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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (25/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G39/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de setiembre de 2005 VISTO: El Memorándum Nº 508-2005-GA/ONP de fecha 16 de Setiembre de 2005, emitido por la Gerencia de Administración, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 006-2005- JEFATURA/ONP de fecha 26 de enero de 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesde la Oficina de Normalización Previsional para el Ejercicio Presupuestal 2005; Que, conforme al documento del visto, el surgimiento de nuevos requerimientos ha dado origen a la necesidad de incluir estos procesos de selección en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Oficina deNormalización Previsional para el Ejercicio Presupuestal 2005, cuya descripción se detalla en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolución; Que, asimismo mediante documento del visto se solicita la exclusión de algunos procesos de selección del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de laOficina de Normalización Previsional para el Ejercicio Presupuestal 2005, cuya descripción se detalla en el Anexo Nº 02 que forma parte integrante de la presenteResolución; Que, de conformidad con el Artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Plan Anual se modifica cuando se tenga que incluir o excluir procesos de selección o cuando se modifique la cantidadprevista de bienes, servicios u obras en más de veinticinco por ciento del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección. Asimismo, señala que la aprobación de lasmodificaciones será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad y el documento que aprueba dicha modificación deberá serpublicado en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y demás disposiciones complementarias y modificatorias y en uso de lasfacultades conferidas por el inciso 4. del Artículo 5º de la Ley Nº 28532, Ley que establece la Reestructuración Integral de la Oficina de Normalización Previsional (ONP)y la Resolución Suprema Nº 018-2004-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Oficina deNormalización Previsional para el Ejercicio Presupuestal del año 2005, la inclusión de los procesos de selección que se detallan en el Anexo Nº 01 que forma parteintegrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Oficina deNormalización Previsional para el Ejercicio Presupuestal del año 2005, la exclusión de los procesos de selección que se detallan en el Anexo Nº 02 que forma parteintegrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administración proceda a publicar la presente resoluciónen el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobada, así como en laen la página web de la ONP. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER BERNARDO PENNY PESTANA Jefe 16391SUNAT /G44/G65/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6D/GED/G6E/G69/G6D/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G69/G6D/G70/G6F/G72/G74/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61 /G72/G65/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G61/G6C/G6D/G61/G63/G65/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G64/G61/G74/G6F/G73/G2C/G20/G61/G75/G64/G69/G6F/G20/G79/G20/G76/G69/G64/G65/G6F CIRCULAR Nº 020-2005/SUNAT/A 20 de setiembre de 2005 1. MATERIA : Descripciones mínimas en las importaciones de bienes relacio- nados con la reproducción y elalmacenamiento de datos, audio y video. 2. OBJETIVO : Establecer una correcta clasifi- cación arancelaria y deter-minación del Valor en Aduana en las importaciones de bienes relacionados con la reproduccióny el almacenamiento de datos, audio y video. 3. BASE LEGAL : Instructivo de Trabajo de la Declaración Única de Aduanas,Ejemplar B, INTA-IT.00.04. 4. INSTRUCCIONES : Estando a lo dispuesto por la Tercera Disposición Complementaria del Texto Único Ordenado de la LeyGeneral de Aduanas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 129-2004-EF; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2005-EF; en uso delas facultades conferidas por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso g) del artículo 23º delReglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 115-2002-PCM; se hace de conocimiento lo siguiente: 4.1 La presente circular, es de aplicación obligatoria para la Importación Definitiva, Importación Temporal y Admisión Temporal de los bienes relacionados con lareproducción y el almacenamiento de datos, audio y video que se clasifican en las siguientes subpartidas nacionales del arancel de aduanas: 3923.10.00.00 3923.21.00.00 3923.29.00.90 3923.90.00.004819.50.00.00 8521.10.00.00 8521.90.00.00 8523.11.00.008523.13.00.00 8523.90.90.00 4.2 Por consiguiente, el importador debe consignar la información correspondiente a la descripción en las siguientes casillas del ejemplar B de la DUA. 5.11 Cantidad Unidad Comercial: Las unidades comerciales de medida a ser consignadas son: U(Unidad). 5.12 Nombre Comercial: Se indica el nombre comercial con el cual se identifican los bienesrelacionados con la reproducción y el almacenamiento de datos, audio y video de acuerdo a la Tabla Nº 1. 5.13 Marca Comercial : Se indica la marca comercial con la que se identifica al bien. Esta es asignada por elfabricante, el vendedor o el importador. 5.14 Modelo: Se indica el modelo que cada fabricante otorga al bien relacionado con la reproduccióny el almacenamiento de datos, audio y video.