Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2006 (27/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Aprueban Directiva "Procedimiento y Plazos para la Inscripcion de los Proveedores de Bienes y/o de Servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)"
RESOLUCION Nº 184-2006-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Memorando Nº 287-2006/GRNP, de fecha 21 de MORDAZA de 2006, emitido por la Gerencia del Registro Nacional de Proveedores; CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de Ley Nº 28267 que modifico la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las modificaciones aprobadas entraran en vigencia a los treinta (30) dias naturales de la publicacion de los Decretos Supremos que aprueban el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, salvo lo dispuesto en el articulo 8º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM que establece que para efectos de la inscripcion de los proveedores de bienes y de servicios, la MORDAZA entrara en vigencia recien a los seis (6) meses de la publicacion de los indicados Decretos Supremos; Que, la Sexta Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, dispone que durante el primer ano de funcionamiento del Registro Nacional de Proveedores (RNP), la inscripcion de los proveedores de bienes y de servicios se realizara bajo el procedimiento de aprobacion automatica, a la MORDAZA de la documentacion completa y el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Reglamento del Registro; Que, la Directiva Nº 010-2005-CONSUCODE-PRE aprobada por Resolucion Nº 206-2005CONSUCODE-PRE del 26.05.2005, establecio el procedimiento y plazos para la inscripcion de los proveedores de bienes y de servicios en el Registro Nacional de Proveedores; Que, posteriormente, mediante Resolucion Nº 2412005-CONSUCODE-PRE del 24.06.2005 se modifico el numeral 1 de la citada Directiva, precisando que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de CONSUCODE, se publicara un cronograma para el inicio de la etapa de inscripcion en los capitulos de proveedores de bienes y de servicios del Registro Nacional de Proveedores; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-EF, publicado el 14.04.2006 en el Diario Oficial El Peruano, fueron aprobadas las modificaciones al MORDAZA de CONSUCODE; Que, consiguientemente, y a efectos de realizar un adecuado MORDAZA de inscripcion de los proveedores de bienes y de servicios interesados en contratar con el Estado, resulta necesaria la aprobacion de una nueva Directiva que incorpore las modificaciones producidas durante el MORDAZA de implementacion del Registro Nacional de Proveedores; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 59º literal b) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), tiene la funcion de aprobar las Directivas que fijen los criterios de interpretacion o de integracion de dicha Ley y su Reglamento, asi como las de orientacion sobre las materias de su competencia;

Que, estando a lo informado por la Gerencia del Registro y a lo visado por la Gerencia de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el articulo 59º literal b) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y por el articulo 4º numeral 2) y el articulo 7º numeral 28) del Reglamento de Organizacion y Funciones de CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 007-2006CONSUCODE/PRE, "Procedimiento y Plazos para la Inscripcion de los Proveedores de Bienes y/o de Servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)", cuyo texto forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto legal la Directiva Nº 010-2005-CONSUCODE/PRE aprobada mediante Resolucion Nº 206-2005-CONSUCODE/PRE de fecha 26.05.2005 y su modificatoria aprobada por Resolucion Nº 241-2005/CONSUCODE/PRE de fecha 24.06.2005. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente DIRECTIVA Nº 007-2006-CONSUCODE/PRE PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA LA INSCRIPCION DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y/O DE SERVICIOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES (RNP) I. FINALIDAD. Establecer los lineamientos respecto del procedimiento y plazos para la inscripcion de proveedores de bienes y/o de servicios en el Registro Nacional de Proveedores, en adelante RNP. II. OBJETIVO. Normar lo dispuesto en el articulo 5º de la Ley Nº 28267 y en la Sexta Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, en adelante el Reglamento de la Ley, en relacion con el procedimiento y los plazos para la inscripcion de los proveedores de bienes y de servicios en el RNP. III. ALCANCE. La presente Directiva es de aplicacion obligatoria para los proveedores de bienes y de servicios interesados en contratar con el Estado, distintos de los ejecutores y consultores de obras, asi como para todas las entidades del sector publico y demas organismos comprendidos en el articulo 2º numeral 2.1) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley. IV. BASE LEGAL. - Ley Nº 28267 que modifica la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. - Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-EF, en adelante el MORDAZA de CONSUCODE. - Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. V. LINEAMIENTOS La inscripcion de los proveedores de bienes y/o de servicios en el RNP se sujetara a lo siguiente:

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