Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2006 (19/04/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 19 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 316929

irregularidades en las etapas de contratacion y ejecucion de la Obra "Rehabilitacion y Mejoramiento a Nivel de Asfaltado de la Carretera MORDAZA - Sapallanga - Pucara", referidas a: elaboracion de bases deficientes, al no definir con precision los criterios de calificacion; apertura de sobres y otorgamiento de la buena pro, sin contarse con el quorum correspondiente, permitiendo que un postor continuara en el MORDAZA a pesar de que no habia alcanzado el requisito minimo de admisibilidad, por lo que el MORDAZA debio ser declarado desierto; suscripcion del contrato sin que el postor ganador MORDAZA adjuntado la Carta Fianza, no obstante que de acuerdo a dicho contrato su entrega se hacia a la firma del mismo; autorizacion de suministro de combustible MORDAZA del otorgamiento de la buena pro; falta de cautela del cumplimiento de las condiciones contractuales y de la oferta del proveedor ganador, al permitir el uso de vehiculos de la propia Entidad para recoger el combustible cuya entrega en la obra era de competencia de dicho proveedor; hechos que constituyen indicios razonables de la comision de los delitos de Negociacion Incompatible con el Cargo y de Falsedad Generica, previstos y penados en los articulos 397º, vigente al momento en que ocurrieron los hechos, y 438º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables y los hechos comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el Articulo 22º, inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos y contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 06732 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 112-2006-CG MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2006 VISTO; el Informe Especial Nº 038-2006-CG/SP, resultante del Examen Especial practicado a la Cor poracion Peruana de Aeropuer tos y Aviacion Comercial S.A. - CORPAC S.A., por el periodo comprendido entre enero - diciembre 2004, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso una accion de control a la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial S.A. - CORPAC S.A., con la finalidad de determinar si los procesos de adquisicion y contratacion de bienes y servicios realizados por CORPAC S.A. durante el ano 2004 se realizaron de acuerdo a las disposiciones aplicables y vigentes al caso;

Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que en la adquisicion de tres (3) equipos incineradores por parte de CORPAC S.A., para los Aeropuertos de MORDAZA, MORDAZA y Tacna, solo uno de estos equipos fue entregado e instalado, no obstante haberse cancelado el integro del valor pactado en el contrato suscrito con la empresa proveedora, bajo el sistema de Suma Alzada, por la suma de US$ 71 490,00; evidenciandose un interes indebido al otorgarle facilidades al contratista ante el incumplimiento de los plazos establecidos contractualmente para la entrega e instalacion de los equipos incineradores; hechos que hacen presumir la existencia de indicios razonables de la comision del delito de Aprovechamiento Indebido del Cargo, previsto y penado en el articulo 397º del Codigo Penal, vigente al momento de ocurridos los hechos; Que, de conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 06733 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 113-2006-CG MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2006 VISTO, el Informe Especial Nº 039-2006-CG/ORPI, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de El Alto, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, periodo 01.Ene.2002 31.Dic.2003, habiendose MORDAZA dicho alcance a periodos anteriores; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Acciones de Control de la Oficina Regional de Control MORDAZA, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de la correspondiente accion de control a la Municipalidad Distrital de El Alto, provincia de Talara, departamento de Piura; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha evidenciado, que la entidad, otorgo en el periodo 1997 - 1998 viaticos al ex MORDAZA por la suma de S/. 11 511,50 de los cuales S/. 925,53, se encuentran pendientes de rendicion; asimismo, presento documentacion sustentatoria que no guarda relacion con la fecha de la comision de servicios por la suma de S/. 3 204,00, asi como documentacion carente de veracidad por el importe de S/. 1 375,00; ocasionando un perjuicio economico ascendente a S/. 5 504,53 en desmedro de la entidad; hechos que configuran indicios razonables de la comision de los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.