Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2006 (27/04/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

Pag. 317492

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2006

Aprueban amnistia de regularizacion de licencia de construccion para las construcciones que cumplan con la normas de construccion vigentes
ORDENANZA Nº 005-2006/MDV-CDV Ventanilla, 5 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ventanilla en Sesion de Ordinaria de fecha 5 de MORDAZA del ano 2006; ha expedido la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA AMNISTIA DE REGULARIZACION DE LICENCIA DE CONSTRUCCION PARA LAS CONSTRUCCIONES QUE CUMPLAN CON LAS NORMAS CONSTRUCTIVAS VIGENTES Articulo 1º.- APROBAR la Amnistia de Regularizacion de Licencia de Construccion para las construcciones y demoliciones que hayan sido ejecutadas hasta el 31 de diciembre del 2005, sin haber gestionado la Licencia de Obra correspondiente. Articulo 2º.- ESTABLECER que el pago por concepto del Valor de la Licencia de Construccion, para las construcciones que tengan hasta 300.00 m2 sea del 50% de lo estipulado en el MORDAZA, correspondiendo de forma especifica al valor del Derecho de Tramite, Inspeccion Ocular, Licencia de Obra, Deterioro de Pistas y Veredas, a excepcion del valor correspondiente al Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios y a las Revision de los Colegios Profesionales. Articulo 3º.- REDUCIR el pago de multa por construir sin licencia municipal establecida en la Ley Nº 27157, a las personas naturales y/o juridicas que se acojan al presente beneficio en los siguientes porcentajes: A) 100% en el caso de las construcciones realizadas hasta el 31 de diciembre del 2004. B) 50% para las construcciones realizadas durante el ano 2005. Articulo 4º.- DURACION, tendra una vigencia de 180 dias naturales a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 5º.- DISPONER que la Oficina de Ejecucion Coactiva suspenda la ejecucion de las Resoluciones de multas administrativas impuestas por la Municipalidad, a las personas naturales y/o juridicas que se acojan a la presente amnistia, con la sola MORDAZA del cargo del tramite debidamente ingresado y visado por la Subgerencia de Obras Privadas. Articulo 6º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Subgerencia de Obras Privadas el cumplimiento de la presente MORDAZA municipal, y a la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Publicas su debida difusion. Articulo 7º.- DISPONER la difusion del MORDAZA de Regularizacion de las edificaciones mediante el MORDAZA de Declaratoria de Fabrica para las construcciones realizadas MORDAZA del 21 de MORDAZA de 1999, de acuerdo a los alcances del Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC. Articulo 8º.- La presente MORDAZA sera de aplicacion para aquellos que inicien sus tramites de Licencia de Obra Nueva, Ampliacion de Obra y Demoliciones. Articulo 9º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 07437

Declaran nulidad de diversas resoluciones y notificaciones que declaran en estado de ilegalidad a construcciones realizadas sin la respectiva Licencia de Obra
RESOLUCION DE GERENCIA Nº 008-2006/MDV-GM Ventanilla, 28 de marzo de 2006 VISTO: Las Resoluciones de Gerencia Nº 012-2005/MDVGDUO, Nº 013-2005/MDV-GDUO, Nº 014-2005/MDVGDUO, Nº 015-2005/MDV-GDUO, Nº 016-2005/MDVGDUO, Nº 017-2005/MDV-GDUO, Nº 018-2005/MDVGDUO, Nº 019-2005/MDV-GDUO, Nº 020-2005/MDVGDUO, Nº 021-2005/MDV-GDUO, Nº 022-2005/MDVGDUO de fecha 5 de MORDAZA de 2005, y las notificaciones Nº 001-05 al Nº 042-04, emitidas por la Subgerencia de Obras Privadas, el Informe Nº 020-2006/MDVGDSUO/ALE de fecha 3 de marzo de 2006, el Informe Nº 039-2006/MDV-GDUO de fecha 15 de marzo de 2006. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1º numeral 1.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, "Son actos administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el MORDAZA de normas del derecho publico, estan destinadas a producir efectos juridicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situacion concreta". Que, en ese contexto, la existencia del acto administrativo depende del cumplimiento correcto de sus elementos esenciales de validez: la competencia, el objeto y contenido posible, la finalidad publica, motivacion y procedimiento regular. Que, el Objeto o Contenido de los actos administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 3º numeral 2) de la Ley Nº 27444 senala que: "(...) deben expresar su respectivo objeto, de tal modo que pueda determinarse inequivocamente sus efectos juridicos. Su contenido, se ajustara a lo dispuesto en el ordenamiento juridico, debiendo ser licito, preciso, posible fisica y juridicamente y comprender las cuestiones surgidas de la motivacion". Que, con fechas 5 de MORDAZA de 2005, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA expidio las resoluciones de visto, declarando en estado de ilegalidad las construcciones realizadas, al haberse ejecutado sin la respectiva Licencia de Obra, por construir sobre terrenos de propiedad estatal y rellenar y construir sobre una espacio considerada como MORDAZA ecologica denominado "Humedales de Ventanilla, consecuentemente, se ordeno la demolicion de las ilegales construcciones. Que, de la revision de las resoluciones de gerencia de visto, se desprende que dichos actos administrativos adolecen de requisitos de validez, en vista que no se preciso debidamente el area sobre la cual se cometio la infraccion, es decir el espacio donde se construyo sin licencia. En consecuencia no se tiene determinado el area o las areas sobre las cuales se va ejecutar la resolucion sancionadora. Que, conforme lo dispuesto en el articulo 10º numeral 2) de la Ley en mencion, son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, "El defecto o la omision de alguno de los requisitos de validez (...)". Siendo que dicha nulidad sera conocida y declarada por la autoridad superior de quien dicto el acto. Que, asimismo, se observa que las notificaciones de visto, que dieron lugar a las resoluciones de gerencia, materia de la presente resolucion, han sido dirigidas contra persona distinta a la del propietario, pues como se advierte del Informe Nº 142-2005/MDV-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica, el terreno denominado Humedales de Ventanilla, parcela H-2, inscrito en la Partida Nº 70255165 de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, Oficina Registral del Callao, es de propiedad del Estado.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.