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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (27/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G34/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 27 de abril de 2006 Artículo Décimo Primero.- Los premios podrán ser recogidos por los ganadores dentro de los 30 días hábiles siguientes de realizado el sorteo, debiendo publicarse los resultados del mismo en la página Web de laMunicipalidad de Magdalena del Mar y en un cartel colocado en las instalaciones de ésta. El plazo para recoger los premios no es prorrogable. En caso los premios no fueran recogidos por los ganadores se entenderá que la Municipalidad de Magdalena del Mar podrá disponer libremente de ellos, afin de sortearlos entre sus trabajadores – que presten servicios bajo cualquier tipo de modalidad – a manera de incentivos. La entrega de premios del sorteo se efectuará en el Departamento de Recaudación y Control sito en la Av. Brasil Nº 3501- Magdalena del Mar, a los ganadores delsorteo o a sus representantes siempre que se encuentren premunidos de los poderes respectivos para el recojo de los premios, debiéndose suscribir el Acta de entregacorrespondiente. Artículo Décimo Segundo.- La Gerencia de Administración Tributaria y Rentas deberá organizar unarchivo en el que se registren los actos del sorteo, la documentación y antecedentes que se generen a cada uno de los contribuyentes premiados. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 07441 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65 /G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G61/G6C/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G44/G69/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 14-2006-MPL Pueblo Libre, 21 de abril del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 012-2006-MPL/CPL-CPDE de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, con relación a la aprobación de la Exoneración de Proceso de Selección para laadquisición del inmueble ubicado en la Av. Gral. Vivanco Nº 843 - 851 - Pueblo Libre; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidadcon la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del sector público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos y a lossistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, la aprobación de un proceso de selección, se rige por lo normado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas modificatorias. Al respecto, el inciso e) del artículo 19º del Decreto SupremoNº 083-2004-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que están exoneradas de los procesos de selección, lasadquisiciones y contrataciones que se realicen: inciso e) Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único; Que, el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, señala que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del artículo 19º, se aprobaránmediante: c) Acuerdo del Consejo Regional o del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales. La facultad de aprobar exoneraciones esindelegable. Asimismo, los acuerdos señalados, requieren obligatoriamente de un informe técnico-legal previo y serán publicados en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a losrequeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la entidad podrá contratar directamente. Asimismo, el artículo 146º delcitado Reglamento, dispone que la resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos,que contengan la justificación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; Que, el Informe Nº 265-2006-MPL-OA/UAS de la Unidad de Abastecimiento y Servicios de la Oficina de Administración, pone de conocimiento que en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad parael presente año, se ha considerado la adquisición de un inmueble, para ser destinado a la operatividad de la División de Registros Civiles. El monto propuesto por la Cooperativade Ahorro y Crédito Santa María Magdalena de Pueblo Libre Ltda. Nº 482 equivale a S/.268,000.00 (Tipo de Cambio S/.3.35). Al respecto, dadas las características de ubicacióny dimensión del inmueble ubicado en la Av. Gral. Vivanco Nº 843 - 851 - Pueblo Libre, propiedad de la referida Cooperativa, éste puede ser considerado como un bienque no admite sustituto, pudiéndose solicitar la exoneración del proceso correspondiente; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorándum Nº 032-2006-MPL-OPP, informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal suficiente para realizar el compromiso de pago disgregadoen los calendarios mensuales de la Corporación Municipal, siendo su fuente de financiamiento FONCOMUN, conforme lo señala el MemorándumNº 117-B-2006-MPL-OPP; Que, es necesario aprobar la exoneración del referido proceso de selección para la adquisición del inmuebleubicado en la Av. Gral. Vivanco Nº 843 - 851 - Pueblo Libre a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa María Magdalena de Pueblo Libre Ltda. Nº 482, lo cualrepresentaría una inversión aproximada de US$ 80,000.00 (Ochenta Mil y 00/100 Dólares Americanos, teniendo en cuenta los Informes Nº 041-2006-MPL-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Nº 121-2006-MPL/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y cumplir las condiciones señaladas en el artículo 144ºdel Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; En uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, elpleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar la Exoneración del Proceso de Selección, para la adquisición del inmueble ubicado en la Av. Gral. Vivanco Nº 843 - 851 - Pueblo Libre, según los considerandos expuestos, por un montoreferencial de US$ 80,000.00 (Ochenta Mil y 00/100 Dólares Americanos), siendo su fuente de financiamiento FONCOMUN. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Administración, iniciar el Proceso de Adjudicación respectiva, para la compra del inmuebleubicado en la Av. Gral. Vivanco Nº 843 - 851 - Pueblo Libre. Artículo Tercero.- Disponer que el Director de la Oficina de Administración, remita copia del presente Acuerdo y delinforme que lo sustenta, a la Contraloría General de la República; asimismo, la publicación del presente, dentro del plazo respectivo bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Administración, el cumplimiento del presente. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 07394