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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G39/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de abril de 2006 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Viajes al Exterior 2006 del MINCETUR, aprobado por ResoluciónMinisterial Nº 053-2006-MINCETUR/DM, incluyendo el viaje a la ciudad de Pekín, República Popular China, para la realización de las actividades logísticas y decoordinación del "Festival Gastronómico Peruano" a llevarse a cabo en el marco de la exposición "Los Tesoros de los Incas y sus Ancestros". Artículo 2º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Pekín, República Popular China, de la señora Emperatriz Aliaga Manassevitz, quien presta servicios en la Gerencia deMarketing e Imagen de PromPerú, del 13 al 21 de abril de 2006, para que en representación de la entidad se encargue de las actividades logísticas y de coordinacióndel "Festival Gastronómico Peruano". Artículo 3º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuestode la Unidad Ejecutora 003, Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 260,00 x 7 ½ días) : US$ 1 950,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 920,00- Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 4º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución, presentará al Titular del Sector un informe detallado sobre lasacciones realizadas y los logros obtenidos durante el viaje que se autoriza. Asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 5º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 06835 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G42/GE9/G6C/G67/G69/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G49/G58/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G69/G78/G74/G61/G20/G43/G41/G4E /G2D/G20/G55/G45/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G61/G73/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 131-2006-MINCETUR/DM Lima, 7 de abril de 2006Visto, el Memorándum Nº 209-2006-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, durante la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea y de los países de América Latina y el Caribe - Cumbre UE-ALC, celebrada en losEstados Unidos Mexicanos en mayo de 2004, la UE y la Comunidad Andina -CAN, consideraron como objetivo estratégico la celebración de un Acuerdo de Asociaciónentre ambas, que incluyera una zona de libre comercio; Que, durante la VIII Reunión de la Comisión Mixta CAN - UE, llevada a cabo en el Reino de Bélgica enenero de 2005, se realizó la apertura oficial del ejercicio de evaluación conjunta de la integración económica regional en la Comunidad Andina y se creó un Grupomixto de Trabajo Ad hoc, que se ocupará de los aspectos técnicos de la evaluación conjunta; Que, en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, el día 20 de abril de 2006, se llevará a cabo la IX Reunión de la Comisión Mixta CAN - UE, con una reunión previa de coordinación andina el día 18 de abril de 2006 y una reunióntécnica preparatoria, a realizarse el día 19 de abril de 2006; Que, corresponde al Viceministerio de Comercio Exterior formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar losplanes y programas de desarrollo en materia de comercio exterior e integración, acorde con la política general delEstado, determinando la estrategia de conducción de las negociaciones de la Agenda Comercial en el marco de los esquemas de integración y los foros de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; Que, por ser de interés institucional, el Viceministro de Comercio Exterior solicita que se autorice el viaje de los señores José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacionalde Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor, profesional que presta servicios de asesoría del Viceministerio de ComercioExterior, para que en representación del MINCETUR, participen en dichas reuniones; De conformidad con las Leyes Nºs. 27790, 27619 y 28652, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 002- 2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y Hortencia ElvaRosa Rodríguez Pastor, profesional que presta servicios de asesoría en el Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 16 al 21 de abril de 2006,para que en representación del MINCETUR participen en los eventos mencionados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución Ministerial estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo alsiguiente detalle: Pasajes (US$ 1 536,00 x 2) : US$ 3 072,00 Viáticos (US$ 260,00 x 7 días x 2) : US$ 3 640,00 Tarifa CORPAC (US$ 30,25 x 2) : US$ 60,50 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar alTitular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante la reunión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendiciónde cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechosaduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 06837 ECONOMÍA Y FINANZAS /G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G43/G49/G46/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20 /G56/G61/G72/G69/G61/G62/G6C/G65/G41/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6F/G20/G72/G65/G62/G61/G6A/G61/G20/G61/G72/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G72/G69/G61/G20/G61/G69/G6D/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/GED/G7A/G2C/G20/G61/G7A/GFA/G63/G61/G72/G2C/G20/G61/G72/G72/G6F/G7A/G20/G79/G6C/GE1/G63/G74/G65/G6F/G73 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 008-2006-EF/15 Lima, 18 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modificó el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados porResolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 074-2005-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maíz, Arroz yLácteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-EF y la Tabla Aduanera del Azúcar a que se refiere