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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (22/04/2006)

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PÆg. 317167 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de abril de 2006 - Copia de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad Distrital de San Luis. - Póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 1201-509759 emitida por la compañíade seguros RIMAC SEGUROS que cubre los daños a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, porel monto de 208,000 dólares americanos, conforme a los términos señalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes yComunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058- 2003-MTC y la Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Autorizar por el plazo de cinco (5) años, a contarse desde la publicación de la presente resolución, aMATERIALES SANITARIOS S.A. - MATESA, para que opere el taller ubicado en Av. Nicolas Arriola 3125, distrito de San Luis, provincia y departamento de Lima, como Taller deConversión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustión de los vehículos a GNV. Artículo 2º .- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes yComunicaciones el correspondiente “Certificado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento delos plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 27 de marzo de 2007 Segunda Inspección anual del taller 27 de marzo de 2008 Tercera Inspección anual del taller 27 de marzo de 2009 Cuarta Inspección anual del taller 27 de marzo de 2010 Quinta Inspección anual del taller 27 de marzo de 2011 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certificado de Inspección del Taller”vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad dela autorización. Artículo 3º .- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección Generalde Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antesdel vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 10 de febrero del 2007 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 10 de febrero del 2008 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 10 de febrero del 2009 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 10 de febrero del 2010 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 10 de febrero del 2011 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la DirectivaNº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 4º .- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. PATRICK P. ALLEMANT F. Director General Dirección General de Circulación Terrestre 06860VIVIENDA Amplían plazo para la presentación de propuestas a que se refiere la R.M. N” 018-2006-VIVIENDA para la ejecución de obras de agua y saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 097-2006-VIVIENDA Lima, 21 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 138-2002-EF, del 11 de septiembre del 2002, se aprobó la operación de endeudamiento externo celebrado con el BancoInternacional de Reconstrucción y Fomento, destinada a financiar parcialmente el Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural - PRONASAR; Que, con fecha 13 de septiembre del 2002, el Gobierno Peruano y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF, suscribieron el Acuerdode Préstamo 7142-PE, destinado a financiar parcialmente la ejecución del Proyecto PRONASAR por un valor de US$ 50’000,000 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100DÓLARES AMERICANOS); Que, el programa MI AGUA RURAL - PRONASAR del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, tienecomo finalidad contribuir a mejorar la salud y la calidad de vida de la población en áreas rurales mediante la mejora de la calidad de los servicios existentes, la construcción denuevos sistemas, aumento de la cobertura y uso sostenible de los servicios de agua y saneamiento, incorporación de prácticas de higiene, mejora de la capacidad de lacomunidad para administrar, operar y mantener los servicios; Que, en el numeral 3.6.1 - Preciclo del Componente 1 del Capítulo III del Manual de Operaciones del PRONASAR faculta a dicho proyecto a través de la Dirección Nacional de Saneamiento a seleccionar a los departamentos,provincias y distritos en los cuales se ejecutarán las obras de Saneamiento programadas a nivel nacional para el presente año; Que, de acuerdo con la programación de implementación del Programa y luego de la entrada en vigencia de la Enmienda al Acuerdo de Préstamo Nº 7142-PE;PRONASAR intervendrá en cinco (5) departamentos del país (Amazonas, Ancash, Apurímac, Lambayeque y Puno), motivo por el cual, se realizó la Tercera Convocatoria a finde efectuar la selección de los Gobiernos Locales y Preselección de Localidades a ser beneficiadas; Que, con dicha finalidad, mediante Resolución Ministerial Nº018-2006-VIVIENDA, de fecha 26 de enero del 2006, se aprobó la tercera convocatoria para la selección de los distritos y preselección de localidades donde se ejecutaránobras de agua y saneamiento en el marco del plan de intervención del Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural - PRONASAR del Viceministerio de Construcción ySaneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, estableciéndose que los Gobiernos Locales de los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac,Lambayeque y Puno, podían presentar propuestas hasta el 31 de marzo del 2006; Que, a fin de promover la mayor participación de los Gobiernos Locales de los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Lambayeque y Puno, resulta necesario ampliar el plazo de presentación de propuestas,modificándose al efecto el artículo 2º de la acotada Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo Único.- Cronograma Modifícase el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 018-2006-VIVIENDA, de fecha 26 de enero del 2006, en