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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G30/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de abril de 2006 Artículo 4º.- La presente Resolución regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. Publíquese, regístrese y comuníquese. GONZALO GARLAND ITURRALDE Presidente del Directorio (e)Autoridad Portuaria Nacional 05831 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G50/G53/G20/G43/G68/G61/G76/GED/G6E/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G45/G74/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G6C /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G22/G4D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G54/G72/G61/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G67/G75/G61/G20/G50/G6F/G74/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G72/G61/G7A/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 082-2006-VIVIENDA Lima, 31 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, sólo se aprueban porresolución del Titular del Pliego, la misma que debe serpublicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, lasTransferencias Financieras que realiza el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicios deSaneamiento Municipales-EPS; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función de dicho Ministerio, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionalesy locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano ysaneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidadcon el literal l) del artículo 8º del Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece comouna de sus funciones generales, la de generarcondiciones para el acceso a los servicios desaneamiento en niveles adecuados de calidad ysostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, la OPI VIVIENDA del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento declaró la viabilidad delproyecto “Mejoramiento del Sistema de Tratamiento deAgua Potable de la localidad de Caraz ”, cuyo costoasciende a la suma de S/.1 409 802,00, el mismo que tiene Código de SNIP 7635; Que, el mencionado proyecto se llevará a cabo en dos etapas: la Primera Etapa consistente en laconstrucción de unidades de tratamiento en la Plantapara el mejoramiento de la operación, por un costoascendente a la suma S/. 700 000,00 y la Segunda Etapa consistente en la construcción de nuevas estructuras de captación y desarenador para ampliar su capacidad,por un costo ascendente a la suma de S/. 709 802,00; Que, mediante Informe Técnico Nº 002-2006-MVCS/ VMCS-DNS, la Dirección Nacional de Saneamiento haemitido opinión favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavín S.A.-EPS CHAVÍN S.A., para laejecución de la Primera Etapa del proyecto a que se refiereel considerando anterior por un monto total de S/.600 000,00; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28652; así como en la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para laEjecución del Proceso Presupuestario del GobiernoNacional para el Año Fiscal 2006 aprobada conResolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por un monto de S/. 600 000,00 (SEISCIENTOS MIL y 00/ 100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor de la Entidad Prestadora de Servicios deSaneamiento Chavín S.A. -EPS CHAVIN S.A., para laejecución de la Primera Etapa del Proyecto“Mejoramiento del Sistema de Tratamiento de AguaPotable de la localidad de Caraz “ . Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo alpresupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 dela Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamientodel Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,Actividad 1 00060 Asistencia a las Instituciones Privadas y Públicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisoscorrespondiente. Artículo 3º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentranprevistos en el Convenio Específico de Co-financiamiento de Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través delViceministro de Construcción y Saneamiento y la EntidadPrestadora de Servicios de Saneamiento Chavín S.A.-EPS CHAVÍN S.A., con intervención de la MunicipalidadProvincial de Huaylas. Artículo 4º.- Autorizar al Viceministro de Construcción y Saneamiento, Sr. Otto Juan NorbertoElespuru Nesanovich a suscribir el Convenio a que serefiere el artículo precedente. Artículo 5º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 3º de lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 05998 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/GE9/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C /G43/G75/G72/G73/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G46/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G70/G69/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G4D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G2D/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G2C/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G6F/G20/G79/G20/G54/G65/G72/G63/G65/G72/G4E/G69/G76/G65/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN Nº 011-2006-AMAG-CD Lima, 29 de marzo de 2006 VISTO: El Informe Nº 097-2006-AMAG/DG por el cual la señora Directora General, eleva la propuesta del"Reglamento del Concurso Público de Méritos para laAdmisión al Curso de Formación de Aspirantes aMagistrados - Primer, Segundo y Tercer Nivel de laMagistratura", con las incorporaciones al presente Reglamento de las observaciones formuladas por los señores consejeros y el acuerdo del Pleno del ConsejoDirectivo de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 151º de la Constitución Política del Estado, establece que la Academia de la Magistratura,se encarga de la formación y capacitación de jueces yfiscales en todos sus niveles, para los efectos de suselección;