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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (27/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 44

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G34/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 27 de abril de 2006 Artículo Tercero.- DISPENSAR, de la lectura del Acta para que la presente Ordenanza entre en vigencia de inmediato. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 07372 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G76/G61/G6C/G69/G64/G65/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G30/G2D/G32/G30/G30/G36/G2F/G4D/G4C/G2C/G20/G70/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G64/G6F/G71/G75/G65/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G65/G20/G61/G6C/G20/G49/G4D/G50 /G2C/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G43/G4D/G20/G79/G20/G61/G6C /G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G70/G72/G6F/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G72/G73/G65 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G6D/G61/G72/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G63/G68/G61/G63/GE1/G6D/G61/G63/G20/G79/G20/G4C/G75/G72/GED/G6E ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-2006/ML Lurín, 17 de abril del 2006EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada el 7 de abril del 2006 en el local del Palacio Municipal, convocada y Presidida por el Sr. Alcalde José Luis Ayllón Miní y laasistencia de los señores Regidores José Arakaki Nakamine, Rafael Romero Dreyfus, Elsa Andrade Vilca, Leonor Casimiro Reyes, Jorge Laviña Pérez y CarlosCuadros Solís, el Acuerdo de Concejo Nº 010-2006/ML de la Municipalidad de Lurín de fecha 20.02.2006 así como el Acuerdo Nº 09-2006-MDP/C de la Municipalidadde Pachacámac de fecha 13.03.2006, publicados el 05.03.2006 y el 16.03.2006 en el Diario Oficial El Peruano, respectivamente; así como el Informe Nº 123-2006-OAJ/ML de la Oficina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, los artículos I, II, IV, VIII y X del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, norman lo referente a la definición de Gobiernos Locales, su autonomía, finalidad, aplicación de Leyes Generales yPolíticas y Planes Nacionales y Promoción del Desarrollo Integral; que todo gobierno local debe tener presente para respetar los actos administrativos y normativosque se emiten de conformidad a Ley; Que, el Acuerdo de Concejo Nº 010-2006/ML de la Municipalidad de Lurín, por sus considerandos apruebael Dictamen Nº 01-2006/ML de la Comisión Especial mixta sobre Demarcación Territorial de Límites de Lurín, así como aprueba la actualización de la Propuesta deDelimitación Territorial del Distrito de Lurín, precisándose que ésta corresponde a la propuesta del Proyecto de Ley sobre la materia aprobada por acuerdo de ConcejoNº 188-2000-MDL, que en su oportunidad quedó consentido; y que por todo lo expuesto el contenido del acuerdo en todos sus extremos se sujeta a losprocedimientos establecidos por la Ley de Demarcación y Organización Territorial Nº 27795 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, asícomo las Directivas Nºs. 001-2003-PCM/DNTDT y 02- 2003-PCM/DNTDT aprobadas por Resolución Ministerial Nº 100-2003 PCM; y, por otro lado tiene el carácter decumplimiento a los requerimientos del IMP, a que ambas municipalidades están obligados a fin de que las instancias superiores administrativas cumplan con tramitar a fin deque sea el Congreso de la República que en última instancia apruebe por Ley la Demarcación Territorial de ambos distritos. Que, el Acuerdo de Concejo Nº 009 -2006-MDP/C de fecha 13.03.2006 publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16.03.2006, en todos sus extremos carecede sustento legal para objetar un acuerdo de Concejo dela Municipalidad de Lurín, emitido sólo para aprobar una propuesta requerida de conformidad al procedimiento que establece la Ley tal como lo sustenta el considerando anterior; El Concejo Municipal en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y contando con el voto unánime de los señoresRegidores y con la dispensa del trámite de aprobación de actas, aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Expresar, que formulada la aclaración contenida en los considerandos del presente, el acuerdo Nº 09-2006-MDP/C de la Municipalidad de Pachacámac deviene en Inoficioso y carente de todoefecto legal y jurídico. Artículo Segundo.- Ratificar que el Gobierno Local de Lurín, en mérito a la autonomía que le otorga laConstitución Política del Estado y las leyes especiales, es respetuoso de observar estrictamente el procedimiento establecido por la propia Ley deDemarcación y Organización Territorial, por lo que emplaza a la Municipalidad de Pachacámac a tomar conocimiento y respetar el ordenamiento legal y jurídicovigente, sobre los de la materia. Artículo Tercero.- Ratificar la validez del contenido del Acuerdo de Concejo Nº 010-2006/ML en todos susextremos, precisando que corresponde al IMP, PCM y Congreso de la República, pronunciarse al respecto en estricto cumplimiento del procedimiento establecido enla Ley de Demarcación y Organización Territorial dejando constancia que la Municipalidad de Lurín siempre cumplió y cumplirá con el orden legal establecido y que garantizael estado de derecho. Artículo Cuarto.- Encargar al señor Alcalde adopte las acciones que corresponda para su fiel cumplimiento. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente acuerdo y efectúe las notificaciones a quien corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS AYLLON MINI Alcalde 07373 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G6D/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G71/G75/G65/G20 /G69/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G61/G20 /G79/G20 /G70/G72/G6F/G6D/G75/G65/G76/G65/G20 /G65/G6C/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-06-MDMM Magdalena del Mar, 24 de abril de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 252-MDMM, se aprobó el programa de premiación que incentiva ypromueve el cumplimiento de las obligaciones tributarias a través de sorteos entre los contribuyentes del distrito de Magdalena del Mar que no tengan deudaspendientes de ejercicios anteriores, hayan cancelado el Impuesto Predial y Arbitrios 2006 hasta el vencimiento de la primera cuota según el cronogramaestablecido en la Ordenanza Nº 245-MDMM y normas complementarias y aquellos que habiendo cancelado el Impuesto Predial 2006 hasta el vencimiento de laprimera cuota vienen demostrando puntualidad en el pago de los arbitrios;