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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (19/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G39/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de abril de 2006 al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 0544-2006-MTC/12.04-SDO designandoal inspector Adolfo Alberto Mecklenburg Raschio, para realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrenamiento CAE,en la ciudad de Santiago, República de Chile, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A., durante los días 19 al 20 de abril de 2006; Que, constituyendo una acción que busca asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos por la Dirección General de Aeronáutica Civil para el presenteaño, el viaje al exterior del Inspector mencionado, resulta indispensable para el cumplimiento de las facultades de supervisión e inspección de todas las actividadesaeronáuticas civiles, a fin de garantizar la seguridad de las operaciones aéreas en concordancia con las normas técnicas vigentes; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21 de enero de 2006; Que, el artículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002- 2006, establece que "mediante Resolución del Titular del Sector deberá aprobarse y publicarse el Plan Anual deViajes del Sector, antes del 15 de febrero de 2006, el cual pormenorizará la relación de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos considerando que elgasto presupuestado, con cargo a los recursos públicos, deberá ser reducido en un veinte por ciento (20%) con relación al ejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad"; Que, con Resolución Ministerial Nº 133-2006-MTC/ 01, de fecha 15 de febrero de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de febrero de2006, se aprobó el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2006, en el cual se encuentra incluido el viaje deinspección solicitado; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contraela Orden de Inspección Nº 0544-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28652, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006, elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Resolución Ministerial Nº 133-2006-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Adolfo Alberto Mecklenburg Raschio, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Santiago, República deChile, durante los días 19 al 20 de abril de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos deAcotación Nºs. 8334 y 8875, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones porconcepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 400.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presenteResolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, concopia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06756 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G45/G75/G72/G6F/G70/G65/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G22/G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G46/GED/G73/G69/G63/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G2F/G45/G6A/G65/G20/G56/G69/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G31/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 313-2006-MTC/09 Lima, 12 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de noviembre del 2005 se ha suscrito el Convenio de Financiación entre la Comunidad Europea, el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República del Ecuador, para financiar elProyecto ALA/2005/017-545 "Apoyo a la Integración Física Regional / Eje Vial Nº 1 Perú-Ecuador", cuyo costo total se estima en Sesenta y Tres Millones CuatrocientosSesenta Mil y 00/100 Euros ( 63 460 000,00), comprometiéndose la Comunidad Europea a contribuir a la financiación del proyecto por un importe máximo de Cincuentay Un Millones y 00/100 Euros ( 51 000 000,00), fijándose la contribución financiera de Perú-MTC en Seis Millones Quinientos Ochenta Mil y 00/100 Euros ( 6 580 000,00) yla de Ecuador-MOP en Cinco Millones Ochocientos Ochenta Mil y 00/100 Euros ( 5 880 000,00); Que, en el marco del referido Convenio de Financiación, la Directora Binacional de la Unidad de Gestión del Proyecto, mediante Carta de fecha 01 de marzo del 2006 señala que, el monto de donación de laComunidad Europea que corresponde al Gobierno Peruano asciende a Veintitrés Millones Setecientos Sesenta y Un Mil Ochocientos Sesenta y Dos y 00/100Euros ( 23 761 862,00); Que, según el Numeral III.1.1., Anexo II, del mencionado Convenio, la Unidad de Ejecución delProyecto en Perú es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de Provías Nacional, por lo cual mediante el Memorándum Nº 370-2006-MTC/20solicita la aceptación de la donación dineraria proveniente de la Comunidad Europea, hasta por Veintitrés Millones Setecientos Sesenta y Un MilOchocientos Sesenta y Dos y 00/100 Euros ( 23 761 862,00); Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas oprivadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de laEntidad y publicadas en el Diario Oficial El Peruano cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Estando a lo informado por la Oficina General de Planificación y Presupuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411-Ley General del SistemaNacional de Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la donación dineraria de la Comunidad Europea, hasta por la suma de VEINTITRÉSMILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL