Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2005 (25/09/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 300966

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de setiembre de 2005

partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 16450

Resolucion Fecha de Nº publicacion 005-97/CDS- 1997/03/16 INDECOPI 006-97/CDS- 1997/04/23 INDECOPI

Producto Calzado Etiquetas Tejidas

Pais/es China MORDAZA

Fecha de caducidad 2002/03/16 2002/04/23

INDECOPI
Declaran que los derechos antidumping impuestos a las importaciones de calzado de origen MORDAZA mediante Resolucion Nº 005-97-INDECOPI/CDS solo estuvieron vigentes hasta el 15 de marzo de 2002
COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS

RESOLUCION Nº 122-2005/CDS-INDECOPI MORDAZA, 19 de setiembre de 2005 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Vistos, la Resolucion Nº 005-97-INDECOPI/CDS y el aviso publicado el dia 10 de diciembre de 2001 en el Diario Oficial El Peruano; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 005-97-INDECOPI/ CDS, publicada en el Diario Oficial El Peruano los dias 15 y 16 de marzo de 1997, la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios (en adelante la Comision) dispuso la aplicacion de derechos antidumping definitivos sobre las impor taciones de calzado originarios o procedentes de la Republica Popular China (en adelante China), conforme lo establecido en el Anexo I que forma parte integrante de la mencionada Resolucion; Que, el dia 28 de noviembre de 2001, la Comision acordo la publicacion de un aviso en el Diario Oficial El Peruano donde se debia comunicar cuales eran los derechos antidumping que caducarian en el ano 2002; ello con el objetivo de alertar a las partes interesadas sobre la proximidad de la fecha de caducidad de los mencionados derechos antidumping para que, en caso hubiera alguna parte que considerase necesaria la per manencia de dichos derechos por un periodo adicional, pudieran interponer MORDAZA de esa fecha una solicitud para la revision del caso (conocida como "sunset review" o revision por expiracion de medidas antidumping); Que, conforme al mencionado acuerdo, el 10 de diciembre de 2001 se publico en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del INDECOPI la relacion de derechos antidumping cuya fecha de caducidad estaba prevista para el ano 2002. El mencionado aviso publico indicaba lo siguiente: Caducidad de derechos antidumping definitivos La Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios del Instituto de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad IntelectualINDECOPI, pone en conocimiento de las par tes interesadas (productores nacionales, importadores, exportadores, entro otros) la fecha de caducidad de los derechos antidumping definitivos vigentes prevista para el ano 2002.

Que, la Comision, para este caso concreto, opto por aplicar a los derechos antidumping impuestos mediante Resolucion Nº 005-97-INDECOPI/CDS, el plazo de vigencia de cinco (05) anos establecido en el Decreto Supremo Nº 043-97-EF (ahora Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM) y en el Acuerdo Antidumping de la OMC; Que, no se presento ninguna solicitud debidamente fundamentada para el examen de los derechos antidumping definitivos impuestos mediante Resolucion Nº 005-97-INDECOPI/CDS; Que, el articulo 33 del Decreto Supremo Nº 006-2003PCM establece que las resoluciones que supriman derechos antidumping definitivos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; por lo que resulta necesario subsanar la omision en la publicacion de la resolucion que suprime los derechos antidumping al calzado de origen MORDAZA establecidos mediante Resolucion Nº 00597-INDECOPI/CDS; Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 0062003-PCM y el articulo 22º del Decreto Ley Nº 25868; Estando a lo acordado unanimemente en su sesion del 19 de setiembre de 2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que los derechos antidumping impuestos a las importaciones de calzado de origen MORDAZA mediante Resolucion Nº 005-97-INDECOPI/CDS, solo estuvieron vigentes hasta el 15 de marzo de 2002. Articulo 2º.- Aclarar que los derechos antidumping impuestos a las importaciones de calzado de origen MORDAZA y taiwanes, establecidos mediante Resolucion Nº 0012000/CDS-INDECOPI, siguen vigentes al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 133-91-EF. Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion al Gobier no de la Republica Popular China, y a la Superintendencia Nacional de Administracion TributariaSUNAT, a fin que proceda conforme a lo establecido en la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano por una vez, conforme a lo establecido en el articulo 33 del Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PIAZZA Presidente Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios 16401

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la ONP para el ejercicio 2005
RESOLUCION JEFATURAL Nº 101-2005-JEFATURA/ONP

MORDAZA, 19 de setiembre de 2005

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.