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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (19/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G39/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de abril de 2006 % DE MONTO URP (S/.) k) Por exhorto: Dentro del Distrito Judicial 10,0% 34,00 Otro Distrito Judicial 20,0% 68,00 Al Extranjero 50,0% 170,00 l) Por Otorgamiento de Poder por Acta 10,0% 34,00 4.- Por actos procesales cuyo valor de pretensión sea mayor de mil (1000) hasta dos mil (2000) URP a) Por ofrecimiento de pruebas o por calificación de Título ejecutivo o de ejecución. 45,0% 153,00 b) Por ofrecimiento de pruebas en Excepciones y Defensas Previas. 45,0% 153,00 c) Por solicitud de Nulidad de actos procesales 16,0% 54,40 d) Por recurso de apelación de autos 45,0% 153,00 e) Por recurso de apelación de sentencias 180,0% 612,00 f) Por recurso de nulidad y casación 450,0%1530,00 g) Por recurso de queja 113,0% 384,20 h) Por actuaciones a realizarse fuera del Local Judicial 225,0% 765,00 i) Por formas especiales de conclusión del proceso/ 135,0% 459,00 Suspensión convencional del proceso (exceptoConciliación y Abandono) j) Por cada folio de copia certificada 1,0% 3,40 k) Por exhorto: Dentro del Distrito Judicial 10,0% 34,00 Otro Distrito Judicial 20,0% 68,00 Al Extranjero 50,0% 70,00 l) Por Otorgamiento de Poder por Acta 20,0% 68,00 5.- Por actos procesales cuyo valor de pretensión sea mayor de dos mil (2000) URP hasta tres mil (3000) URP a) Por ofrecimiento de pruebas o por calificación de Título ejecutivo o de ejecución. 90,0% 306,00 b) Por ofrecimiento de pruebas en Excepciones y Defensas Previas. 90,0% 306,00 c) Por solicitud de Nulidad de actos procesales 20,0% 68,00 d) Por recurso de apelación de autos 90,0% 306,00 e) Por recurso de apelación de sentencias 380,0%1292,00 f) Por recurso de nulidad y casación 900,0%3060,00 g) Por recurso de queja 230,0% 782,00 h) Por actuaciones a realizarse fuera del Local Judicial 450,0%1530,00 i) Por formas especiales de conclusión del proceso/ 270,0% 918,00 Suspensión convencional del proceso (exceptoConciliación y Abandono) j) Por cada folio de copia certificada 1,0% 3,40 k) Por exhorto:Dentro del Distrito Judicial 10,0% 34,00 Otro Distrito Judicial 20,0% 68,00 Al Extranjero 50,0% 170,00 l) Por Otorgamiento de Poder por Acta 22,0% 74,80 6.- Por actos procesales cuyo valor de pretensión sea mayor de tres mil (3000) URP a) Por ofrecimiento de pruebas o por calificación de Título ejecutivo o de ejecución. 135,0% 459,00 b) Por ofrecimiento de pruebas en Excepciones y Defensas Previas. 135,0% 459,00 c) Por solicitud de Nulidad de actos procesales 22,0% 74,80 d) Por recurso de apelación de autos 135,0% 459,00 e) Por recurso de apelación de sentencias 465,0%1581,00 f) Por recurso de nulidad y casación 1300,0% 4420,00 g) Por recurso de queja 330,0%1122,00 h) Por actuaciones a realizarse fuera del Local Judicial 500,0%1700,00 i) Por formas especiales de conclusión del proceso/ 410,0%1394,00 Suspensión convencional del proceso (exceptoConciliación y Abandono) j) Por cada folio de copia certificada 1,0% 3,40 k) Por exhorto:Dentro del Distrito Judicial 10,0% 34,00 Otro Distrito Judicial 20,0% 68,00 Al Extranjero 50,0% 70,00 l) Por Otorgamiento de Poder por Acta 22,0% 74,80 7.- Medidas Cautelares y Anotaciones de Demandas y de embargos en ejecución forzada. a) Hasta cien (100) URP o por Cuantía indeterminada 100,0% 340,00 b) Más de cien (100) URP hasta trescientos (300) URP 200,0% 680,00 c) Más de trescientos (300) URP hasta tres mil (3000) URP 400,0%1360,00 d) Más de tres mil (3000) URP hasta tres mil quinientos (3500) URP 1250,0% 4250,00 e) Más de tres mil quinientos (3500) URP 1650,0% 5610,00 8.- Solicitud de Remate Judicial a) Hasta cien (100) URP o por Cuantía indeterminada 100,0% 340,00 b) Más de cien (100) URP hasta trescientos (300) URP 200,0% 680,00 c) Más de trescientos (300) URP hasta tres mil (3000) URP 400,0%1360,00 d) Más de tres mil (3000) URP hasta tres mil quinientos (3500) URP 1250,0% 4250,00 e) Más de tres mil quinientos (3500) URP 1650,0% 5610,00 Nota 1:Las personas naturales que soliciten medidas cautelares por una cuantía inferior a las 10 URP se encuentran exoneradas del pago del arancel judicial. Nota 2: En caso de remates judiciales el pago del Arancel Judicial correspondiente se efectuará única y exclusivamente en la primera oportunidad de dicha solicitud. Nota 3: En el caso que la solicitud de medida cautelar fuese denegada, a solicitud de parte, se devolverá el monto del 50% del Arancel Judicial, siempre y cuando el solicitante no interponga recurso de apelación. Nota 4: El monto correspondiente al Arancel Judicial por concepto de copia certificada ha sido reducido de 1.5% a 1.0% de la URP. PROCESOS NO CONTENCIOSOS 1.- En los siguientes actos de procedimientos:% DE MONTO URP (S/.) a) Por ofrecimiento de pruebas 20,0% 68,00 b) Por recurso de apelación de autos 40,0% 136,00 c) Por recurso de queja 50,0% 170,00 d) Por actuaciones a realizarse fuera del local Judicial 100,0% 340,00 e) Por formas especiales de conclusión del proceso/ Suspensión convencional del proceso (excepto Conciliación y Abandono) 50,0% 170,00 f) Por cada folio de copia certificada 1,0% 3,40 g) Por exhorto: Dentro del Distrito Judicial 10,0% 34,00 Otro Distrito Judicial 20,0% 68,00 Al Extranjero 50,0% 170,00 h) Por Otorgamiento de Poder por Acta 10,0% 34,00 2.- De reconocimiento de sentencia o laudo extranjero: a) Por ofrecimiento de pruebas 40,0% 136,00 b) Por recurso de apelación de autos 80,0% 272,00 c) Por recurso de queja 50,0% 170,00 d) Por actuaciones a realizarse fuera del local Judicial 100,0% 340,00 e) Por formas especiales de conclusión del proceso/ Suspensión convencional del proceso (excepto Conciliación y Abandono) 100,0% 340,00 f) Por cada folio de copia certificada 1,0% 3,40 g) Por exhorto: Dentro del Distrito Judicial 10,0% 34,00 Otro Distrito Judicial 20,0% 68,00 Al Extranjero 50,0% 170,00 h) Por Otorgamiento de Poder por Acta 10,0% 34,00 SOLICITUD DE ACTOS JUDICIALES1.- Por prueba anticipada Por actuación de prueba anticipada de cuantíaIndeterminable y determinable, se sujetarán a los Valores consignados en los Procesos Contenciosos Por expedición de cada folio de copias certificadas Al momento de retiro del expediente 1,0% 3,40 2.- Por derecho a participar en remate judicial de bienes muebles valor del bien mueble por rematar a) Hasta diez (10) URP 15,0% 51,00 b) Más de diez (10) URP hasta treinta (30) URP 30,0% 102,00 c) Más de treinta (30) URP 50,0% 170,00 3.- Por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles valor del bien inmueble por rematar a) Hasta cien (100) URP 50,0% 170,00 b) Más de cien (100) hasta mil (1000) URP 100,0% 340,00 c) Más de mil (1000) URP 200,0% 680,00 4.- Por autorización Judicial de viajes de menores 10,0% 34,00 5.- Por saneamiento y expedición de partes Judiciales 1% del valor de para inscripción en el Registro de Propiedad Inmueble adjudicación del del bien rematado inmueble Nota 1.-Se encuentran obligados al pago de este Arancel las partes o terceros que se adjudiquen un bien inmueble. PROCESOS PENALES POR QUERELLA Los Actos Procesales por Querellas se sujetarán al pago de Aranceles de los procesos contenciosos en lo que sea aplicable, a excepción de los Aranceles por Recurso de Apelación de Sentencia y Recurso de Nulidad, en donde se pagará el 50% de la tasa correspondiente a la primera escala. Artículo Segundo.- A solicitud de parte, se devolverá el importe del Arancel Judicial adjuntado la solicitud deNulidad de Acto Procesal, cuando ésta ha sido declarada Fundada por el Órgano Jurisdiccional. Artículo Tercero.- Cuando el Órgano Jurisdiccional ordene la devolución del monto contenido en algún Arancel Judicial, ésta deberá estar sustentada, asumiendo la responsabilidad que pueda generar ladevolución indebida. Artículo Cuarto.- El Desistimiento del Acto Procesal no está afecto al pago de Arancel Judicial, siempre queno implique la conclusión del proceso. Artículo Quinto.- En el caso que la adjudicación se realizare en moneda extranjera y sólo para los efectosdel cálculo del valor del Arancel Judicial, éste deberá ser expresado en nuevos soles, al tipo de cambio, valor venta, del día de la adjudicación señalado por laSuperintendencia de Banca y Seguros y que es publicado en el Diario Oficial; debiendo pagarse el correspondiente Arancel Judicial previo al otorgamiento de PartesJudiciales. Artículo Sexto.- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 83º del Código Procesal Civil, cuandoconcurran varias personas como demandantes o demandados, pagarán el Arancel respectivo por cada