carácter de documento público; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad con la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil, y conforme a las atribuciones conferidas en el incisoh) del artículo 11º del Reglamento de Organización yFunciones, aprobada mediante Resolución JefaturalNº 530-2003-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los formatos de extractos de inscripciones de nacimientos, matrimonios ydefunciones obrantes en los Libros de las Oficinas del Registro del Estado Civil de las Municipalidades del país, cuyo acervo documentario se incorporará progresiva yfísicamente a la Entidad, en cumplimiento a lo dispuestoen la Primera Disposición Complementaria de la LeyOrgánica del RENIEC- Ley Nº 26497, los cuales formanparte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Los formatos aprobados serán de uso obligatorio a nivel nacional en las agencias ypuntos de atención del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil - RENIEC que seanautorizadas a expedirlos. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia de Administración y a la Gerencia de Operaciones, la implementación y distribución de los formatos aprobadosmediante la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional